Reglamento de la UE sobre deforestación (EUDR)
- Deforestation
- Sustainability/Due diligence
Resumen
En diciembre de 2025, los legisladores de la Unión Europea acordaron simplificar determinados aspectos del Reglamento de la Unión Europea sobre deforestación (EUDR) y aplazar por segunda vez la aplicación del Reglamento durante 12 meses (Reglamento 2025/2650). Para más información, véase Revisión del Reglamento dela UE sobre deforestación : simplificación. El EUDR se aplicará a partir del 30 de diciembre de 2026 a las grandes empresas de la UE, y a partir del 30 de junio de 2027 a las microempresas y pequeñas empresas de la UE.
En mayo de 2025, la Comisión Europea adoptó el Reglamento 2025/1093, que clasifica a los países según tres niveles de riesgo de deforestación (bajo, estándar y alto) en relación con las materias primas cubiertas por el EUDR (Reglamento 2023/1115): ganado, cacao, café, aceite de palma, caucho, soja y madera. Para más detalles sobre la lista de países y el proceso de evaluación comparativa, véase el Reglamento de la UE sobre deforestación: Compromiso con terceros países.
En abril de 2025, la Comisión actualizó su Documento de Guía que aclara términos y definiciones clave del Reglamento y dispone de su Documento de Preguntas Frecuentes para responder a las preguntas planteadas por las partes interesadas. Se pueden encontrar más recursos en Aplicación del Reglamento de la UE sobre la deforestación, incluido un "Cazador de mitos" del EUDR que aborda algunos conceptos erróneos sobre el EUDR.
En junio de 2023, la Comisión publicó una regulación de determinadas materias primas y productos asociados a la deforestación y la degradación forestal. Las nuevas reglas responden a la alarmante tasa de deforestación resultante de la expansión de las tierras agrícolas para producir determinadas materias primas. Dado que el consumo europeo de estas materias primas y productos afines contribuye indirectamente a la deforestación, la UE pretende frenar esta práctica y reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y la pérdida de biodiversidad asociadas. Las nuevas reglas tendrán importantes repercusiones para los operadores de las cadenas de valor del ganado vacuno, el cacao, el café, el aceite de palma y la soja en los países de renta baja y media.
Reglas de la UE para reducir la deforestación relacionada con la producción e importación en la UE de ganado vacuno, cacao, café, aceite de palma y soja
Reglamento (UE) 2023/1115 sobre determinados productos básicos y productos relacionados con la deforestación y la degradación forestal
Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1093 de la Comisión por el que se establecen las reglas de aplicación del Reglamento (UE) 2023/1115 en lo que respecta a una lista de países que presentan un riesgo bajo o alto de producir materias primas pertinentes cuyos productos no se ajustan a lo dispuesto en el artículo 3, letra a)
Reglamento (UE) 2025/2650 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de diciembre de 2025, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2023/1115 en lo que respecta a determinadas obligaciones de los operadores y comerciantes
Actualización
En diciembre de 2025, los legisladores de la Unión Europea acordaron simplificar determinados aspectos del Reglamento de la Unión Europea sobre deforestación (EUDR) y aplazar por segunda vez la aplicación del Reglamento durante 12 meses (Reglamento 2025/2650). Para más información, véase Revisión del Reglamento dela UE sobre deforestación : simplificación. El EUDR se aplicará a partir del 30 de diciembre de 2026 a las grandes empresas de la UE, y a partir del 30 de junio de 2027 a las microempresas y pequeñas empresas de la UE.
En mayo de 2025, la Comisión Europea adoptó el Reglamento 2025/1093, que clasifica a los países según tres niveles de riesgo de deforestación (bajo, estándar y alto) en relación con las materias primas cubiertas por el EUDR (Reglamento 2023/1115): ganado, cacao, café, aceite de palma, caucho, soja y madera. Para más detalles sobre la lista de países y el proceso de evaluación comparativa, véase el Reglamento de la UE sobre deforestación: Compromiso con terceros países.
