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(EU) 2023/1429

Aprobación del extracto de Chrysanthemum cinerariaefolium

  • Biocides
  • Food safety

Resumen

Aprobación del extracto de Chrysanthemum cinerariaefolium de flores de piretro como sustancia activa para su uso en biocidas

Aprobación del extracto de Chrysanthemum cinerariaefolium de flores de piretro como sustancia activa

Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1530 de la Comisión, de 6 de julio de 2023, por el que se aprueba el extracto de Chrysanthemum cinerariaefolium de flores abiertas y maduras de Tanacetum cinerariifolium obtenido con disolventes de hidrocarburos como sustancia activa para su uso en biocidas del tipo de producto 18, de conformidad con el Reglamento (UE) n.o 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo

Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1429 de la Comisión, de 7 de julio de 2023, por el que se aprueba el extracto de Chrysanthemum cinerariaefolium de flores abiertas y maduras de Tanacetum cinerariifolium obtenido con dióxido de carbono supercrítico como sustancia activa para su uso en biocidas del tipo de producto 18, de conformidad con el Reglamento (UE) n.o 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo

Actualización

Aprobación del extracto de Chrysanthemum cinerariaefolium de flores de piretro como sustancia activa para su uso en biocidas

Productos afectados

Biocidas del tipo de producto 18 (insecticidas, acaricidas y productos para el control de otros artrópodos)

¿qué está cambiando?

El Reglamento aprueba el extracto de Chrysanthemum cinerariaefolium como sustancia activa para su uso en biocidas comerciales -insecticidas, acaricidas y productos para controlar otros artrópodos- siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

  • En la evaluación del producto se prestará especial atención a las exposiciones, los riesgos y la eficacia relacionados con cualquier uso contemplado en una solicitud de autorización pero no abordado en la evaluación comunitaria del riesgo de la sustancia activa.
  • Deberá prestarse especial atención a:
    • Los usuarios profesionales y el público en general : es importante comprender hasta qué punto es seguro para las personas utilizar los productos.
    • Aguas superficiales y sedimentos cuando los productos se pulverizan a gran escala en el exterior : es importante conocer el impacto medioambiental.
  • En el caso de los productos que puedan dejar residuos en alimentos o piensos, debe determinarse si es necesario establecer nuevos límites máximos de residuos (LMR) o revisar los existentes. Además, deben tomarse medidas para garantizar que no se superen dichos LMR.

¿Por qué?

El presente Reglamento y las condiciones específicas tienen por objeto garantizar que la utilización de extracto de pelitre, obtenido bien con dióxido de carbono supercrítico, bien con disolventes de hidrocarburos, no presente riesgos inaceptables para los usuarios, el medio ambiente o los consumidores.

Cronología

La fecha de aprobación está prevista para el 1 de febrero de 2025.

Fecha de entrada en vigor: 30 de julio de 2023.

¿cuáles son las principales consecuencias para los países exportadores?

Los países que pueden producir este extracto podrían encontrar nuevos mercados de exportación en la UE. Las empresas también podrían desarrollar nuevos productos utilizando esta sustancia. Sin embargo, todos los productos exportados que utilicen esta sustancia deberán cumplir las estrictas normas de seguridad y medio ambiente de la UE.

Acciones recomendadas

Los fabricantes de biocidas deben reunir los datos necesarios para sus productos desarrollados con la nueva sustancia activa aprobada, el extracto de Chrysanthemum cinerariaefolium. Esto incluye pruebas del cumplimiento de las condiciones específicas de uso, así como requisitos más amplios del Reglamento (UE) 528/2012. Para comercializar sus productos en la UE, deben presentar esta información al Estado miembro correspondiente para su revisión.

Fondo

Los biocidas son sustancias o mezclas que se utilizan para destruir, disuadir, neutralizar, impedir la acción o ejercer un efecto de control sobre cualquier organismo nocivo por cualquier medio distinto de la mera acción física o mecánica. Los biocidas suelen clasificarse en cuatro grupos en función de su uso previsto:

  • grupo de los desinfectantes
  • grupo de productos protectores
  • grupo de productos para el control de especies denominadas "nocivas
  • grupo de otros biocidas.

Recursos

Fuentes

Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1429 por el que se aprueba el extracto de Chrysanthemum cinerariaefolium obtenido con dióxido de carbono supercrítico como sustancia activa para su uso en biocidas del tipo de producto 18

Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1530 por el que se aprueba el extracto de Chrysanthemum cinerariaefolium obtenido con disolventes de hidrocarburos como sustancia activa para su uso en biocidas del tipo de producto 18

Reglamento (UE) 528/2012 relativo a la comercialización y el uso de biocidas

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Aprobación del extracto de Chrysanthemum cinerariaefolium de flores de piretro como sustancia activa

Regulation (EU) 2023/1530 approving Chrysanthemum cinerariaefolium extract obtained with hydrocarbon solvents

Regulation (EU) 2023/1429 approving Chrysanthemum cinerariaefolium extract obtained with supercritical carbon dioxide

¿qué está cambiando y por qué?

Este Reglamento aprueba el uso del extracto de Chrysanthemum cinerariaefolium, obtenido con disolventes de hidrocarburos o dióxido de carbono supercrítico, como sustancia activa en biocidas comerciales (como insecticidas, acaricidas y productos para controlar otros artrópodos). Los productores de biocidas deben cumplir unas condiciones específicas relativas al uso de la sustancia activa.

El objetivo principal es garantizar el uso seguro del extracto de piretro en los biocidas, en beneficio de los usuarios, el medio ambiente y los consumidores.

Acciones

Los fabricantes de biocidas deben recopilar los datos necesarios para sus productos desarrollados con la nueva sustancia activa aprobada.

Cronología

Fecha de aprobación prevista: 1 de febrero de 2025.

Fecha de entrada en vigor: 30 de julio de 2023.

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