Explicación de las normas de comercialización de la UE
- Agricultural products
Resumen
Este resumen ofrece información general sobre las normas de comercialización de la UE, sus objetivos y repercusiones, con enlaces a todas las normas sectoriales vigentes.
Explicación de las normas de comercialización, objetivos e impacto de la UE, con enlaces a las normas del sector
Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea una organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) nº 922/72, (CEE) nº 234/79, (CE) nº 1037/2001 y (CE) nº 1234/2007 del Consejo
Actualización
Este resumen ofrece información general sobre las normas de comercialización de la UE, sus objetivos y repercusiones, con enlaces a todas las normas sectoriales vigentes.
Fondo
Objetivos de las normas de comercialización
La normativa de la UE sobre la organización común de mercados de productos agrícolas incluye una sección sobre normas de comercialización (arts. 74-92).
Los principales objetivos de las normas de comercialización de la UE son los siguientes
- contribuir a mejorar la calidad de los productos y los beneficios económicos de los agricultores reduciendo las falsas declaraciones de calidad que pueden dar lugar a competencia desleal
- proporcionar a los consumidores información adecuada y transparente para que puedan elegir con conocimiento de causa y pagar un precio justo
- facilitar el funcionamiento eficaz de los mercados con un suministro de productos normalizados y de buena calidad: una clasificación y un etiquetado coherentes ofrecen garantías a los operadores.
Contenido de las normas de comercialización
Las normas de comercialización establecen reglas relativas a las características de los productos y otros requisitos que deben cumplir tanto los productos producidos en la UE como los importados para entrar en el mercado comunitario. Las normas de comercialización pueden incluir reglas sobre (Art. 75(3))
- definiciones técnicas, denominaciones y denominaciones de venta
- criterios de clasificación, por ejemplo, clasificación en clases, peso, calibre, edad y categoría
- indicación de la especie, variedad vegetal, raza animal o tipo comercial
- presentación, etiquetado, envasado, marcado, año de cosecha
- criterios como el aspecto, la consistencia, la conformación (forma/estructura), las características del producto, el porcentaje de contenido de agua
- sustancias específicas, por ejemplo, contenido cuantitativo, pureza, identificación
- tipo de cultivo y método de producción (producción sostenible)
- coupage (combinaciones) de mosto y vino
- frecuencia de recogida, entrega, conservación y manipulación, métodos de conservación/temperatura, almacenamiento y transporte
- indicación del lugar de cultivo/origen
- restricciones a la utilización de determinadas sustancias y prácticas
- uso específico.
Sectores
Se han elaborado normas de comercialización para los siguientes sectores:
- Huevos: Reglamento (CE) 589/2008 de la Comisión
- Huevos para incubar y pollitos de aves de corral: Reglamento (CE) 617/2008 de la Comisión
- Frutas y hortalizas (frescas y transformadas): Reglamento de Ejecución (UE) 2017/892 de la Comisión y Reglamento de Ejecución (UE) 543/2011 de la Comisión
- Plátanos: Reglamento de Ejecución de la Comisión 1333/2011
- Carne de aves de corral: Reglamento (CE) 543/2008 de la Comisión
- Carne de bovino de edad igual o inferior a 12 meses: Reglamento (CE) 566/2008 de la Comisión
- Lúpulo y productos del lúpulo: Reglamento (CE) 1850/2006 de la Comisión
- Mantequilla: Reglamento (CE) 445/2007 de la Comisión
- Leche conservada deshidratada: Directiva 2001/114/CE del Consejo
- Aceite de oliva: Reglamento (UE) 29/2012
- Vino: Reglamento Delegado (UE) 2019/934 de la Comisión
Frutas - normas específicas
En virtud del Reglamento de Ejecución 543/2011 de la Comisión, se han establecido normas específicas en el anexo I, parte B, para:
- Manzanas
- Cítricos
- Kiwis