En abril de 2025, la Comisión actualizó su Documento de Guía que aclara términos y definiciones clave del Reglamento y dispone de su Documento de Preguntas Frecuentes para responder a las preguntas planteadas por las partes interesadas. Se pueden encontrar más recursos en Aplicación del Reglamento de la UE sobre la deforestación, incluido un "Cazador de mitos" del EUDR que aborda algunos conceptos erróneos sobre el EUDR.
En junio de 2023, la Comisión publicó una regulación de determinadas materias primas y productos asociados a la deforestación y la degradación forestal. Las nuevas reglas responden a la alarmante tasa de deforestación resultante de la expansión de las tierras agrícolas para producir determinadas materias primas. Dado que el consumo europeo de estas materias primas y productos afines contribuye indirectamente a la deforestación, la UE pretende frenar esta práctica y reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y la pérdida de biodiversidad asociadas. Las nuevas reglas tendrán importantes repercusiones para los operadores de las cadenas de valor del ganado vacuno, el cacao, el café, el aceite de palma y la soja en los países de renta baja y media.
Productos afectados
ganado, cacao, café, aceite de palma, soja
¿qué está cambiando?
La EUDR (Reglamento principal 2023/1115 y regulaciones posteriores, por ejemplo, el Reglamento (UE) 2025/2650) establece condiciones para la comercialización en el mercado de la UE de determinadas mercancías/productos asociados a la deforestación. Crea la necesidad de una trazabilidad exhaustiva de la información, los documentos y los datos de geolocalización que demuestren que las materias primas y los productos en cuestión están "libres de deforestación" y son "legales".
Materias primas y productos
La UE ha identificado riesgos de deforestación en relación con las siguientes materias primas agroalimentarias
- ganado vacuno
- cacao
- café
- aceite de palma
- caucho
- soja
- madera
así como los productos elaborados a partir de ellos (por ejemplo, chocolate, aceite de soja, carne de vacuno). La lista completa de productos (y los códigos aduaneros correspondientes) figura en el anexo I de la propuesta de Reglamento.
Obligaciones en toda la cadena de suministro
Los operadores de la UE sólo podrán comerciar y vender estas materias primas/productos en el mercado de la UE si están "libres de deforestación" y son "legales". Por lo tanto, el Reglamento obliga a los operadores de la UE a actuar con la diligencia debida antes de comercializar las materias primas y los productos pertinentes en el mercado de la UE. Esto significa que la primera empresa de la UE que comercialice los productos pertinentes en el mercado de la UE deberá recopilar y analizar información de sus proveedores que demuestre que el producto está libre de deforestación y es legal. Los "operadores posteriores" que posteriormente transformen y/o vendan esos productos no tendrán que presentar declaraciones de diligencia debida al Sistema de Información EUDR.
¿Qué se entiende por "libre de deforestación"?
En el caso de los productos agroalimentarios, "sin deforestación" significa que las materias primas o los productos en cuestión se han producido en tierras en las que no se ha producido deforestación después del 31 de diciembre de 2020. En el caso de la carne, los operadores deben garantizar que los piensos utilizados para el ganado están libres de deforestación. Sin embargo, no se requiere información de geolocalización para los piensos en sí (véase el documento de preguntas frecuentes de la Comisión Europea [descargar] punto 1.26.1).
¿Qué es "legal"?
"Legal" significa que las materias primas/los productos en cuestión se han producido de conformidad con la legislación pertinente del país de producción. Esta legislación pertinente podría incluir los derechos de uso de la tierra; la protección del medio ambiente; la normativa forestal; los derechos de terceros; los derechos laborales; los derechos humanos; el principio de consentimiento libre, previo e informado, incluido el establecido en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas; la normativa fiscal, anticorrupción, comercial y aduanera. En el documento de Guía de la Comisión (capítulo 6) se ofrecen más explicaciones y ejemplos de lo que se entiende por legislación pertinente.
¿Qué deben hacer los productores y proveedores de fuera de la UE para cumplir las nuevas reglas?
Los productores y proveedores de países no pertenecientes a la UE tendrán que poner a disposición de las empresas de la UE que vendan las materias primas/productos en el mercado de la UE la siguiente información (art. 9)
- geolocalización de todas las parcelas en las que se hayan producido las materias primas
- fecha o intervalo de tiempo de la producción.
