Aditivos alimentarios: sorbatos y galato de propilo
Publicado por AGRINFO el
La UE revisará las especificaciones y condiciones de uso de los sorbatos y el galato de propilo
Proyecto de Reglamento de la Comisión por el que se modifica el anexo II del Reglamento (CE) nº 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al uso de ácido sórbico (E 200) y sorbato de potasio (E 202) y el anexo del Reglamento (UE) nº 231/2012 de la Comisión en lo que respecta a las especificaciones del ácido sórbico (E 200), el sorbato de potasio (E 202) y el galato de propilo (E 310)
Actualización
La Comisión Europea ha informado al Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (MSF) de la Organización Mundial del Comercio (OMC) de su intención de reducir los límites máximos actuales de arsénico, plomo y mercurio, y de establecer un límite máximo para el cinc, en los aditivos alimentarios autorizados ácido sórbico (E 200), sorbato potásico (E 202) y galato de propilo (E 310). El ácido sórbico y el sorbato potásico se autorizarán para su uso como conservantes en postres de gelatina a base de agua con sabor a fruta(G/SPS/N/EU/773).
Productos afectados
postres de gelatina a base de agua con sabor a fruta
¿qué está cambiando?
La Comisión Europea propone los siguientes cambios en el uso de sorbatos y galato de propilo como aditivos alimentarios.
- Ácido sórbico (E 200) y sorbato potásico (E 202): Reducción de los contenidos máximos de arsénico y plomo a 0,1 mg/kg, y de mercurio a 0,01 mg/kg. Nuevo límite máximo de 0,1 mg/kg para el cinc.
- Sorbato de potasio (E 202): Modificación de la descripción para incluir la forma granular.
- Galato de propilo (E 310): Modificación de la descripción para restringir el uso de catalizadores en el proceso de fabricación del aditivo alimentario; reducción de los límites máximos de arsénico y mercurio a 0,1 mg/kg, y de plomo a 0,3 mg/kg.
- Ácido sórbico (E 200) y sorbato de potasio (E 202): Autorización de su uso en postres de gelatina a base de agua con sabor a fruta a una dosis máxima de 1000 mg/kg.
¿Por qué?
- La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria ha recomendado la reducción de los límites máximos de arsénico, plomo y mercurio en estos aditivos alimentarios(EFSA 2019).
- La descripción del sorbato potásico (E 202) se refiere actualmente solo a su forma en polvo, que se produce a partir de la forma granular, aunque ambas formas físicas (polvo y granular) tienen la misma pureza.
- El uso de ácido clorhídrico como catalizador durante el proceso de fabricación del galato de propilo podría dar lugar a subproductos clorados, con incertidumbre en cuanto a su seguridad(EFSA 2014).
- La autorización del ácido sórbico y el sorbato potásico en postres a base de frutas alinea a la UE con la Norma General del Codex para los Aditivos Alimentarios (GSFA).
Cronología
Las autoridades competentes de los países miembros de la OMC pueden presentar sus observaciones sobre la propuesta de la UE enviándolas por correo electrónico al Servicio de Información MSF de la UE hasta el 19 de agosto de 2024.
Fecha prevista de adopción: Último trimestre de 2024.
Los alimentos que cumplan las normas actuales y se comercialicen en los 6 meses siguientes a la entrada en vigor del presente Reglamento (hasta aproximadamente mediados de 2025) podrán permanecer en el mercado hasta su fecha de duración mínima o de caducidad. A partir de aproximadamente mediados de 2025, todos los alimentos que contengan estos aditivos deberán cumplir las nuevas especificaciones.
¿cuáles son las principales consecuencias para los países exportadores?
Los países exportadores deben garantizar que sus productos alimenticios cumplen los últimos requisitos de la UE sobre condiciones de uso y especificaciones de los aditivos alimentarios. El incumplimiento puede dar lugar a la denegación de la entrada en el mercado de la UE.
Acciones recomendadas
Hasta el 19 de agosto de 2024 pueden presentarse al Servicio de Información MSF de la UE observaciones o preocupaciones sobre posibles repercusiones a través de la autoridad nacional de notificación MSF del país afectado.
Fondo
Un dictamen de la EFSA (2019 ) cambió la ingesta diaria admisible (IDA) temporal del ácido sórbico (E 200) y su sal potásica (sorbato potásico, E 202) a una nueva IDA de grupo de 11 mg/kg de peso corporal al día.
El Reglamento 1333/2008 establece las normas para la evaluación y aprobación de aditivos alimentarios en la Unión Europea.
Para consultar la lista actualizada más reciente de aditivos alimentarios autorizados y sus condiciones de uso, véase el Reglamento 1333/2008: haga clic en la fecha que sigue a "Versión consolidada actual".
El Reglamento también especifica las cantidades máximas permitidas que pueden utilizarse en los productos alimenticios. Estos límites se determinan basándose en dos principios fundamentales
- quantum satis (en latín "tanto como sea suficiente"), que significa que el aditivo alimentario puede utilizarse en un producto alimenticio en cualquier cantidad necesaria para lograr el efecto deseado, sin un límite superior especificado, siempre que sea seguro y conforme a las buenas prácticas de fabricación
- las especificaciones detalladas para cada aditivo alimentario establecidas en el Reglamento 231/2012.
Recursos
Reglamento (CE) nº 1333/2008 sobre aditivos alimentarios
Reglamento (UE) nº 231/2012 por el que se establecen especificaciones para los aditivos alimentarios
Base de datos de la Comisión sobre aditivos alimentarios
EFSA (2014) Dictamen científico sobre la reevaluación del galato de propilo (E 310) como aditivo alimentario. EFSA Journal, 12(4): 3642.
EFSA (2015) Dictamen científico sobre la reevaluación del ácido sórbico (E 200), el sorbato potásico (E 202) y el sorbato cálcico (E 203) como aditivos alimentarios. EFSA Journal, 13(6): 4144.
EFSA (2019) Opinión sobre el seguimiento de la reevaluación del ácido sórbico (E200) y el sorbato de potasio (E202) como aditivos alimentarios. EFSA Journal, 17(3): 5625.
Fuentes
Proyecto de Reglamento de la Comisión relativo al uso del ácido sórbico (E 200) y del sorbato de potasio (E 202) y a las especificaciones del ácido sórbico (E 200), del sorbato de potasio (E 202) y del galato de propilo (E 310)
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