Prohibición del bisfenol A (BPA) en los envases alimentarios
- Food contact materials
- Packaging
Resumen
La UE se dispone a endurecer sus normas sobre el uso de bisfenol A (BPA) y sustancias químicas afines en materiales en contacto con alimentos. El motivo es la preocupación por la presencia de BPA en los alimentos. Los cambios propuestos incluirán la prohibición del uso de BPA en la fabricación de materiales plásticos en contacto con alimentos y otros materiales, como barnices y revestimientos, tintas de impresión y adhesivos. También se proponen restricciones o requisitos específicos sobre el uso de sal disódica de BPA y otros bisfenoles. Se propone una excepción limitada para el uso del éter diglicidílico de bisfenol A (BADGE).
Reconociendo que una prohibición tendría un gran impacto en los fabricantes de materiales en contacto con alimentos, se están debatiendo periodos de transición para evitar la interrupción del suministro de alimentos. Es probable que los proveedores de frutas, verduras y productos pesqueros envasados se enfrenten a retos particulares.
Los comentarios sobre esta propuesta a través del sitio web de la UE "Have your Say " se cerraron el 8 de marzo de 2024.
La UE estudia prohibir el uso de bisfenol A (BPA) en los envases
Proyecto de Reglamento de la Comisión sobre el uso de bisfenol A (BPA) y otros bisfenoles y sus derivados con clasificación armonizada para propiedades peligrosas específicas en determinados materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 10/2011, se modifica el Reglamento (CE) n.º 1895/2005 y se deroga el Reglamento (UE) 2018/213
Actualización
La UE se dispone a endurecer sus normas sobre el uso de bisfenol A (BPA) y sustancias químicas afines en materiales en contacto con alimentos. El motivo es la preocupación por la presencia de BPA en los alimentos. Los cambios propuestos incluirán la prohibición del uso de BPA en la fabricación de materiales plásticos en contacto con alimentos y otros materiales, como barnices y revestimientos, tintas de impresión y adhesivos. También se proponen restricciones o requisitos específicos sobre el uso de sal disódica de BPA y otros bisfenoles. Se propone una excepción limitada para el uso del éter diglicidílico de bisfenol A (BADGE).
Reconociendo que una prohibición tendría un gran impacto en los fabricantes de materiales en contacto con alimentos, se están debatiendo periodos de transición para evitar la interrupción del suministro de alimentos. Es probable que los proveedores de frutas, verduras y productos pesqueros envasados se enfrenten a retos particulares.
Los comentarios sobre esta propuesta a través del sitio web de la UE "Have your Say " se cerraron el 8 de marzo de 2024.
Productos afectados
Todos los alimentos envasados o almacenados en materiales que puedan contener BPA (por ejemplo, envases metálicos de alimentos como latas, botes y tapas de tarros; envases de plástico, incluidos los de policarbonato y polisulfona)
¿qué está cambiando?
Puntos clave del proyecto de Reglamento publicado por la Comisión
Prohibición del BPA (Arts. 3, 9, Anexo): Se prohibirá el uso de BPA en la fabricación de barnices/recubrimientos en contacto con alimentos, tintas de impresión, adhesivos, resinas de intercambio iónico y cauchos. También se prohibirá el BPA (4,4'-isopropilidendifenol) en materiales plásticos en contacto con alimentos (eliminado de la lista de sustancias autorizadas del anexo I del Reglamento (UE) 10/2011).
Excepción para BADGE (Arts. 3, 8): El éter diglicidílico de bisfenol A (BADGE) se utiliza en la fabricación de revestimientos para grandes recipientes (por ejemplo, cisternas, bidones metálicos) utilizados para procesar, almacenar y transportar alimentos (por ejemplo, vino, cerveza, aceites, productos lácteos y cereales). El uso de BADGE seguirá estando permitido, pero sólo para recipientes con una capacidad >250 litros, y siempre que cualquier liberación de BADGE no supere los niveles establecidos en el anexo I del Reglamento 1895/2005.
Requisitos específicos para bisfenoles/derivados del bisfenol (art. 4): No se permitirán sustancias similares al BPA que hayan sido identificadas como peligrosas para la salud humana (enumeradas en el anexo VI, parte 3, del Reglamento 1272/2008) en barnices/recubrimientos, tintas de impresión, adhesivos, resinas de intercambio iónico y cauchos en contacto con alimentos, excepto cuando se haya presentado una solicitud específica para autorizar su uso (en virtud del Reglamento 1935/2004).
