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THE LATEST ON EU AGRI-FOOD POLICIES IMPACTING LOW- AND MIDDLE-INCOME COUNTRIES

2024/2562

Planes de control sobre el uso de sustancias farmacológicamente activas/residuos

  • Animal health
  • Antimicrobial resistance
  • Food safety
  • Third country lists
  • Veterinary residues
  • Food safety controls

Resumen

Las autoridades competentes deben establecer planes nacionales de control para comprobar los residuos de sustancias farmacológicamente activas en animales y productos animales. Estos planes de control deben basarse en combinaciones de grupos de sustancias con grupos de productos (las combinaciones se enumeran en el Reglamento 2022/1644, anexo II). La UE ha eliminado las dos combinaciones siguientes porque no son pertinentes:

  • "Productos fitosanitarios y biocidas utilizados en la cría de animales destinados a la producción de alimentos" para "leche cruda (de vaca, oveja, cabra) y miel"
  • "Sustancias antiinflamatorias, sedantes y cualquier otra sustancia farmacológicamente activa" para "productos de la acuicultura y huevos".

La UE modifica las sustancias que deben comprobarse en los planes de control de residuos de la leche cruda, los productos de la acuicultura, la miel y los huevos

Reglamento Delegado (UE) 2024/2562 de la Comisión, de 3 de junio de 2024, por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) 2022/1644 en lo que respecta a determinados criterios de selección de muestras

Actualización

Las autoridades competentes deben establecer planes nacionales de control para comprobar los residuos de sustancias farmacológicamente activas en animales y productos animales. Estos planes de control deben basarse en combinaciones de grupos de sustancias con grupos de productos (las combinaciones se enumeran en el Reglamento 2022/1644, anexo II). La UE ha eliminado las dos combinaciones siguientes porque no son pertinentes:

  • "Productos fitosanitarios y biocidas utilizados en la cría de animales destinados a la producción de alimentos" para "leche cruda (de vaca, oveja, cabra) y miel"
  • "Sustancias antiinflamatorias, sedantes y cualquier otra sustancia farmacológicamente activa" para "productos de la acuicultura y huevos".

Productos afectados

leche cruda, productos acuícolas, miel, huevos

¿qué está cambiando?

Para exportar productos animales a la UE, los países no comunitarios deben establecer planes de control sobre el uso de sustancias farmacológicamente activas al menos equivalentes a los exigidos para la producción comunitaria. Existen listas separadas de sustancias que deben ser controladas para cada grupo de productos, por ejemplo, productos animales bovinos, productos de la acuicultura, miel (Reglamento 2022/1644, Anexo II).

Con el nuevo Reglamento, ya no es necesario controlar las siguientes sustancias:

  • Productos fitosanitarios y biocidas utilizados en la cría de animales destinados a la producción de alimentos en la leche cruda (de vaca, oveja, cabra) y la miel
  • Sustancias antiinflamatorias, sedantes y cualquier otra sustancia farmacológicamente activa en los productos de la acuicultura y los huevos.

Las listas de grupos de sustancias figuran en el anexo I del Reglamento 2022/1644.

¿Por qué?

Sobre la base de la experiencia práctica adquirida desde la aplicación del Reglamento 2022/1644, se consideró que las sustancias que ahora se han suprimido no eran pertinentes para estos grupos específicos de mercancías.

Cronología

Las nuevas normas se aplicarán a partir del 1 de enero de 2025.

¿cuáles son las principales consecuencias para los países exportadores?

En el plan de control que las autoridades competentes no comunitarias deben presentar cada año a la Comisión Europea para autorizar las exportaciones de productos animales a la UE, ya no es necesario planificar los controles de las sustancias retiradas para la leche cruda, la miel, los productos de la acuicultura y los huevos.

Fondo

Los Estados miembros de la UE deben llevar a cabo controles de sustancias farmacológicamente activas autorizadas como medicamentos veterinarios, aditivos para piensos y sustancias farmacológicamente activas prohibidas o no autorizadas y residuos en productos animales, incluidos los importados de países no pertenecientes a la UE (Reglamento 2017/625; véase el Reglamento sobre controles oficiales - explicado). Los grupos de sustancias que deben controlarse figuran en el anexo I del Reglamento 2022/1644, y los requisitos para cada tipo de producto animal, en el anexo II.