- Lechugas, escarolas y escarolas de hoja ancha
- Melocotones y nectarinas
- Peras
- Fresas
- Pimientos dulces
- Uvas de mesa
- Tomates
Las "Directivas del desayuno
Antes del Reglamento de 2007 por el que se establece el mercado común, las diferencias entre las legislaciones nacionales de los Estados miembros de la UE impedían que algunos productos se comercializaran fácilmente en toda la UE. Para eliminar estos obstáculos al comercio, la UE adoptó Directivas armonizadas que pasaron a conocerse como las "Directivas del desayuno":
- Extractos de café y achicoria: Directiva 1999/4/CE
- Cacao y chocolate: Directiva 2000/36/CE
- Azúcares: Directiva 2001/111/CE del Consejo
- Mermeladas de frutas: Directiva 2001/113/CE del Consejo
- Leche en conserva deshidratada: Directiva 2001/114/CE del Consejo
- Zumos de frutas: Directiva 2001/112/CE del Consejo
- Miel: Directiva 2001/110/CE del Consejo
Impacto de las normas de comercialización
Una evaluación de las normas de comercialización de la UE(Comisión Europea 2020) concluyó que estas normas
- habían contribuido con éxito a mejorar la calidad de los productos agrícolas y alimentarios
- en general, proporcionaban a los consumidores información adecuada y transparente
- fueron bien acogidas por las empresas, ya que la normalización y la mejora de la calidad contribuyen a eliminar los obstáculos al comercio dentro de Europa y a reducir los costes de transacción en las relaciones entre empresas
- añadían un valor significativo a las normas privadas internacionales debido a su carácter (de hecho) obligatorio y a sus exigentes requisitos de calidad.
La evaluación detectó algunos problemas pendientes debidos a los distintos enfoques de aplicación en relación con: la producción de huevos y la prohibición de jaulas "no acondicionadas" (sin mobiliario); el uso de términos lácteos en la comercialización de productos vegetales; y la mezcla de aceites de oliva con otros aceites vegetales. También se señalaron nuevas cuestiones, como la adaptación a los cambios tecnológicos y las preferencias de los consumidores, y la lucha contra el desperdicio de alimentos.
Productos afectados
manzanas, cítricos, kiwis, lechugas, melocotones, nectarinas, peras, fresas, pimientos dulces, uvas de mesa, tomates, hortalizas, aves de corral, huevos, productos lácteos, aceite de oliva, carne de vacuno, lúpulo, leche, vino, café, cacao, azúcar, mermelada, leche deshidratada, zumo de frutas, miel
Cronología
Se espera que la Comisión presente una propuesta en el cuarto trimestre de 2022 para actualizar las actuales normas de comercialización, teniendo más en cuenta las consideraciones de sostenibilidad y respondiendo a las cambiantes preferencias de los consumidores y a las innovaciones tecnológicas.
¿cuáles son las principales consecuencias para los países exportadores?
El aumento de las normas puede poner en peligro a los exportadores de los países en desarrollo con menor capacidad técnica, provocando un desvío del comercio hacia los países desarrollados(Nes & Ciaian 2021).
Para los que tienen la capacidad necesaria, la aplicación de normas puede significar inversión y adopción de tecnología, lo que puede mejorar la calidad de los productos y dar lugar a una mayor coordinación en la cadena de suministro (Nes &Ciaian 2021), y puede mejorar el acceso a los mercados.
Recursos
Comisión Europea (2020) Documento de trabajo de los servicios de la Comisión Evaluation of marketing standards (contained in the CMO Regulation, the 'Breakfast Directives' and CMO secondary legislation).
Comisión Europea (2021) Inception Impact Assessment on the Revision of EU Marketing Standards.
Nes, K. & Ciaian, P. (2021) Marketing standards for food products: A review of literature.
Para obtener una visión general de todos los requisitos de importación de la UE, visite Access2Markets, My Trade Assistant.
Fuentes
Reglamento (UE) nº 1308/2013
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