Derechos adicionales a la importación de frutas y hortalizas
- Tariffs & quotas
Resumen
La Unión Europea (UE) ha establecido las condiciones (cantidades importadas) en las que la Comisión Europea podrá introducir derechos de importación adicionales sobre determinadas frutas y hortalizas en 2024 y 2025. El presente Reglamento no implica ninguna intención de introducir tales derechos.
La UE fija las condiciones para posibles derechos adicionales a la importación de frutas y hortalizas
Reglamento de Ejecución (UE) 2023/2110 de la Comisión por el que se fijan, para los años 2024 y 2025, los volúmenes que activarán la posible aplicación de derechos adicionales de importación a determinadas frutas y hortalizas
Actualización
La Unión Europea (UE) ha establecido las condiciones (cantidades importadas) en las que la Comisión Europea podrá introducir derechos de importación adicionales sobre determinadas frutas y hortalizas en 2024 y 2025. El presente Reglamento no implica ninguna intención de introducir tales derechos.
Antecedentes
Cuando las importaciones de determinadas frutas y hortalizas son especialmente elevadas, la Comisión está autorizada a aplicar derechos de importación adicionales. Estos derechos pueden activarse cuando los volúmenes de las importaciones superan los volúmenes de activación establecidos. Estos volúmenes se fijan en el 125% de las importaciones medias de cada producto durante los 3 años anteriores (Reglamento 1308/2013, Art. 182(1)). Los volúmenes de activación para 2024 y 2025 se basan en el volumen de las importaciones notificadas por los Estados miembros para los años 2020-2022.
Cualquier derecho de importación adicional introducido sería equivalente a un tercio del derecho aplicado normalmente a ese producto (Reglamento 2017/892, art. 40). Los derechos de importación adicionales no se aplican a las mercancías importadas al amparo de un contingente arancelario.
La Comisión Europea no impone derechos adicionales cuando es poco probable que las importaciones perturben el mercado de la UE para un producto, o cuando los impactos de los aranceles serían desproporcionados (Reglamento 1308/2013, Art. 182(2)).
Productos afectados
tomates, pepinos, alcachofas, calabacines, naranjas, clementinas, mandarinas, limones, uvas de mesa, manzanas, peras, albaricoques, cerezas, melocotones, ciruelas
¿qué está cambiando?
La UE ha establecido volúmenes de activación para las importaciones de frutas y hortalizas que le permitirían introducir aranceles de importación adicionales en determinadas condiciones de mercado. Los volúmenes de activación se fijan para 2024 y 2025 para los tomates, pepinos, alcachofas, calabacines, naranjas, clementinas, mandarinas, limones, uvas de mesa, manzanas, peras, albaricoques, cerezas, melocotones y ciruelas. Los volúmenes y el periodo de aplicación figuran en el anexo del Reglamento.
Cronología
El Reglamento se aplica desde el 1 de enero de 2024 y expira el 30 de junio de 2025.
Acciones recomendadas
Este Reglamento no afecta directamente a los operadores. Simplemente establece el contexto comercial (volumen de importaciones) para 2023 y 2024 en el que la Comisión puede decidir añadir derechos de importación adicionales a determinadas frutas y hortalizas.
Recursos
Reglamento (UE) n.º 1308/2013 por el que se crea una organización común de mercados de los productos agrícolas
Reglamento de Ejecución (UE) 2017/892 de la Comisión por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 en lo que respecta a los sectores de las frutas y hortalizas y de las frutas y hortalizas transformadas
Fuentes
Reglamento de Ejecución (UE) 2023/2110 de la Comisión por el que se fijan, para los años 2024 y 2025, los volúmenes que activarán la posible aplicación de derechos adicionales de importación a determinadas frutas y hortalizas
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La UE fija las condiciones para posibles derechos adicionales a la importación de frutas y hortalizas
Commission Implementing Regulation (EU) 2023/2110 fixing the trigger volumes for the years 2024 and 2025 for the purposes of possible application of additional import duties on certain fruit and vegetables
¿qué está cambiando y por qué?
La Unión Europea (UE) ha establecido las condiciones (cantidades importadas) en las que la Comisión Europea podrá introducir derechos de importación adicionales sobre determinadas frutas y hortalizas en 2024 y 2025. El presente Reglamento no implica ninguna intención de introducir tales derechos.
Cronología
El Reglamento se aplica desde el 1 de enero de 2024 y expira el 30 de junio de 2025.
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