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Reglamento de la UE sobre deforestación: La Comisión propone un retraso de 12 meses en la aplicación

  • Deforestation
  • Sustainability/Due diligence

Resumen

La Comisión Europea ha propuesto un retraso en la aplicación del Reglamento de la UE sobre deforestación (RUE), de modo que se aplicará a partir del 30 de diciembre de 2025 para las grandes empresas de la UE, y del 30 de junio de 2026 para las microempresas y pequeñas empresas de la UE, 12 meses más tarde de lo previsto inicialmente. Para que se aplique la ampliación del periodo de aplicación, el Parlamento Europeo y el Consejo de la UE deben aprobar esta propuesta antes de finales de 2024. El 16 de octubre, el Consejo anunció que estaba de acuerdo con la propuesta de la Comisión.

El 15 de noviembre, el Parlamento Europeo votó a favor de la propuesta de la Comisión de un aplazamiento de 12 meses. El Parlamento también propuso modificar la categorización previamente acordada del riesgo de deforestación de cada país. Además de las tres categorías acordadas -riesgo alto, riesgo estándar y riesgo bajo-, el Parlamento propone introducir una cuarta categoría "sin riesgo". Según esta propuesta, los operadores que comercialicen productos procedentes de países "sin riesgo" tendrían que presentar determinados requisitos de documentación, pero no tendrían que elaborar una declaración de diligencia debida para esos productos.

La Comisión Europea, el Consejo de la UE y el Parlamento Europeo entablarán ahora negociaciones sobre las enmiendas propuestas por el Parlamento.

La propuesta de retrasar el EUDR responde a la preocupación expresada por algunos Estados miembros de la UE y socios comerciales de que muchos operadores no están suficientemente preparados para cumplir todos los requisitos del Reglamento a finales de 2024.

El Parlamento Europeo apoya 12 meses más para la introducción progresiva de la EUDR y propone una nueva categoría de países "sin riesgo" de deforestación

Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (UE) 2023/1115 en lo que respecta a las disposiciones relativas a la fecha de aplicación

Actualización

La Comisión Europea ha propuesto un retraso en la aplicación del Reglamento de la UE sobre deforestación (RUE), de modo que se aplicará a partir del 30 de diciembre de 2025 para las grandes empresas de la UE, y del 30 de junio de 2026 para las microempresas y pequeñas empresas de la UE, 12 meses más tarde de lo previsto inicialmente. Para que se aplique la ampliación del periodo de aplicación, el Parlamento Europeo y el Consejo de la UE deben aprobar esta propuesta antes de finales de 2024. El 16 de octubre, el Consejo anunció que estaba de acuerdo con la propuesta de la Comisión.

El 15 de noviembre, el Parlamento Europeo votó a favor de la propuesta de la Comisión de un aplazamiento de 12 meses. El Parlamento también propuso modificar la categorización previamente acordada del riesgo de deforestación de cada país. Además de las tres categorías acordadas -riesgo alto, riesgo estándar y riesgo bajo-, el Parlamento propone introducir una cuarta categoría "sin riesgo". Según esta propuesta, los operadores que comercialicen productos procedentes de países "sin riesgo" tendrían que presentar determinados requisitos de documentación, pero no tendrían que elaborar una declaración de diligencia debida para esos productos.

La Comisión Europea, el Consejo de la UE y el Parlamento Europeo entablarán ahora negociaciones sobre las enmiendas propuestas por el Parlamento.

La propuesta de retrasar el EUDR responde a la preocupación expresada por algunos Estados miembros de la UE y socios comerciales de que muchos operadores no están suficientemente preparados para cumplir todos los requisitos del Reglamento a finales de 2024.

Productos afectados

Ganado, cacao, café, aceite de palma, soja

¿qué está cambiando?

En virtud del Reglamento 2023/1115(EUDR), los operadores de la UE sólo deben comercializar y vender ganado, cacao, café, aceite de palma, caucho, soja, madera y sus productos en el mercado de la UE si están "libres de deforestación" y son "legales". Las empresas de la UE que comercialicen estos productos en el mercado comunitario deben emitir una declaración de diligencia debida que incluya el país o países de producción y la geolocalización de todas las parcelas en las que se hayan producido los productos [véase el Reglamento de la UE sobre deforestación (RUE)].

Las nuevas normas debían aplicarse a partir del 30 de diciembre de 2024 a las grandes empresas de la UE, y a partir del 30 de junio de 2025 a las microempresas y pequeñas empresas de la UE.

La Comisión Europea propone ahora retrasar las fechas de aplicación al 30 de diciembre de 2025 para las grandes empresas de la UE y al 30 de junio de 2026 para las microempresas y las pequeñas empresas de la UE.

