Aprobación del dióxido de azufre como biocida
- Hygiene
Resumen
La UE ha aprobado el uso de dióxido de azufre generado a partir de azufre por combustión como sustancia activa en biocidas de tipo 4 (relacionados con alimentos y piensos).
Dióxido de azufre procedente del azufre por combustión autorizado para su uso en biocidas
Reglamento de Ejecución (UE) 2023/2620 de la Comisión, de 24 de noviembre de 2023, por el que se aprueba el dióxido de azufre generado a partir de azufre por combustión como sustancia activa para su uso en biocidas del tipo de producto 4, de conformidad con el Reglamento (UE) nº 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo
Actualización
La UE ha aprobado el uso de dióxido de azufre generado a partir de azufre por combustión como sustancia activa en biocidas de tipo 4 (relacionados con alimentos y piensos).
Productos afectados
desinfectantes para alimentos y piensos
¿qué está cambiando?
El Reglamento (UE) 2023/2620 aprueba el dióxido de azufre generado a partir de azufre por combustión como sustancia activa para su uso en biocidas de tipo 4. La sustancia se ha evaluado específicamente para su uso en desinfectantes de zonas de alimentos y piensos.
Las condiciones especificadas para la autorización de biocidas que contengan esta sustancia activa se detallan en el anexo del Reglamento. Toda autorización debe incluir
- unaevaluación en profundidad, centrada en los riesgos, las exposiciones y la eficacia para usos específicos no contemplados en la evaluación general de riesgos de la UE
- especial atención a los usuarios, prestando especial atención tanto a los usuarios profesionales como al público en general que pueda estar expuesto indirectamente
- controles de residuos en alimentos y piensos, para determinar si son necesarios límites máximos de residuos (LMR) nuevos o ajustados para alimentos o piensos, y aplicar medidas para garantizar que no se superen dichos límites.
¿Por qué?
Alemania (Estado miembro ponente) presentó un informe de evaluación de esta sustancia activa a la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos (ECHA). Tras los debates técnicos y las evaluaciones, el Comité de Biocidas de la ECHA llegó a la conclusión de que los biocidas que contienen dióxido de azufre procedente de la combustión de azufre podrían aprobarse siempre que se cumplan determinadas condiciones de uso.
Cronología
Los nuevos requisitos de aprobación relacionados con la autorización de biocidas, incluida esta sustancia, se aplicarán a partir del 1 de octubre de 2024.
Acciones recomendadas
Cuando se utilizan biocidas para desinfectar zonas de alimentos y piensos, es importante ser consciente de los posibles riesgos de residuos. Los proveedores deben asegurarse de que cualquier residuo en los alimentos cumpla los LMR establecidos para los plaguicidas. Estos pueden consultarse en la base de datos de residuos de plaguicidas de la UE. Cuando no se establece un nivel específico, se aplica un nivel por defecto de 0,01 mg/kg.
El estado de aprobación de las sustancias utilizadas en biocidas puede comprobarse en la base de datos de biocidas de la ECHA.
Fondo
Los biocidas son sustancias o mezclas que se utilizan para destruir, disuadir, neutralizar, impedir la acción o ejercer un efecto de control sobre cualquier organismo nocivo por cualquier medio distinto de la mera acción física o mecánica. Los biocidas suelen clasificarse en cuatro grupos en función de su uso previsto:
- desinfectantes
- productos protectores
- productos para el control de las especies denominadas "nocivas
- otros biocidas.
Para más información sobre la normativa de la UE sobre biocidas, véase Biocidas explicados.
Recursos
Reglamento (UE) 1062/2014 sobre el programa de trabajo para el examen sistemático de todas las sustancias activas existentes contenidas en los biocidas
Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos (ECHA) Base de datos sobre biocidas.
EFSA (2020) Informe de la Unión Europea de 2018 sobre residuos de plaguicidas en los alimentos. EFSA Journal 18(4): e06057.
Base de datos de residuos de plaguicidas de la UE.
Fuentes
Reglamento de Ejecución (UE) nº 2023/2620 de la Comisión por el que se aprueba el dióxido de azufre generado a partir de azufre por combustión como sustancia activa para su uso en biocidas del tipo de producto 4
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Dióxido de azufre procedente del azufre por combustión autorizado para su uso en biocidas
Reglamento
Commission Implementing Regulation (EU) 2023/2620 approving sulfur dioxide generated from sulfur by combustion as an active substance for use in biocidal products of product-type 4
What is changing and why?
Este nuevo Reglamento aprueba el uso de dióxido de azufre, generado a partir de azufre por combustión, como sustancia activa en biocidas de tipo 4 para su uso en desinfectantes de zonas de alimentos y piensos.
Actions
Cuando se utilicen biocidas en relación con alimentos destinados al mercado de la UE, los residuos de biocidas no deben superar los límites máximos de residuos (LMR) establecidos para los plaguicidas. Cuando no se establece un nivel específico, se aplica un nivel por defecto de 0,01 mg/kg.
Timeline
Los nuevos requisitos relacionados con la autorización de biocidas, incluida esta sustancia, se aplicarán a partir del 1 de octubre de 2024.
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