Restricciones sobre la sal disódica de BPA (anexo): Se permitirá el uso de esta sustancia, pero sólo en la fabricación de resinas de polisulfona para membranas plásticas en contacto con alimentos, y siempre que no puedan detectarse residuos en alimentos (el 4,4'-isopropilideno difenolato disódico se añadirá a la lista de sustancias autorizadas en el Reglamento (UE) 10/2011).
Declaración de conformidad (art. 7): Para los alimentos en contacto con materiales pertinentes (plásticos, barnices/recubrimientos, tintas de impresión, adhesivos, resinas de intercambio iónico, cauchos), las empresas de todas las fases de la cadena de suministro deberán disponer de una declaración escrita de conformidad de los materiales. Esta declaración de conformidad contendrá
- identidad/dirección del explotador de la empresa que emite la declaración
- identidad/dirección del explotador de la empresa que fabrica o importa el material u objeto en contacto con alimentos
- identidad del material intermedio en contacto con alimentos o del artículo final en contacto con alimentos (incluidos los alimentos envasados)
- fecha de la declaración
- confirmación de que el material u objeto intermedio en contacto con alimentos, o el artículo final en contacto con alimentos, cumple las restricciones establecidas en el presente Reglamento y en los arts. 3, 15 y 17 del Reglamento 1935/2004.
Períodos transitorios (art. 10): La Comisión propone un periodo de 18 meses tras la entrada en vigor del Reglamento, para que los fabricantes de envases puedan adaptarse a los nuevos requisitos. Se prevén periodos transitorios más largos en relación con materiales específicos, incluidos 36 meses para latas de un solo uso de frutas, verduras y productos de la pesca transformados; y para artículos de un solo uso a los que se haya aplicado específicamente un barniz o revestimiento en la superficie metálica exterior.
¿Por qué?
Tras una revisión, la EFSA (2023) descubrió que incluso una migración mínima de BPA podría superar los niveles de ingesta diaria tolerable (IDT) establecidos. Para proteger la salud de los consumidores, debe minimizarse el uso de BPA en materiales en contacto con alimentos.
Cuando el BPA se utiliza en envases grandes, la exposición de los alimentos es limitada, dejando residuos muy bajos o insignificantes.
El uso de sal disódica de BPA en membranas de separación es importante para garantizar que una amplia gama de alimentos sean seguros para los consumidores. Las buenas prácticas de fabricación pueden reducir los residuos de BPA a cantidades insignificantes, y actualmente no hay alternativas disponibles que puedan proporcionar la resistencia mecánica y la estabilidad química de la sustancia. Por lo tanto, se propone permitir su uso con restricciones.
Cronología
Los comentarios sobre esta propuesta a través del sitio web de la UE "Have your Say " se cerraron el 8 de marzo de 2024.
¿cuáles son las principales consecuencias para los países exportadores?
La prohibición del BPA supone un cambio importante respecto a las prácticas tradicionales utilizadas durante décadas en la fabricación de materiales en contacto con alimentos, especialmente en los revestimientos de envases metálicos. Dado el uso generalizado de productos a base de BPA en la UE, la transición requerirá una planificación cuidadosa para evitar interrupciones en la cadena de suministro. Muchas empresas ya han empezado a adaptarse a procesos de fabricación sin BPA en respuesta a la demanda. Los periodos de transición propuestos por la Comisión pretenden tener en cuenta el reto de encontrar soluciones alternativas.
Se reconoce que los cambios propuestos suponen un reto especial para los alimentos asociados a una elevada acidez que resultan agresivos para los envases alimentarios, entre ellos frutas y verduras como los tomates. La naturaleza estacional de determinados alimentos y productos de la pesca, y la gran demanda de envases en periodos punta, se reconocen en la sugerencia de la Comisión de ampliar el periodo de 36 meses para estos productos. También se reconoce que puede ser necesario un periodo de 36 meses para la transición a barnices y revestimientos sin BPA, que pueden transferirse a las superficies interiores de los envases metálicos.
Acciones recomendadas
Se recomienda a todos los proveedores de alimentos envasados para el mercado de la UE (y, en particular, de productos de fruta, verdura y pescado) que alerten a sus proveedores de envases sobre la propuesta de prohibición del BPA en la UE, y que evalúen estrategias para una transición que elimine el uso del BPA.
Fondo
El BPA se utiliza habitualmente en barnices/recubrimientos aplicados a superficies de envases alimentarios, como latas, conservas o tapas de tarros. También puede utilizarse en materiales como tintas de impresión y adhesivos. El BPA puede migrar de los envases alimentarios a los alimentos.
