Posibilidades de pesca en la UE para 2024-2026
- Common Fisheries Policy
Resumen
La Comisión Europea ha modificado algunas posibilidades de pesca de poblaciones situadas fuera de las aguas de la UE basándose en los resultados de las consultas con terceros países y organizaciones regionales de ordenación pesquera (OROP) y en nuevos dictámenes científicos.
La Comisión Europea modifica las posibilidades de pesca fuera de las aguas de la UE en consulta con las OROP
Reglamento (UE) 2024/1856 del Consejo, de 28 de junio de 2024, que modifica el Reglamento (UE) 2024/257 por el que se establecen, para 2024, 2025 y 2026, las posibilidades de pesca para determinadas poblaciones de peces, aplicables en aguas de la Unión y, en el caso de los buques pesqueros de la Unión, en determinadas aguas no pertenecientes a la Unión, y el Reglamento (UE) 2023/194 por el que se establecen, para 2023, dichas posibilidades de pesca
Reglamento (UE) 2024/257 del Consejo, de 10 de enero de 2024, por el que se establecen, para 2024, 2025 y 2026, las posibilidades de pesca de determinadas poblaciones de peces, aplicables en aguas de la Unión y, en el caso de los buques pesqueros de la Unión, en determinadas aguas no pertenecientes a la Unión, y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2023/194
Actualización
La Comisión Europea ha modificado algunas posibilidades de pesca de poblaciones situadas fuera de las aguas de la UE basándose en los resultados de las consultas con terceros países y organizaciones regionales de ordenación pesquera (OROP) y en nuevos dictámenes científicos.
Productos afectados
pescado
¿qué está cambiando?
Las siguientes decisiones, acordadas en las RMFO pertinentes, se aplicarán en la legislación de la UE.
La Comisión Internacional para la Conservación del Atún Atlántico (CICAA)
- ha fijado los totales admisibles de capturas (TAC) para 2024 para el atún blanco del Atlántico Norte(Thunnus alalunga) en 47.251 toneladas, y para la tintorera(Prionace glauca) en 30.000 y 27.711 toneladas para el Atlántico Norte y Sur, respectivamente
- mantiene en 2024 los TAC fijados para 2023 para el atún rojo del Atlántico oriental(Thunnus thynnus), el atún blanco del Mediterráneo y el atún blanco del Atlántico sur(Thunnus alalunga), el pez espada del Mediterráneo y del Atlántico norte y sur(Xiphias gladius), la aguja azul(Makaira nigricans), la aguja blanca(Tetrapturus albidus), el rabil(Thunnus albacares) y el patudo(Thunnus obesus); y mantiene la tolerancia de retención para el marrajo del Atlántico Sur(Isurus oxyrinchus)
- mantiene un límite máximo de 300 dispositivos de concentración de peces (DCP) por buque pesquero en 2024, y un periodo de veda de 72 días para el uso de DCP con el fin de reducir la mortalidad por pesca de juveniles de patudo y rabil
- recomienda que la UE traslade a 2024 un porcentaje de su cuota no utilizada de posibilidades de pesca de hace 2 años o de hace 1 año, previa solicitud.
La Decisión (UE) 2023/2807 establece la posición de la UE en la CICAA para el periodo 2024-2028.
El Reglamento (UE) 2024/897 incorpora a la legislación de la UE medidas jurídicamente vinculantes para la conservación de determinados recursos pesqueros en la zona del Convenio CICAA. Una nueva disposición prohíbe a los buques de la UE dañar a los marrajos capturados en el Océano Atlántico al norte del paralelo 5º N, y exige la pronta liberación de dichos marrajos ilesos en el mar. Para evitar solapamientos, el art. 27(6) del Reglamento (UE) 2024/257.
Los buques de la UE ya tienen prohibido mantener a bordo, transbordar o desembarcar cualquier cadáver, entero o en partes, de tiburones zorro ojón(Alopias superciliosus), tiburones punta blanca oceánicos(Carcharhinus longimanus), tiburones martillo( familiaSphyrnidae ) y tiburones sedosos(Carcharhinus falciformis), capturados en asociación con pesquerías en la zona del Convenio de la CICAA, y requieren la pronta liberación de los especímenes ilesos de vuelta al mar (Reglamento 2017/2107). Para evitar solapamientos, se suprimen disposiciones similares del art. 27 del Reglamento (UE) 2024/257.
La Comisión para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos (CCRVMA ) ha adoptado límites de capturas para las especies objetivo y accesorias para el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2023 y el 30 de noviembre de 2024. La Decisión (UE) 2023/2812 establece la posición de la UE en la CCRVMA para el periodo 2024-2028.
