Se reducen los niveles máximos de nitritos y nitratos
- Food additives
- Food safety
Resumen
La UE está reduciendo los límites máximos de plomo, mercurio y arsénico en nitritos y nitratos, así como los niveles máximos de nitritos y nitratos que pueden utilizarse como aditivos alimentarios. El objetivo es mantener el nivel de nitrosaminas lo más bajo posible, garantizando al mismo tiempo la seguridad microbiológica.
La UE reduce los niveles máximos de nitritos y nitratos como aditivos alimentarios en el queso, la carne y los productos de la pesca
Reglamento (UE) 2023/2108 de la Comisión, de 6 de octubre de 2023, por el que se modifican el anexo II del Reglamento (CE) n.º 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo y el anexo del Reglamento (UE) n.º 231/2012 de la Comisión por lo que respecta a los aditivos alimentarios nitritos (E 249-250) y nitratos (E 251-252)
Actualización
La UE está reduciendo los límites máximos de plomo, mercurio y arsénico en nitritos y nitratos, así como los niveles máximos de nitritos y nitratos que pueden utilizarse como aditivos alimentarios. El objetivo es mantener el nivel de nitrosaminas lo más bajo posible, garantizando al mismo tiempo la seguridad microbiológica.
Productos afectados
queso, preparados de carne, productos cárnicos, productos de la pesca
¿qué está cambiando?
El nuevo Reglamento:
- Establece nuevas disposiciones específicas para los productos cárnicos curados tradicionales (categoría de productos 08.3.4).
- Reduce los límites máximos de presencia de plomo, mercurio y arsénico en nitritos (E 249 y E 250) y nitratos (E 251 y E 252) (anexo I).
- Reduce los niveles máximos de nitritos y nitratos que pueden utilizarse como aditivos alimentarios. En el caso de los nitritos, no podrán superarse los niveles máximos. En cuanto a los nitratos, los productos que superen los nuevos contenidos máximos podrán seguir comercializándose, pero los explotadores de empresas alimentarias deberán investigar las razones de estos contenidos más elevados.
- Expresa los contenidos máximos revisados como iones nitrito y nitrato, en consonancia con la ingesta diaria admisible (IDA) establecida por la EFSA. (Los contenidos máximos se expresan actualmente como nitrito de sodio o nitrato de sodio. Los factores de conversión son: nivel actual × 0,67 para los nitritos; y nivel actual × 0,73 para los nitratos)
Para los detalles relativos al queso, véase el cuadro 2; para los productos cárnicos, véanse los cuadros 2-6; y para los productos de la pesca, véase el cuadro 7.
¿Por qué?
Los aditivos alimentarios utilizados en los alimentos procesados se reevalúan periódicamente. La Comisión Europea decidió reevaluar los nitritos y nitratos como aditivos alimentarios por las siguientes razones.
- Todos los aditivos alimentarios autorizados en la UE antes del 20 de enero de 2009 están sujetos a una nueva evaluación de riesgos por parte de la EFSA.
- En sus dictámenes científicos de reevaluación de la seguridad de los nitritos y nitratos como aditivos alimentarios, la EFSA(2017a, 2017b) constató que la exposición dietética global podría superar la IDA, lo que puede indicar un problema de salud pública.
- En la mayoría de los Estados miembros de la UE, los nitritos se suelen añadir a los productos cárnicos a niveles inferiores a los máximos permitidos, sin que ello repercuta en la seguridad microbiológica. Dado que los niveles ya son más bajos en la práctica, reducirlos en la legislación debería ser sencillo.
- En Dinamarca (Decisión 2021/741 de la Comisión), y en la producción de carne ecológica (Reglamento 2021/1165), hay experiencia en el uso eficaz de niveles más bajos.
- Las normas sobre nitratos son menos estrictas (los excesos deben investigarse, pero los productos pueden comercializarse) porque la sobreexposición a los nitratos preocupa menos que los nitritos.
Cronología
El Reglamento se publicó el 9 de octubre de 2023.
Las nuevas normas se aplicarán de la siguiente manera
- Límites para el plomo, el mercurio y el arsénico: Los nuevos límites máximos para el nitrito de potasio (E 249), el nitrito de sodio (E 250), el nitrato de sodio (E 251) y el nitrato de potasio (E 252) se aplicarán a partir del 29 de octubre de 2023. Si los aditivos alimentarios que no cumplen los nuevos límites se comercializaron en la UE antes del 29 de octubre, podrán utilizarse en productos alimentarios hasta el 29 de abril de 2024. Los alimentos comercializados antes del 29 de abril de 2024 que contengan aditivos alimentarios no conformes podrán comercializarse hasta su fecha de caducidad.
- Niveles de nitritos/nitratos en los alimentos: Los nuevos niveles se aplicarán a los productos cárnicos y pesqueros (véanse los cuadros 3-7) a partir del 9 de octubre de 2025. En el caso del queso, las fechas de aplicación dependen del producto de que se trate (véanse los detalles en el cuadro 2). Los productos cárnicos, pesqueros y quesos que se hayan comercializado antes de estas fechas de aplicación podrán seguir comercializándose hasta su fecha de caducidad.
¿cuáles son las principales consecuencias para los países exportadores?
Los países no pertenecientes a la UE que exporten productos cárnicos, pescado y queso con nitritos y nitratos añadidos tendrán que ajustarse a los nuevos niveles más bajos descritos en el calendario.