La Comisión no propone modificar los objetivos ni los requisitos detallados del Reglamento.

En el marco del EUDR, la Comisión también tiene previsto clasificar los países o regiones como de bajo o alto riesgo. Las empresas que importen materias primas o productos de un país clasificado como de bajo riesgo no tendrán que realizar la evaluación de riesgos completa que exige la diligencia debida. Además, los controles de las autoridades de los Estados miembros de la UE serán menores para las mercancías o productos de origen de bajo riesgo. La Comisión debía publicar estas listas de países antes del 30 de diciembre de 2024, pero ahora propone hacerlo antes del 30 de junio de 2025.

¿Por qué?

Varios socios comerciales han expresado reiteradamente su preocupación por el hecho de que los operadores de sus países no estén suficientemente preparados para suministrar materias primas o productos cubiertos por el EUDR en consonancia con las nuevas normas antes del 30 de diciembre de 2024. Algunos Estados miembros de la UE y partes interesadas europeas han expresado preocupaciones similares. Los 12 meses adicionales tienen por objeto proporcionar un período de introducción progresiva para garantizar la aplicación efectiva de las nuevas normas. Este periodo también dará más tiempo a la UE para dialogar con los socios comerciales que han expresado su preocupación.

Cronología

Como las enmiendas propuestas por el Parlamento Europeo van más allá del retraso inicial de 12 meses sugerido por la Comisión, habrá que negociarlas con la Comisión y el Consejo. Las tres instituciones podrían alcanzar compromisos o, a falta de acuerdo, la Comisión podría retirar su propuesta de aplazamiento. Para que el retraso propuesto surta efecto, ambas instituciones deberán adoptar y publicar una prueba jurídica definitiva antes de finales de 2024.

¿cuáles son las principales consecuencias para los países exportadores?

La propuesta de la Comisión no modifica las medidas que deben adoptar los productores y exportadores de carne de vacuno, cacao, café, aceite de palma y soja para cumplir los nuevos requisitos. No obstante, concede un plazo adicional para implantar los sistemas de información y trazabilidad necesarios.

Fondo

Véase el Reglamento de la UE sobre deforestación (EUDR).

Recursos

Fuentes

Propuesta de Reglamento por el que se modifica el Reglamento de la UE relativo a la deforestación en lo que respecta a las disposiciones relativas a la fecha de aplicación

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El Parlamento Europeo apoya 12 meses más para la introducción progresiva de la EUDR y propone una nueva categoría de países "sin riesgo" de deforestación

Proposal for a Regulation amending the EU Deforestation Regulation as regards provisions relating to the date of application

¿qué está cambiando y por qué?

La Comisión Europea ha propuesto un retraso en la aplicación del Reglamento de la UE sobre deforestación (EUDR), de modo que se aplicará a partir del 30 de diciembre de 2025 a las grandes empresas de la UE, y del 30 de junio de 2026 a las microempresas y pequeñas empresas de la UE, 12 meses más tarde de lo previsto inicialmente.

La propuesta de retrasar el EUDR responde a la preocupación expresada por algunos Estados miembros de la UE y socios comerciales de que muchos operadores no están suficientemente preparados para cumplir con todos los requisitos del Reglamento a finales de 2024.

El 15 de noviembre, el Parlamento Europeo votó a favor de la propuesta de la Comisión de un retraso de 12 meses. El Parlamento también propuso modificar la categorización previamente acordada del riesgo de deforestación de cada país. Además de las tres categorías acordadas -riesgo alto, riesgo estándar y riesgo bajo-, el Parlamento propone introducir una cuarta categoría "sin riesgo". Según esta propuesta, los operadores que comercialicen productos procedentes de países "sin riesgo" tendrían que presentar determinados requisitos de documentación, pero no tendrían que elaborar una declaración de diligencia debida para esos productos.

La Comisión Europea, el Consejo de la UE y el Parlamento Europeo entablarán ahora negociaciones sobre las enmiendas propuestas por el Parlamento.

Cronología

Como las enmiendas propuestas por el Parlamento Europeo van más allá del retraso inicial de 12 meses sugerido por la Comisión, habrá que negociarlas con la Comisión y el Consejo. Las tres instituciones podrían llegar a compromisos o, a falta de acuerdo, la Comisión podría retirar su propuesta de aplazamiento.

Para que el aplazamiento propuesto surta efecto, ambas instituciones deberán adoptar un texto jurídico definitivo antes de finales de 2024.

Disclaimer: Under no circumstances shall COLEAD be liable for any loss, damage, liability or expense incurred or suffered that is claimed to have resulted from the use of information available on this website or any link to external sites. The use of the website is at the user’s sole risk and responsibility. This information platform was created and maintained with the financial support of the European Union. Its contents do not, however, reflect the views of the European Union.