La Comisión del Atún para el Océano Índico (CAOI) ha adoptado una Resolución por la que se establece un límite de capturas de patudo(Thunnus obesus) para 2024 y 2025, por primera vez en la zona de competencia de la CAOI. La CAOI mantiene los límites de la capacidad pesquera, de los DCP y de los buques de suministro; y mantiene el límite de capturas de rabil(Thunnus albacares) en esa zona. La Decisión (UE) 2023/2901 establece la posición de la UE en la CAOI para el periodo 2024-2028.
En su reunión anual, la Organización Regional de Ordenación Pesquera del Pacífico Sur (SPRFMO) adoptó límites de capturas para el jurel(Trachurus murphyi) y mantuvo la pesca exploratoria de la merluza negra(Dissostichus spp.). Esas medidas se aplican en el Reglamento 2024/1015. La Decisión (UE) 2023/2826 establece la posición de la UE en la Comisión de la SPRFMO para el periodo 2024-2028.
En su reunión anual de 2023, la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT) decidió mantener las medidas actuales aplicables en la zona de su Convención.
En su reunión anual de 2023, la Comisión para la Conservación del Atún Rojo del Sur (CCSBT) adoptó el TAC para el atún rojo del sur(Thunnus maccoyii) para un periodo de 3 años, de 2024 a 2026.
En su reunión anual de 2023, la Organización de la Pesca del Atlántico Suroriental (SEAFO) decidió mantener los TAC de 2023 en la zona del Convenio SEAFO en 2024. La Decisión (UE) 2023/2823 establece la posición de la UE en la Comisión de la SEAFO para el periodo 2024-2028.
La reunión anual de 2023 de la Comisión de Pesca del Pacífico Occidental y Central (WCPFC) se celebró del 4 al 8 de diciembre de 2023. En esta reunión, la WCPFC decidió mantener los límites de esfuerzo de los cerqueros y el número máximo de estos buques que pescan túnidos tropicales. Se modificaron las disposiciones relativas a la gestión de los DCP en la pesquería de túnidos tropicales y, en particular, a la veda de los DCP. En cualquier momento, los cerqueros no deben desplegar más de 350 DCP en el mar, con boyas instrumentadas activadas. Estas medidas deben incorporarse al Derecho de la Unión. La Decisión (UE) 2023/2810 establece la posición de la UE en la Comisión de la WCPFC para el periodo 2024-2028.
En su reunión anual de 2023, el Acuerdo de Pesca para el Océano Índico Meridional (SIOFA) adoptó un límite de capturas accesorias para la pailona(Centroscymnus coelolepis) y modificó los límites de las zonas de gestión de las merluzas de Del Cano y Williams Ridge(Dissostichus spp.). Asimismo, amplió los requisitos en materia de observadores y marcado para la austromerluza en el resto de la zona del Acuerdo. Se mantienen las posibilidades de pesca adoptadas anteriormente para las poblaciones cubiertas por dicho Acuerdo.
¿Por qué?
Cuando las OROP adopten posibilidades de pesca, fijen TAC o tomen otras medidas en relación con las poblaciones de las zonas de su Convenio que afecten a las posibilidades de pesca de los Estados miembros de la UE, dichas medidas deberán incorporarse al Derecho comunitario.
Cronología
El Reglamento 2024/1856 se aplica a partir del 1 de diciembre de 2023 (el art. 2 se aplica a partir del 1 de enero de 2024).
El Reglamento 2024/257 se aplica del 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2024.
Fondo
La normativa sobre posibilidades de pesca tiene por objeto limitar las capturas a niveles compatibles con los objetivos de la Política Pesquera Común. Las posibilidades de pesca se fijan para la mayoría de las poblaciones cada año, y para determinadas poblaciones cada 2-3 años. La Comisión Europea ha publicado una panorámica basada en dictámenes científicos: La pesca sostenible en la UE: situación actual y orientaciones para 2024.
El Reglamento 2024/257 de la UE ha fijado las posibilidades de pesca para 2024, 2025 y 2026 de determinadas poblaciones en aguas de la UE. Como miembro de las OROP y los organismos pesqueros de todo el mundo, la UE participa en sus decisiones y las vota. La Comisión Europea propone, y el Consejo Europeo adopta, las posiciones expresadas en nombre de la UE. Las últimas Decisiones del Consejo establecen los principios rectores de la posición de la UE en las OROP para el periodo 2024-2028. Posteriormente, esta posición se ajusta y especifica año tras año antes de cada reunión anual de una determinada OROP u organismo pesquero. Los límites de capturas y otras medidas acordadas en las OROP de las que es miembro la UE se aplican en la legislación de la UE.
