Aditivos alimentarios: sorbatos y galato de propilo
- Contaminants
- Food additives
Resumen
Para los aditivos alimentarios autorizados ácido sórbico (E 200), sorbato potásico (E 202) y galato de propilo (E 310), la Comisión Europea ha reducido los límites máximos actuales de arsénico, plomo y mercurio, y ha fijado un límite máximo para el cinc. El ácido sórbico y el sorbato potásico están autorizados para su uso como conservantes en postres de gelatina a base de agua con sabor a fruta.
La UE revisa las especificaciones y condiciones de uso de los sorbatos y el galato de propilo
Reglamento (UE) 2024/2597 de la Comisión, de 4 de octubre de 2024, por el que se modifican el anexo II del Reglamento (CE) n.º 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al uso del ácido sórbico (E 200) y el sorbato potásico (E 202) y el anexo del Reglamento (UE) n.º 231/2012 de la Comisión en lo que respecta a las especificaciones del ácido sórbico (E 200), el sorbato potásico (E 202) y el galato de propilo (E 310)
Actualización
Para los aditivos alimentarios autorizados ácido sórbico (E 200), sorbato potásico (E 202) y galato de propilo (E 310), la Comisión Europea ha reducido los límites máximos actuales de arsénico, plomo y mercurio, y ha fijado un límite máximo para el cinc. El ácido sórbico y el sorbato potásico están autorizados para su uso como conservantes en postres de gelatina a base de agua con sabor a fruta.
Productos afectados
postres de gelatina a base de agua con sabor a fruta
¿qué está cambiando?
La Comisión Europea ha introducido los siguientes cambios en el uso de sorbatos y galato de propilo como aditivos alimentarios.
- Ácido sórbico (E 200) y sorbato potásico (E 202): Reducción de los contenidos máximos de arsénico y plomo a 0,1 mg/kg, y de mercurio a 0,01 mg/kg. Un nuevo límite máximo de 0,1 mg/kg para el cinc.
- Sorbato de potasio (E 202): Modificación de la descripción para incluir la forma granular.
- Galato de propilo (E 310): Modificación de la descripción para restringir el uso de catalizadores en el proceso de fabricación del aditivo alimentario; reducción de los límites máximos de arsénico y mercurio a 0,1 mg/kg, y de plomo a 0,3 mg/kg.
- Ácido sórbico (E 200) y sorbato de potasio (E 202): Autorización de su uso en postres de gelatina a base de agua con sabor a fruta a una dosis máxima de 1000 mg/kg.
¿Por qué?
La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria ha recomendado la reducción de los límites máximos de arsénico, plomo y mercurio en estos aditivos alimentarios(EFSA 2019).
La descripción del sorbato potásico (E 202) se refiere actualmente solo a su forma en polvo, que se produce a partir de la forma granular, aunque ambas formas físicas (polvo y granular) tienen la misma pureza.
El uso de ácido clorhídrico como catalizador durante el proceso de fabricación del galato de propilo podría dar lugar a subproductos clorados, con incertidumbre en cuanto a su seguridad(EFSA 2014).
La autorización del ácido sórbico y el sorbato potásico en postres a base de frutas alinea a la UE con la Norma General del Codex para los Aditivos Alimentarios (GSFA).
Cronología
Se aplica a partir del 27 de octubre de 2024.
Los alimentos que contengan ácido sórbico (E 200), sorbato potásico (E 202) o galato de propilo (E 310) comercializados antes del 27 de abril de 2025 podrán venderse hasta que se agoten las existencias.
¿cuáles son las principales consecuencias para los países exportadores?
Los países exportadores deben garantizar que sus productos alimenticios cumplen los últimos requisitos de la UE sobre condiciones de uso y especificaciones de los aditivos alimentarios. El incumplimiento puede dar lugar a la denegación de la entrada en el mercado de la UE.
Acciones recomendadas
Los proveedores de alimentos que contengan sorbatos y galato de propilo deben respetar los nuevos contenidos máximos y restringir el uso de catalizadores en el proceso de fabricación del galato de propilo (E 310).
Fondo
Un dictamen de la EFSA (2019) cambió la ingesta diaria admisible (IDA) temporal del ácido sórbico (E 200) y su sal potásica (sorbato potásico, E 202) a una nueva IDA de grupo de 11 mg/kg de peso corporal al día.