Cuando los productos contengan materias primas producidas en diferentes parcelas, deberán facilitarse los datos de todas ellas. En el caso de la carne de vacuno, la geolocalización se refiere a los establecimientos donde se crió el ganado.
Los pequeños operadores de países de bajo riesgo que comercialicen sus propios productos directamente en el mercado de la UE sólo tendrán que cargar una declaración simplificada de conformidad con la EUDR (no una declaración completa de diligencia debida). Estos pequeños operadores disponen de mayor flexibilidad a la hora de demostrar la localización geográfica de su producción (datos de geolocalización o la dirección postal de las parcelas o el establecimiento donde se elaboran los productos).
Definiciones
- "Parcelas": terrenos dentro de una misma propiedad lo suficientemente homogéneos como para poder evaluar la deforestación y la degradación forestal (art. 2(19)).
- "Geolocalización": coordenadas de latitud y longitud de una parcela de tierra utilizando al menos seis dígitos decimales. Para las parcelas de más de 4 hectáreas, deben utilizarse polígonos (puntos de latitud y longitud que describen el perímetro de cada parcela) (Art. 2(29)).
Si las zonas de producción dentro de una misma propiedad son suficientemente similares en términos de evaluación de la deforestación y la degradación forestal, la superficie combinada puede considerarse una parcela de tierra. Si esta superficie combinada es inferior a 4 hectáreas, deberán facilitarse las coordenadas de latitud y longitud de la parcela de tierra utilizando al menos seis dígitos decimales. Para las parcelas de más de 4 hectáreas, se utilizarán polígonos (puntos de latitud y longitud que describen el perímetro de cada parcela). Si las zonas de producción son disímiles en términos de evaluación de la deforestación, cada una deberá considerarse como una parcela individual.
Papel de la certificación por terceros, la trazabilidad nacional y los sistemas de certificación existentes
Los sistemas de certificación por terceros que abordan la sostenibilidad ya están bien establecidos en la mayoría de las cadenas de valor afectadas (por ejemplo, Rainforest Alliance; Roundtable on Sustainable Palm Oil(RSPO) Certified Sustainable Palm Oil). Cuanto más sólidos sean estos sistemas y más se ajusten a los requisitos del Reglamento, más fácil será para los operadores de la UE utilizar la certificación como prueba de que las materias primas importadas son conformes. El Reglamento aclara que los operadores de la UE podrán utilizar estos sistemas para cumplir sus obligaciones de diligencia debida. Todos los esfuerzos para reforzar la trazabilidad y la sostenibilidad de la producción de materias primas, privados o públicos, ayudarán a los operadores a cumplir el Reglamento. Para más información sobre el papel que deben desempeñar los regímenes de certificación, consúltese el Documento de Orientación de la Comisión (capítulo 10).
¿Qué hacen las empresas de la UE con esta información?
Una empresa de la UE que sea la primera en comercializar en el mercado de la UE una de las materias primas o productos enumerados debe emitir una declaración de diligencia debida que incluya el país o los países de producción y la geolocalización de todas las parcelas (EUDR, Art. 4(2), Anexo II). Esta declaración también confirma que la empresa de la UE ha actuado con la diligencia debida, lo que significa que ha recopilado la información pertinente y ha realizado una evaluación del riesgo de las materias primas o los productos. La empresa de la UE sólo puede comercializar materias primas/productos cuando la evaluación de riesgos concluya que no existe ningún riesgo o que éste es insignificante (es decir, que "no hay motivo de preocupación") de que las materias primas se hayan producido en una zona deforestada o de una forma que no cumpla la legislación pertinente del país productor. Las obligaciones específicas de diligencia debida de la empresa dependerán de la situación de riesgo del país exportador (véase la siguiente subsección). Los operadores posteriores no tendrán que aplicar la diligencia debida ni presentar declaraciones de diligencia debida.
Evaluación comparativa de los países productores
En mayo de 2025, la Comisión Europea adoptó la regulación 2025/1093, que clasifica a los países según tres niveles de riesgo de deforestación (bajo, estándar y alto). La clasificación de países está disponible en el anexo del Reglamento. Los países no clasificados como de riesgo bajo o alto entran en la categoría de riesgo estándar.