Recursos
Decisiones del Consejo:
2024/395 relativa a la posición que debe adoptarse en nombre de la Unión Europea en la Comisión Ampliada de la Convención para la Conservación del Atún Rojo del Sur
2024/366 relativa a la posición que deberá adoptarse en nombre de la Unión Europea en la Comisión Interamericana del Atún Tropical y en la reunión de las Partes en el Acuerdo relativo al Programa Internacional para la Conservación de los Delfines
2023/2901 relativa a la posición que debe adoptarse en nombre de la Unión Europea en la Comisión del Atún para el Océano Índico
2023/2888 relativa a la posición que debe adoptarse en nombre de la Unión Europea en el Acuerdo de Pesca para el Océano Índico Meridional
2023/2826 relativa a la posición que debe adoptarse en nombre de la Unión Europea en la Organización Regional de Ordenación Pesquera del Pacífico Sur
2023/2823 relativa a la posición que debe adoptarse en nombre de la Unión Europea en la Organización de la Pesca del Atlántico Suroriental
2023/2812 relativa a la posición que deberá adoptarse en nombre de la Unión Europea en la Comisión para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos
2023/2810 sobre la posición que debe adoptarse en nombre de la Unión Europea en la Comisión de Pesca del Pacífico Occidental y Central (WCPFC)
2023/2807 relativa a la posición que debe adoptarse en nombre de la Unión Europea en la Comisión Internacional para la Conservación del Atún Atlántico
2012/19/UE relativo a la autorización de posibilidades de pesca en aguas de la UE frente a la costa de la Guayana Francesa a los buques pesqueros de la República Bolivariana de Venezuela
Reglamento del Consejo:
2024/1015 por el que se establecen, para 2024, 2025 y 2026, las posibilidades de pesca de determinadas poblaciones de peces, aplicables en aguas de la Unión y, en el caso de los buques pesqueros de la Unión, en determinadas aguas no pertenecientes a la Unión
2024/897 por el que se establecen medidas de gestión, conservación y control aplicables en la zona del Convenio de la Comisión Internacional para la Conservación del Atún Atlántico (CICAA) y se establece un plan de gestión plurianual para el atún rojo del Atlántico oriental y el Mediterráneo
2023/194 por el que se establecen, para 2023, las posibilidades de pesca de determinadas poblaciones de peces, aplicables en aguas de la Unión y, en el caso de los buques pesqueros de la Unión, en determinadas aguas no pertenecientes a la Unión, y por el que se establecen, para 2023 y 2024, dichas posibilidades de pesca para determinadas poblaciones de peces de aguas profundas
2017/2403 sobre la gestión sostenible de las flotas pesqueras exteriores
2017/2107 por el que se establecen medidas de gestión, conservación y control aplicables en la zona del Convenio de la Comisión Internacional para la Conservación del Atún Atlántico (CICAA)
Comisión Europea (2023) Pesca sostenible en la UE: situación y orientaciones para 2024. Dirección General de Asuntos Marítimos y Pesca.
Fuentes
Reglamento (UE) 2024/1856 del Consejo que modifica el Reglamento (UE) 2024/257 por el que se establecen, para 2024, 2025 y 2026, las posibilidades de pesca de determinadas poblaciones de peces, aplicables en aguas de la Unión y, en el caso de los buques pesqueros de la Unión, en determinadas aguas no pertenecientes a la Unión, y el Reglamento (UE) 2023/194 por el que se establecen, para 2023, dichas posibilidades de pesca
El Reglamento (UE) 2024/257 del Consejo, por el que se establecen, para 2024, 2025 y 2026, las posibilidades de pesca de determinadas poblaciones de peces, aplicables en aguas de la Unión y, en el caso de los buques pesqueros de la Unión, en determinadas aguas no pertenecientes a la Unión
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La Comisión Europea modifica las posibilidades de pesca fuera de las aguas de la UE en consulta con las OROP
Reglamento
Council Regulation (EU) 2024/1856 amending Regulation (EU) 2024/257 fixing for 2024, 2025 and 2026 the fishing opportunities for certain fish stocks, applicable in Union waters and, for Union fishing vessels, in certain non-Union waters, and Regulation (EU) 2023/194 fixing for 2023 such fishing opportunities
Council Regulation (EU) 2024/257 fixing for 2024, 2025 and 2026 the fishing opportunities for certain fish stocks, applicable in Union waters and, for Union fishing vessels, in certain non-Union waters
What is changing and why?