El Reglamento 1333/2008 establece las normas de evaluación y aprobación de los aditivos alimentarios en la Unión Europea.
- La lista de aditivos alimentarios autorizados (anexo II) especifica qué aditivos alimentarios está permitido utilizar en diversas categorías de productos alimenticios. Sólo se permite el uso de los aditivos que figuran en esta lista, y deben utilizarse de acuerdo con las condiciones especificadas.
- Lista para aplicaciones específicas (anexo III) detalla qué aditivos alimentarios pueden utilizarse en la fabricación de otros aditivos alimentarios, enzimas y aromas. Los aditivos deben utilizarse según lo indicado en esta lista para cumplir el Reglamento.
El Reglamento 1338/2008 también especifica las cantidades máximas que pueden utilizarse en los productos alimenticios. Estos límites se basan en dos principios fundamentales
- cantidad mínima necesaria: los aditivos deben utilizarse en la menor cantidad necesaria para lograr su función prevista, como la conservación de los alimentos o la mejora del sabor
- consideraciones de seguridad: las cantidades utilizadas deben garantizar la seguridad para todos los grupos de consumidores y reflejar los niveles de la IDA, en particular para las poblaciones con un consumo potencialmente más elevado.
Recursos
Reglamento (CE) nº 1333/2008 sobre aditivos alimentarios
Reglamento (UE) nº 231/2012 por el que se establecen especificaciones para los aditivos alimentarios
Base de datos de la Comisión sobre aditivos alimentarios
EFSA (2014) Dictamen científico sobre la reevaluación del galato de propilo (E 310) como aditivo alimentario. EFSA Journal, 12(4): 3642.
EFSA (2015) Dictamen científico sobre la reevaluación del ácido sórbico (E 200), el sorbato potásico (E 202) y el sorbato cálcico (E 203) como aditivos alimentarios. EFSA Journal, 13(6): 4144.
EFSA (2019) Opinión sobre el seguimiento de la reevaluación del ácido sórbico (E200) y el sorbato de potasio (E202) como aditivos alimentarios. EFSA Journal, 17(3): 5625.
Fuentes
Reglamento (UE) nº 2024/2597 de la Comisión relativo al uso de ácido sórbico (E 200) y sorbato potásico (E 202) y a las especificaciones del ácido sórbico (E 200), el sorbato potásico (E 202) y el galato de propilo (E 310)
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La UE revisa las especificaciones y condiciones de uso de los sorbatos y el galato de propilo
Commission Regulation (EU) 2024/2597 as regards the use of sorbic acid (E 200) and potassium sorbate (E 202) and as regards the specifications for sorbic acid (E 200), potassium sorbate (E 202) and propyl gallate (E 310)
¿qué está cambiando y por qué?
La Comisión Europea ha introducido los siguientes cambios en el uso de sorbatos y galato de propilo como aditivos alimentarios.
- Ácido sórbico (E 200) y sorbato potásico (E 202): Reducción de los contenidos máximos de arsénico y plomo a 0,1 mg/kg, y de mercurio a 0,01 mg/kg. Nuevo límite máximo de 0,1 mg/kg para el cinc.
- Sorbato de potasio (E 202): Modificación de la descripción para incluir la forma granular.
- Galato de propilo (E 310): Modificación de la descripción para restringir el uso de catalizadores en el proceso de fabricación del aditivo alimentario; reducción de los límites máximos de arsénico y mercurio a 0,1 mg/kg y de plomo a 0,3 mg/kg.
- Ácido sórbico (E 200) y sorbato de potasio (E 202): Autorización de su uso en postres de gelatina a base de agua con sabor a fruta a una dosis máxima de 1000 mg/kg.
Acciones
Los proveedores de alimentos que contengan sorbatos y galato de propilo deben respetar los nuevos contenidos máximos y restringir el uso de catalizadores en el proceso de fabricación del galato de propilo (E 310).
Cronología
Se aplica a partir del 27 de octubre de 2024.
Los alimentos que contengan ácido sórbico (E 200), sorbato potásico (E 202) o galato de propilo (E 310) comercializados antes del 27 de abril de 2025 podrán venderse hasta que se agoten las existencias.
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