Esta clasificación determina el alcance de los controles que los Estados miembros de la UE deben llevar a cabo para garantizar que los productos comercializados se ajustan al RDDUE (art. 16 del RDDUE). Cada año, las autoridades nacionales de la UE deben controlar a un mínimo de operadores que suministran los productos en cuestión al mercado de la UE:
- países de bajo riesgo, el 1% de los operadores
- países de riesgo normal, el 3% de los operadores
- países de alto riesgo, el 9% de los operadores más el 9% de la cantidad de cada uno de los productos en cuestión.
Los operadores que se abastecen en países de bajo riesgo también se benefician de requisitos simplificados de diligencia debida. Esto significa que, a petición de la autoridad competente, los operadores sólo tienen que proporcionar información que demuestre que existe un riesgo insignificante de deforestación vinculado a los productos (art. 13 de la EUDR).
La metodología utilizada para esta clasificación se describe en un documento de trabajo de los servicios de laComisión (Comisión Europea 2025c). Los países sujetos a sanciones por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas o el Consejo de la UE sobre las importaciones o exportaciones de las materias primas/productos pertinentes se clasifican automáticamente como de alto riesgo, ya que es imposible llevar a cabo la diligencia debida a lo largo de las cadenas de valor en estos países.
Guía adicional para países no pertenecientes a la UE
La Comisión Europea ha desarrollado los siguientes recursos para facilitar el cumplimiento de la EUDR disponibles en Aplicación del Reglamento de la UE sobre deforestación. Esto incluye
- un Documento Guía y un Documento de Preguntas Frecuentes descargable para ayudar a los operadores y comerciantes, en particular a las pequeñas y medianas empresas (PYME), con los requisitos de esta nueva regulación
- Cumplimiento del EUDR: Comprender la posición de su empresa en las cadenas de suministro de carne de vacuno, cacao, café, aceite de palma, caucho, soja y madera: Una visión general de cómo se aplican las obligaciones, dependiendo del tipo de empresa (operador/comerciante), tamaño (no PYME/PYME), y posición en la cadena de suministro (primera colocación/procedencia), ilustrado a través de 11 escenarios de la cadena de suministro
- EUDR Cazador de Mitos: Desmontando mitos en torno a la regulación de la deforestación de la UE.
Apoyo de la UE a terceros países
La Comisión Europea se comprometió a colaborar con los países y regiones productores para apoyar una transición inclusiva hacia cadenas de suministro legales y libres de deforestación hacia la UE.
En diciembre de 2023, la UE y los Estados miembros pusieron en marcha la Iniciativa Team Europe sobre Cadenas de Valor Libres de Deforestación para apoyar a los países no pertenecientes a la UE en la aplicación del Reglamento.
Esto incluye la Agricultura Sostenible para los Ecosistemas Forestales (SAFE) y un nuevo Mecanismo de Asistencia Técnica.
- SAFE está cofinanciado por la Comisión Europea y el Ministerio Federal alemán de Cooperación Económica y Desarrollo (BMZ). El proyecto tiene como objetivo apoyar a los pequeños agricultores en la transición hacia cadenas de valor sostenibles y libres de deforestación, y actualmente está operativo en Brasil, la República Democrática del Congo, Ecuador, Indonesia, Vietnam y Zambia. SAFE también apoya un Centro de Cadenas de Valor Libres de Deforestación que proporciona información a las partes interesadas para apoyar la coordinación de acciones en este ámbito.
- Servicio Técnico sobre Cadenas de Valor Libres de Deforestación: Gestionado por el Instituto Forestal Europeo (EFI), el Mecanismo colabora con los países productores de materias primas para ayudarles en la transición a cadenas de valor legales y libres de deforestación, en consonancia con los requisitos de mercado de la EUDR.
¿Por qué?
La expansión de las tierras agrícolas para producir determinados productos básicos es uno de los principales motores de la deforestación y la degradación forestal, que se produce a un ritmo alarmante, amenaza la biodiversidad y agrava el cambio climático. La UE trata de evitar la deforestación que pueda producirse como consecuencia del consumo de estos productos básicos dentro de la Unión.