Los países no comunitarios que exportan a la UE deben establecer planes de control al menos equivalentes al "plan de control basado en el riesgo para la producción en los Estados miembros" (Reglamento 2022/2292, Art. 9; véase Requisitos de salud pública para la exportación a la UE de animales vivos, productos de origen animal, productos compuestos y semillas germinadas), de conformidad con los Reglamentos 2022/1644 (véase Controles oficiales de residuos de medicamentos veterinarios en productos de origen animal) y 2022/1646 (véase Controles oficiales del uso de sustancias farmacológicamente activas y sus residuos).

Una vez validados los planes de control, se autoriza a los países no pertenecientes a la UE a exportar animales o productos animales a la UE (la lista de países no pertenecientes a la UE autorizados figura en el Reglamento 2021/405, anexo I). El plan de control debe presentarse antes del 31 de marzo de cada año utilizando el modelo facilitado por la UE en el punto 4.4 de las Directrices.

Recursos

Directrices sobre los requisitos de la UE para la entrada de animales y productos de origen animal: Planes de control de residuos de medicamentos veterinarios, plaguicidas y contaminantes

Reglamento Delegado (UE) 2022/1644 de la Comisión por el que se completa el Reglamento (UE) 2017/625 con requisitos específicos para la realización de controles oficiales sobre el uso de sustancias farmacológicamente activas autorizadas como medicamentos veterinarios o como aditivos para piensos y de sustancias farmacológicamente activas prohibidas o no autorizadas y sus residuos

Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1646 de la Comisión, de 23 de septiembre de 2022, sobre disposiciones prácticas uniformes para la realización de controles oficiales del uso de sustancias farmacológicamente activas autorizadas como medicamentos veterinarios o aditivos para piensos y de sustancias farmacológicamente activas prohibidas o no autorizadas y sus residuos, sobre el contenido específico de los planes nacionales de control plurianuales y disposiciones específicas para su elaboración

Fuentes

Reglamento Delegado (UE) 2024/2562 de la Comisión por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) 2022/1644 en lo que respecta a determinados criterios de selección de muestras

Disclaimer: Under no circumstances shall COLEAD be liable for any loss, damage, liability or expense incurred or suffered that is claimed to have resulted from the use of information available on this website or any link to external sites. The use of the website is at the user’s sole risk and responsibility. This information platform was created and maintained with the financial support of the European Union. Its contents do not, however, reflect the views of the European Union.

La UE modifica las sustancias que deben comprobarse en los planes de control de residuos de la leche cruda, los productos de la acuicultura, la miel y los huevos

Commission Delegated Regulation (EU) 2024/2562 amending Delegated Regulation (EU) 2022/1644 as regards certain criteria for the selection of samples

¿qué está cambiando y por qué?

Las autoridades competentes de los países no pertenecientes a la UE deben controlar la presencia de sustancias farmacológicamente activas en los productos animales que vayan a exportarse a la UE. La UE ha establecido una lista de las sustancias que deben controlarse en cada tipo de producto animal (por ejemplo, bovinos, acuicultura, miel). Los controles fuera de la UE deben ser equivalentes a los realizados en la UE.

Al no ser pertinentes para estos productos, ya no es necesario controlar las siguientes sustancias:

  • Productos fitosanitarios y biocidas utilizados en la cría de animales destinados a la producción de alimentos en la leche cruda (de vaca, oveja, cabra) y la miel
  • Sustancias antiinflamatorias, sedantes y cualquier otra sustancia farmacológicamente activa en los productos de la acuicultura y los huevos.

Acciones

En el plan de control que las autoridades competentes no comunitarias deben presentar cada año a la Comisión Europea para autorizar las exportaciones de productos animales a la UE, ya no es necesario planificar los controles de las sustancias retiradas para la leche cruda, la miel, los productos de la acuicultura y los huevos.

Cronología

Las nuevas normas se aplicarán a partir del 1 de enero de 2025.

Disclaimer: Under no circumstances shall COLEAD be liable for any loss, damage, liability or expense incurred or suffered that is claimed to have resulted from the use of information available on this website or any link to external sites. The use of the website is at the user’s sole risk and responsibility. This information platform was created and maintained with the financial support of the European Union. Its contents do not, however, reflect the views of the European Union.