Fondo
El Reglamento 1333/2008 (anexo II) establece una lista de la Unión de aditivos alimentarios autorizados para su uso en alimentos, así como sus condiciones de uso.
El Reglamento 231/2012 establece especificaciones para los aditivos alimentarios de dicha lista de la Unión.
El nitrito de potasio (E 249), el nitrito de sodio (E 250), el nitrato de sodio (E 251) y el nitrato de potasio (E 252) se utilizan como aditivos para la conservación y la seguridad de los alimentos, en particular los productos cárnicos, el pescado y el queso. También contribuyen al sabor característico y otras propiedades de estos productos.
Sin embargo, estas sustancias pueden dar lugar a la formación de nitrosaminas, algunas de las cuales son cancerígenas. Es necesario minimizar el riesgo de formación de nitrosaminas, manteniendo al mismo tiempo los efectos protectores contra las bacterias, en particular el Clostridium botulinum, causante del botulismo.
Los contenidos máximos de nitritos (E 249 y E 250) y nitratos (E 251 y E 252) en los alimentos suelen expresarse como "cantidad añadida" y no como cantidad residual. El uso de niveles máximos tanto para las cantidades añadidas como para las residuales está en consonancia con el enfoque acordado por el Comité del Codex sobre Aditivos Alimentarios(Codex 2019, párr. 107).
La EFSA evaluó que las IDA son 0,07 mg de ion nitrito por kg de peso corporal por día, y 3,7 mg de ion nitrato por kg de peso corporal por día.
Recursos
Codex (2019) Informe de la 51ª reunión del Comité del Codex sobre Aditivos Alimentarios. Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias, Comisión del Codex Alimentarius.
EFSA (2004) Opinion of the Scientific Panel on Biological Hazards on a request from the Commission related to the effects of nitrites/nitrates on the microbiological safety of meat products. EFSA Journal, 2(3): 14.
EFSA (2017a) Reevaluación del nitrito de potasio (E 249) y el nitrito de sodio (E 250) como aditivos alimentarios. EFSA Journal, 15(6): e04786.
EFSA (2017b) Reevaluación del nitrato de sodio (E 251) y el nitrato de potasio (E 252) como aditivos alimentarios. EFSA Journal, 15(6): e04787.
EFSA (2023) Evaluación del riesgo de las N-nitrosaminas en los alimentos. EFSA Journal, 21(3): 7884.
Parlamento Europeo (2023) Propuesta de resolución sobre el proyecto de reglamento de la Comisión
Fuentes
Reglamento (UE) 2023/2108 de la Comisión por lo que se refiere a los aditivos alimentarios nitritos (E 249-250) y nitratos (E 251-252)
Disclaimer: Under no circumstances shall COLEAD be liable for any loss, damage, liability or expense incurred or suffered that is claimed to have resulted from the use of information available on this website or any link to external sites. The use of the website is at the user’s sole risk and responsibility. This information platform was created and maintained with the financial support of the European Union. Its contents do not, however, reflect the views of the European Union.
La UE reduce los niveles máximos de nitritos y nitratos como aditivos alimentarios en el queso, la carne y los productos de la pesca
Reglamento
Commission Regulation (EU) 2023/2108 as regards food additives nitrites (E 249–250) and nitrates (E 251–252)
What is changing and why?
La Unión Europea (UE) está reduciendo la cantidad de nitrosaminas (nitritos y nitratos) que se añaden al queso, la carne y los productos pesqueros como conservantes y aditivos. La UE también está reduciendo los niveles de plomo, mercurio y arsénico de estos nitritos y nitratos. El objetivo es garantizar que los niveles de estas sustancias sean lo más bajos posible, mejorando al mismo tiempo la vida útil y haciendo que los alimentos sean seguros para el consumo.
Para los quesos, véase el cuadro 2; para los productos cárnicos, los cuadros 2-6; y para los productos pesqueros, el cuadro 7.
Timeline
El Reglamento se publicó el 9 de octubre de 2023.
Las nuevas normas se aplicarán de la siguiente manera
- Límites para el plomo, el mercurio y el arsénico: Los nuevos límites máximos para el nitrito de potasio (E 249), el nitrito de sodio (E 250), el nitrato de sodio (E 251) y el nitrato de potasio (E 252) se aplicarán a partir del 29 de octubre de 2023. Si los aditivos alimentarios que no cumplen los nuevos límites se comercializaron en la UE antes del 29 de octubre, podrán utilizarse en productos alimentarios hasta el 29 de abril de 2024. Los alimentos comercializados antes del 29 de abril de 2024 que contengan aditivos alimentarios no conformes podrán comercializarse hasta su fecha de caducidad.
- Niveles de nitritos/nitratos en los alimentos: Los nuevos niveles se aplicarán a los productos cárnicos y pesqueros (véanse los cuadros 3-7) a partir del 9 de octubre de 2025. En el caso del queso, las fechas de aplicación dependen del producto de que se trate (véanse los detalles en el cuadro 2). Los productos cárnicos, pesqueros y quesos que se hayan comercializado antes de estas fechas de aplicación podrán seguir comercializándose hasta su fecha de caducidad.
Tablas y figuras
Disclaimer: Under no circumstances shall COLEAD be liable for any loss, damage, liability or expense incurred or suffered that is claimed to have resulted from the use of information available on this website or any link to external sites. The use of the website is at the user’s sole risk and responsibility. This information platform was created and maintained with the financial support of the European Union. Its contents do not, however, reflect the views of the European Union.