Cronología
Para los grandes operadores de la UE, las obligaciones de diligencia debida se aplicarán a partir del 30 de diciembre de 2026. Para los operadores de la UE que sean microempresas y pequeñas empresas, las obligaciones de diligencia debida se aplicarán a partir del 30 de junio de 2027.
¿cuáles son las principales consecuencias para los países exportadores?
Oportunidades
La regulación
- presenta una oportunidad para mejorar el comercio de productos libres de deforestación e impulsar las oportunidades para los actores sostenibles, incluidas las oportunidades de empoderamiento social y económico de los productores en cadenas de suministro y sistemas alimentarios sostenibles
- creará potencialmente un mercado más justo y transparente para los proveedores que hayan invertido en estrategias sostenibles y respetuosas con los bosques, lo que puede contribuir a mejorar la competitividad de las empresas en los mercados mundiales (fuera de la UE) con una creciente demanda de productos ecológicos por parte de los consumidores
- puede incentivar nuevos modelos empresariales (por ejemplo, en el ámbito digital) e impulsar las oportunidades para todos los agentes de las cadenas de suministro sin deforestación
- reforzará las iniciativas existentes para reducir la deforestación en países no pertenecientes a la UE.
Retos
- Los pequeños agricultores, especialmente los de los países menos desarrollados (PMA), pueden enfrentarse a dificultades técnicas y financieras iniciales para proporcionar datos de geolocalización en el punto de producción.
- Cumplir los nuevos requisitos de información y trazabilidad puede resultar difícil, sobre todo para los agentes económicos más débiles y las cadenas de suministro complejas de los PMA.
- Garantizar que los pequeños productores y las cadenas de suministro complejas (especialmente en los PMA) mantengan su lugar en las cadenas de valor libres de deforestación que abastecen al mercado de la UE será importante, y puede requerir apoyo.
Acciones recomendadas
Productores y exportadores
Se aconseja a los productores y exportadores de carne de vacuno, cacao, café, aceite de palma y soja que
- revisar la disponibilidad de la tecnología existente y apropiada para permitir la geolocalización de todas las parcelas de tierra donde se producen los productos básicos
- revisar la capacidad existente de los exportadores para recopilar, rastrear, almacenar y transmitir información sobre la ausencia de deforestación y la situación legal de las materias primas y los productos a lo largo de la cadena de suministro
- adaptar los sistemas de trazabilidad y mantenimiento de registros de los productores, especialmente de los pequeños productores, para facilitar el suministro de información detallada sobre la ubicación, la producción, la gestión de la tierra y la fecha o el intervalo de tiempo de la producción
- colaborar con las autoridades competentes para aclarar la legislación nacional pertinente para la producción de materias primas/productos, incluidos los derechos sobre la tierra y los derechos laborales.
Autoridades competentes
Se anima a las autoridades competentes a
- trazar un mapa de las cadenas de suministro existentes a la UE para identificar
- los puntos fuertes y débiles de sectores específicos
- el acceso existente a la tecnología de geolocalización pertinente
- las mejores prácticas existentes en materia de trazabilidad
- revisar la disponibilidad de herramientas (por ejemplo, imágenes por satélite) que identifiquen el uso agrícola antes y después de diciembre de 2020
- aclarar (y comunicar al sector privado) qué legislación nacional es pertinente para la producción de los productos básicos en cuestión (por ejemplo, derechos de uso de la tierra, protección del medio ambiente, derechos de terceros, regulaciones relacionadas con los bosques, derechos laborales, derechos humanos, derechos de consulta (con los pueblos indígenas), regulaciones fiscales, anticorrupción, comerciales y aduaneras)
- desarrollar un entorno propicio para apoyar la trazabilidad y el establecimiento de derechos sobre la tierra, y demostrar la aplicación de la legislación nacional pertinente
- desarrollar el diálogo con la UE y los sectores privados europeos para explorar oportunidades de asociaciones pertinentes que puedan apoyar la transición hacia cadenas de suministro legales y libres de deforestación hacia la UE.