Actualmente, el BPA puede utilizarse en la fabricación de materiales plásticos en contacto con alimentos, siempre que se respete un límite de migración específico de 0,05 mg/kg de alimento. El uso de BPA en biberones para niños ya está prohibido (Reglamento 2018/213).
El Reglamento (UE) 10/2011 establece normas sobre los materiales plásticos en contacto con alimentos. Forma parte de una serie de reglamentos relativos a materiales específicos en contacto con alimentos. Refuerza el Reglamento 1935/2004, que establece el enfoque general de la UE sobre los materiales en contacto con alimentos. Para más información, véase Explicación de los materiales en contacto con alimentos.
El Reglamento 2023/2006 establece normas generales sobre buenas prácticas de fabricación en relación con los sistemas de garantía de calidad, los sistemas de control de calidad y la documentación. También establece normas específicas sobre tintas de impresión y sistemas de aseguramiento de la calidad en los procesos de reciclado de plásticos.
Recursos
EFSA (2023) Reevaluación de los riesgos para la salud pública relacionados con la presencia de bisfenol A (BPA) en los productos alimenticios. EFSA Journal, 21(4): 6857.
Comisión Europea (2013) Union Guidance on Regulation (EU) No 10/2011 on plastic materials and articles intended to come into contact with food as regards information in the supply chain. Actualizado en 2016.
Comisión Europea (2014) Directrices de la Unión sobre el Reglamento (UE ) nº 10/2011 relativo a los materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con alimentos.
Comisión Europea (2015) Materiales en contacto con alimentos.
Reglamento (UE) nº 10/2011 sobre los materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con alimentos
Reglamento (UE) 2018/213 sobre el uso de bisfenol A en barnices y revestimientos destinados a entrar en contacto con alimentos
Reglamento (UE) 321/2011 en lo que respecta a la restricción del uso de bisfenol A en biberones de plástico para lactantes
Fuentes
Proyecto de Reglamento de la Comisión sobre el uso del bisfenol A (BPA) y otros bisfenoles y sus derivados con clasificación armonizada para propiedades peligrosas específicas en determinados materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos
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La UE estudia prohibir el uso de bisfenol A (BPA) en los envases
Reglamento
Draft Commission Regulation on the use of bisphenol A (BPA) and other bisphenols and their derivatives with harmonised classification for specific hazardous properties in certain materials and articles intended to come into contact with food
What is changing and why?
La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) ha detectado riesgos para la salud derivados de los niveles de bisfenol A (BPA) en los alimentos. Por ello, la UE tiene previsto
- Prohibir el uso de BPA en la fabricación de materiales en contacto con alimentos, incluidos plásticos, barnices/recubrimientos, tintas de impresión, adhesivos, resinas de intercambio iónico y cauchos.
- Permitir el uso excepcional de éter diglicidílico de bisfenol A (BADGE), utilizado en la fabricación de revestimientos para grandes recipientes, sólo para recipientes con una capacidad >250 litros y siempre que cualquier liberación de BADGE sea mínima.
- Prohibir el uso de bisfenoles/derivados del bisfenol identificados como peligrosos para la salud humana en barnices/revestimientos en contacto con alimentos, tintas de impresión, adhesivos, resinas de intercambio iónico y cauchos , excepto cuando se haya presentado una solicitud específica para autorizar su uso.
- Limitar el uso de la sal disódica de BPA a la fabricación de resinas de polisulfona para su uso en membranas de plástico.
- Exigir a las empresas que posean una declaración de conformidad que confirme el cumplimiento del Reglamento sobre el BPA para todos los alimentos envasados pertinentes comercializados en la UE.
- Establecer medidas transitorias que proporcionen a los fabricantes de materiales en contacto con alimentos un periodo de tiempo (18-36 meses después de la entrada en vigor del Reglamento) para desarrollar soluciones alternativas al uso de BPA en materiales en contacto con alimentos.
La Comisión pretende salvaguardar la salud de los consumidores reduciendo al mínimo la exposición al BPA y elevando las normas de seguridad en la producción de materiales en contacto con alimentos.
Actions
Se recomienda a todos los proveedores de alimentos envasados para el mercado de la UE (y, en particular, de productos de fruta, verdura y pescado) que alerten a sus proveedores de envases sobre la propuesta de prohibición del BPA en la UE, y que evalúen estrategias para una transición que elimine el uso del BPA.
Timeline
Los comentarios sobre esta propuesta a través del sitio web de la UE "Have your Say " se cerraron el 8 de marzo de 2024.
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