La Comisión Europea ha fijado las posibilidades de pesca de determinadas poblaciones en aguas de la UE para 2024, 2025 y 2026, y ha incorporado a la legislación de la UE los límites de capturas y otras medidas acordadas en las organizaciones regionales de ordenación pesquera (OROP) de las que es miembro. Ahora se han modificado algunas posibilidades de pesca de poblaciones situadas fuera de las aguas de la UE, sobre la base de los resultados de las consultas con países no pertenecientes a la UE y OROP, y de nuevos dictámenes científicos.
Comisión Internacional para la Conservación del Atún Atlántico (CICAA):
- fija los totales admisibles de capturas (TAC) para 2024 para el atún blanco del Atlántico Norte en 47.251 toneladas; y para la tintorera en 30.000 y 27.711 toneladas (Atlántico Norte y Sur, respectivamente)
- mantiene en 2024 los TAC fijados para 2023 para el atún rojo del Atlántico oriental, el atún blanco del Mediterráneo y el atún blanco del Atlántico sur, el Mediterráneo, y el pez espada del Atlántico norte y sur, la aguja azul, la aguja blanca, el rabil y el patudo; y mantiene la tolerancia de retención para el marrajo dientuso del Atlántico sur
- mantiene un límite máximo de 300 dispositivos de concentración de peces (DCP) por buque pesquero en 2024, y un periodo de veda de 72 días para el uso de DCP con el fin de reducir la mortalidad por pesca de juveniles de patudo y rabil
- recomienda que la UE traslade a 2024 un porcentaje de su cuota no utilizada de posibilidades de pesca de hace 1 o 2 años, previa solicitud.
Una nueva disposición prohíbe a los buques de la UE dañar a los marrajos capturados en el Océano Atlántico al norte del paralelo 5º N, y exige la pronta liberación de estos marrajos ilesos en el mar. Los buques de la UE ya tienen prohibido retener a bordo, transbordar o desembarcar cualquier cadáver de zorro ojón, tiburón punta blanca oceánico, tiburón martillo y tiburón jaquetón capturados en asociación con pesquerías en la zona del Convenio CICAA. Estos tiburones también deben ser liberados, sin demora e ilesos, de nuevo en el mar.
Comisión para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos (CCRVMA ):
- se adoptan límites de capturas para las especies objetivo y accesorias para el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2023 y el 30 de noviembre de 2024.
Comisión del Atún para el Océano Índico (CAOI):
- se establece por primera vez el límite de capturas de patudo(Thunnus obesus) para 2024 y 2025 en la zona de competencia de la CAOI
- se mantienen en dicha zona los límites de capacidad pesquera, DCP y buques de abastecimiento, así como el límite de capturas de rabil(Thunnus albacares).
LaOrganización Regional de Ordenación Pesquera del Pacífico Sur (SPRFMO)
- adopta límites de capturas para el jurel(Trachurus murphyi) y mantiene la pesca exploratoria de la merluza negra(Dissostichus spp.).
Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT):
- se mantienen las medidas actuales aplicables en la zona de su Convención.
Comisión para la Conservación del Atún Rojo del Sur (CCSBT):
- Se adoptan los TAC para el atún rojo del sur(Thunnus maccoyii) de 2024 a 2026.
Organización de la Pesca del Atlántico Suroriental (SEAFO):
- se mantienen los TAC de 2023 en la zona de su Convenio en 2024.
Comisión de Pesca del Pacífico Occidental y Central (WCPFC):
- se mantienen en 2024 los límites de esfuerzo y el número máximo de cerqueros que pescan túnidos tropicales; en cualquier momento, estos buques no deben desplegar más de 350 DCP en el mar, con boyas instrumentadas activadas.
Acuerdo de Pesca para el Océano Índico Meridional (SIOFA):
- se adopta un límite de capturas accesorias para la pailona(Centroscymnus coelolepis)
- se modifican los límites de las zonas de gestión de las merluzas de Del Cano y Williams Ridge(Dissostichus spp.)
- se establecen requisitos ampliados en materia de observadores y marcado para la austromerluza en el resto de la zona del Acuerdo.
Timeline
El Reglamento 2024/1856 se aplica a partir del 1 de diciembre de 2023 (el art. 2 se aplica a partir del 1 de enero de 2024).
El Reglamento 2024/257 se aplica del 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2024.
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