Recursos
Consejo de la Unión Europea (2022) Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la comercialización en el mercado de la Unión y a las exportaciones desde la Unión de determinadas materias primas y productos asociados a la deforestación y la degradación forestal y por el que se deroga el Reglamento (UE) nº 995/2010 - Carta al Presidente de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria del Parlamento Europeo (ENVI).
Comisión Europea (2019) Comunicación: Intensificación de la acción de la UE para proteger y restaurar los bosques del mundo.
Comisión Europea (2020) La Comisión pone en marcha una plataforma de cooperación mundial para luchar contra la deforestación.
Comisión Europea (2021a) Biodiversidad: productos libres de deforestación en el mercado de la UE.
Comisión Europea (2021b) Informe de evaluación de impacto minimizar el riesgo de deforestación y degradación forestal asociado a los productos comercializados en la UE.
Comisión Europea (2022a) La UE, Costa de Marfil, Ghana y el sector del cacao respaldan una Alianza para el Cacao Sostenible.
Comisión Europea (2022b) Preguntas y respuestas sobre las nuevas reglas para los productos libres de deforestación.
Comisión Europea (2023) Regulación sobre cadenas de suministro libres de deforestación y degradación forestal. [presentación]
Comisión Europea (2025a) Documento Guía para el Reglamento (UE) 2023/1115 sobre productos libres de deforestación.
Comisión Europea (2025b) FAQ-Reglamento sobre deforestación (4ª edición). [Descargar]
Comisión Europea (2025c) Documento de trabajo de los servicios de la Comisión: Sobre la metodología utilizada para el sistema de evaluación comparativa que acompaña al documento [...] por el que se establecen las reglas de aplicación del Reglamento (UE) 2023/1115 en lo que respecta a una lista de países que presentan un riesgo bajo o alto de producir materias primas para las que los productos correspondientes no cumplen lo dispuesto en el artículo 3, letra a). [descargar]
Fuentes
Reglamento (UE) 2023/1115 sobre determinados productos básicos y productos relacionados con la deforestación y la degradación forestal
Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1093 de la Comisión por el que se establecen las reglas de aplicación del Reglamento (UE) 2023/1115 en lo que respecta a una lista de países que presentan un riesgo bajo o alto de producir materias primas pertinentes cuyos productos no se ajustan a lo dispuesto en el artículo 3, letra a)
Reglamento (UE) 2025/2650 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de diciembre de 2025, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2023/1115 en lo que respecta a determinadas obligaciones de los operadores y comerciantes
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Reglas de la UE para reducir la deforestación relacionada con la producción e importación en la UE de ganado vacuno, cacao, café, aceite de palma y soja
Regulation (EU) 2023/1115 on certain commodities and products associated with deforestation and forest degradation
Commission Implementing Regulation (EU) 2025/1093 laying down rules for the application of Regulation (EU) 2023/1115 as regards a list of countries that present a low or high risk of producing relevant commodities for which the relevant products do not comply with Article 3, point (a)
Regulation (EU) 2025/2650 of the European Parliament and of the Council of 19 December 2025 amending Regulation (EU) 2023/1115 as regards certain obligations of operators and traders
¿qué está cambiando y por qué?
La Unión Europea (UE) quiere asegurarse de que no contribuye a la deforestación, tanto en la UE como en terceros países. Está introduciendo reglas (el Reglamento de la UE sobre deforestación, EUDR) que se aplicarán a las importaciones de productos que se sabe son causas importantes de deforestación en todo el mundo.
Las reglas se aplican al ganado vacuno, el cacao, el café, el aceite de palma, el caucho, la soja y la madera, y a productos afines como el chocolate, el aceite de soja y la carne de vacuno.
Las empresas de la UE sólo podrán comercializar y vender estos productos si están
- "libres de deforestación": los productos deben producirse en tierras donde no se haya producido deforestación después del 31 de diciembre de 2020, y
- "legales": los productos deben producirse siguiendo la legislación del país del que proceden, como las leyes sobre protección del medio ambiente y derechos laborales.
