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2025/652

Aditivos alimentarios: Glucósidos de esteviol

  • Food additives
  • Food safety

Resumen

La Unión Europea (UE) ha autorizado el uso de glucósidos de esteviol a partir del rebaudiósido M producido por fermentación con Yarrowia lipolytica (E 960b) como aditivo alimentario (edulcorante).

La UE autoriza los glucósidos de esteviol producidos por fermentación con Yarrowia lipolytica como aditivo alimentario (edulcorante)

Reglamento (UE) 2025/652 de la Comisión, de 2 de abril de 2025, por el que se modifican el Reglamento (CE) nº 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo y el Reglamento (UE) nº 231/2012 de la Comisión en lo que respecta al uso de glucósidos de esteviol producidos por fermentación utilizando Yarrowia lipolytica

Actualización

La Unión Europea (UE) ha autorizado el uso de glucósidos de esteviol a partir del rebaudiósido M producido por fermentación con Yarrowia lipolytica (E 960b) como aditivo alimentario (edulcorante).

Productos afectados

Edulcorantes (esteviol)

¿qué está cambiando?

La UE ha autorizado el uso de glucósidos de esteviol elaborados a partir del rebaudiósido M producido por fermentación con Yarrowia lipolytica (E 960b) como aditivo alimentario con fines edulcorantes. Este aditivo está incluido en el grupo existente de glucósidos de esteviol (E 960a-960d), lo que significa que puede utilizarse en las mismas categorías de alimentos que esos aditivos y en las mismas dosis máximas (véase el Reglamento 2023/447).

Dado que la producción de E 960b puede dar lugar a impurezas diferentes de las de otros glucósidos de esteviol, se establecen especificaciones separadas para este aditivo en el anexo II del Reglamento.

¿Por qué?

La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria(EFSA 2023) ha llegado a la conclusión de que el rebaudiósido M producido mediante fermentación con Y. lipolytica no plantea problemas de seguridad para su uso como aditivo alimentario dentro de una ingesta diaria admisible (IDA) de 4 mg/kg de peso corporal al día (expresada en equivalentes de esteviol).

La EFSA considera que se necesitan especificaciones separadas para el aditivo alimentario rebaudiósido M producido por fermentación utilizando Y. lipolytica, ya que el método de producción puede dar lugar a diferentes impurezas.

Cronología

Esta autorización es aplicable a partir del 23 de abril de 2025.

Fondo

La UE autoriza los aditivos alimentarios y establece sus condiciones de uso. La lista de aditivos alimentarios autorizados puede actualizarse a petición de la UE o previa solicitud.

Los glucósidos de esteviol obtenidos mediante tres procesos de fabricación diferentes están regulados en combinación como aditivos alimentarios (Reglamento 1333/2008, anexo II, parte C) con límites máximos expresados en equivalentes de esteviol. Los otros glucósidos de esteviol autorizados son:

  • glucósidos de esteviol de Stevia (E 960a)
  • glucósidos de esteviol producidos enzimáticamente (E 960c)
  • glucósidos de esteviol glucosilados (E 960d).

En septiembre de 2021, se recibió una solicitud para incluir un nuevo método de producción de glucósidos de esteviol: el rebaudiósido M producido a partir de la fermentación por Yarrowia lipolytica. Yarrowia lipolytica consiste en no menos del 95% de rebaudiósido M, D, A y B, y se obtiene por fermentación de una fuente de azúcar simple, utilizando la cepa genéticamente modificada VRM de Y. lipolytica.

Para consultar la lista actualizada más reciente de aditivos alimentarios autorizados y sus condiciones de uso, véase el Reglamento 1333/2008: haga clic en la fecha que sigue a "Versión consolidada actual".

Recursos

EFSA (2023) Safety evaluation of the food additive steviol glycosides, predominantly Rebaudioside M, produced by fermentation using Yarrowia lipolytica VRM. EFSA Journal, 21: e8387.

Reglamento 1331/2008 por el que se establece un procedimiento de autorización común para los aditivos, las enzimas y los aromas alimentarios

Reglamento 1333/2008 sobre aditivos alimentarios

Fuentes

Reglamento 2025/652 relativo a la utilización de glucósidos de esteviol producidos por fermentación con Yarrowia lipolytica

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La UE autoriza los glucósidos de esteviol producidos por fermentación con Yarrowia lipolytica como aditivo alimentario (edulcorante)

Regulation 2025/652 as regards the use of Steviol glycosides produced by fermentation using Yarrowia lipolytica

¿qué está cambiando y por qué?

Tras una evaluación de su seguridad por la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria, la Unión Europea (UE) ha autorizado el uso de glucósidos de esteviol como edulcorante a partir del rebaudiósido M producido por fermentación con Yarrowia lipolytica (E 960b).

El E 960b se añade al grupo existente de glucósidos de esteviol (E 960a-960d), lo que significa que puede utilizarse en las mismas categorías de alimentos que esos aditivos y en las mismas dosis máximas.

Dado que la producción de E 960b puede dar lugar a impurezas diferentes de las de otros glucósidos de esteviol, se establecen especificaciones separadas para este aditivo.

Cronología

Esta autorización es aplicable a partir del 23 de abril de 2025.

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