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2026/1428

Productos de origen animal procedentes de China

  • Feed additives
  • Feed safety
  • Food safety

Resumen

A partir de ahora, el quitosano puede exportarse desde China a la Unión Europea (UE) sin necesidad de certificado, para su uso como materia prima para piensos.

El quitosano ya figura en la lista de productos de origen animal que pueden exportarse desde China a la UE

Decisión de Ejecución (UE) 2026/1428 de la Comisión, de 1 de julio de 2026, por la que se modifica el anexo de la Decisión 2002/994/CE relativa a determinadas medidas de protección con respecto a los productos de origen animal importados de China

Actualización

A partir de ahora, el quitosano puede exportarse desde China a la Unión Europea (UE) sin necesidad de certificado, para su uso como materia prima para piensos.

Productos afectados

Piensos para animales; productos cárnicos, de pescado, etc., preparados; preparaciones alimenticias diversas

¿qué está cambiando?

La UE ha incluido ahora el quitosano en la lista de productos de origen animal que pueden exportarse desde China a la UE sin necesidad de certificado (Decisión 2002/994/CE, anexo, parte I) como materia prima para piensos.

Los aditivos para piensos deben cumplir lo dispuesto en la regulación (CE) n. º 1069/2009 y, cuando se utilicen en piensos para animales de granja y alimentos para animales de compañía, lo dispuesto en la regulación (CE) n. º 1831/2003.

¿Por qué?

Debido a las preocupaciones específicas de la UE en relación con las importaciones de alimentos procedentes de China, solo se autoriza la exportación a la UE de los productos de origen animal enumerados en la Decisión 2002/994/CE. Las exportaciones autorizadas se dividen en productos que requieren una declaración («certificado») de las autoridades competentes chinas en la que se acredite que los productos han sido sometidos a pruebas y no suponen un peligro para la salud animal o humana (anexo, parte II), y aquellos que no requieren dicho certificado (anexo, parte I).

El quitosano se ha añadido ahora a la Parte I del anexo, ya que está compuesto por unidades de glucosamina y se obtiene de forma similar a la glucosamina, cuya exportación a la UE ya está autorizada sin necesidad de certificado.

Cronología

La Decisión entrará en vigor el 22 de julio de 2026.

Acciones recomendadas

Los establecimientos que produzcan quitosano para el mercado de la UE deben estar registrados (o autorizados para piensos) por las autoridades competentes de los países no pertenecientes a la UE.

Para exportar alimentos y piensos a la UE, los establecimientos deben figurar en TRACES NT y estar publicados en la página web de la Comisión Europea.

La inclusión de los establecimientos en la lista es un proceso totalmente electrónico, que se lleva a cabo directamente en TRACES NT. Ya no se utiliza el correo electrónico para la inclusión de establecimientos en la lista. La documentación de TRACES NT de la Comisión Europea contiene una sección sobre la inclusión en la lista de establecimientos autorizados por la UE.

Recursos

Decisión de la Comisión, de 20 de diciembre de 2002, relativa a determinadas medidas de protección con respecto a los productos de origen animal importados de China (2002/994/CE)

Fuentes

Decisión de Ejecución (UE) 2026/1428 de la Comisión relativa a determinadas medidas de protección con respecto a los productos de origen animal importados de China

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El quitosano ya figura en la lista de productos de origen animal que pueden exportarse desde China a la UE

Commission Implementing Decision (EU) 2026/1428 concerning certain protective measures with regard to the products of animal origin imported from China

¿qué está cambiando y por qué?

A partir de ahora, el quitosano puede exportarse desde China a la Unión Europea (UE) como materia prima para piensos, sin necesidad de una declaración («certificado») de las autoridades competentes chinas que acredite que los productos han sido sometidos a pruebas y no suponen un peligro para la salud animal o humana. Esto se debe a que el quitosano se obtiene de forma similar a la glucosamina, cuya exportación a la UE ya está autorizada sin necesidad de certificado.

Acciones

Los establecimientos que produzcan quitosano para el mercado de la UE deben estar registrados (o autorizados para piensos) por las autoridades competentes de los países no pertenecientes a la UE.

Para exportar alimentos y piensos a la UE, los establecimientos deben figurar en TRACES NT y estar publicados en la página web de la Comisión Europea.

La inclusión de los establecimientos en la lista es un proceso totalmente electrónico, que se lleva a cabo directamente en TRACES NT. Ya no se utiliza el correo electrónico para la inclusión de establecimientos en la lista. La documentación de TRACES NT de la Comisión Europea contiene una sección sobre la inclusión en la lista de establecimientos autorizados por la UE.

Cronología

La Decisión entrará en vigor el 22 de julio de 2026.

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