Los productores y proveedores no comunitarios tendrán que facilitar a sus importadores de la UE la siguiente información
- geolocalización de todas las parcelas donde se hayan producido los productos, y
- fecha o intervalo de tiempo de la producción.
En diciembre de 2025, los legisladores de la UE acordaron simplificar algunos aspectos del RUE y aplazar 12 meses la aplicación del Reglamento. Esto sigue a un aplazamiento anterior acordado a finales de 2024. El EUDR se aplicará ahora a partir del 30 de diciembre de 2026 a las grandes empresas de la UE, y a partir del 30 de junio de 2027 a las microempresas y pequeñas empresas de la UE. (Véase Revisión del Reglamento de la UE sobre deforestación: simplificación)
En abril de 2025, la Comisión Europea actualizó su Documento de Guía que aclara términos y definiciones clave del Reglamento y dispone de su Documento de Preguntas Frecuentes [descargar] para responder a las preguntas planteadas por las partes interesadas. Se pueden encontrar más recursos en Aplicación del Reglamento de la UE sobre la deforestación, incluido un artículo de la EUDR para acabar con los mitos que aborda algunos conceptos erróneos sobre el Reglamento de la UE sobre la deforestación.
En mayo de 2025, la Comisión adoptó el Reglamento 2025/1093, que clasifica los países según tres niveles de riesgo de deforestación (bajo, estándar y alto). La clasificación de países está disponible en el anexo del Reglamento. Los países no clasificados como de riesgo bajo o alto entran en la categoría de riesgo estándar. Para más detalles sobre la lista de países y el proceso de evaluación comparativa, véase el Reglamento de la UE sobre deforestación: Compromiso con terceros países.
Los productos pueden seguir importándose de cualquier país siempre que estén libres de deforestación y sean legales. Las primeras empresas de la UE que importen de países de riesgo normal o alto tendrán que hacer una evaluación de riesgos completa; sin embargo, las importaciones de países de riesgo bajo no requerirán una evaluación de riesgos completa. Los operadores que suministren productos de países de alto riesgo al mercado de la UE también estarán más controlados que los operadores de países de riesgo normal o bajo. Las categorías de riesgo se revisarán periódicamente.
La Comisión Europea trabajará con los países y regiones productores no pertenecientes a la UE para ayudarles en la transición hacia la producción de productos que no causen deforestación y que sean legales en el país productor.
Acciones
Para poder facilitar la información que necesitarán sus importadores de la UE, los productores y exportadores de carne de vacuno, cacao, café, aceite de palma, soja, caucho y madera deben comprobar si ya disponen de los datos de geolocalización y si llevan todos los registros necesarios.
Si no es así, tendrán que hacerlo:
- Comprobar si existen sistemas y tecnologías de trazabilidad que puedan mostrar exactamente dónde se han cultivado los productos.
- Mejorar sus sistemas de registro y trazabilidad de los productos para que puedan proporcionar información detallada sobre cómo y cuándo se cultivaron, de dónde proceden y cómo se gestiona la tierra.
- Hablar con sus autoridades nacionales para saber qué reglas y leyes se aplican a la producción, incluidas las reglas sobre los derechos de propiedad de la tierra y el trato justo a los trabajadores.
Las autoridades competentes de los países exportadores deben
- Evaluar los puntos fuertes y débiles de las cadenas de suministro afectadas a la UE.
- Comprobar si hay herramientas disponibles, como imágenes por satélite, que puedan mostrar cómo se utilizaba la tierra para la agricultura antes y después de diciembre de 2020.
- Comunicar al sector privado qué leyes nacionales son pertinentes para la producción de estos productos.
- Apoyar el establecimiento de sistemas de trazabilidad y ayudar a los productores a establecer o demostrar sus derechos de uso de la tierra.
- Hablar con la UE y con las empresas europeas para explorar vías de colaboración.
Cronología
Los grandes operadores de la UE deben cumplir las obligaciones de diligencia debida a partir del 30 de diciembre de 2026.
Los operadores de la UE que son microempresas y pequeñas empresas tienen más tiempo para prepararse, y las obligaciones de diligencia debida solo se les aplicarán a partir del 30 de junio de 2027.
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