Límites máximos de residuos de tiacloprid
Publicado por AGRINFO el ; Revisado
La UE reduce los LMR de tiacloprid en muchos productos
Reglamento (UE) 2024/2711 de la Comisión, de 22 de octubre de 2024, por el que se modifican los anexos II y V del Reglamento (CE) nº 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los límites máximos de residuos de tiacloprid en determinados productos
Actualización
La UE ha rebajado los límites máximos de residuos (LMR) de tiacloprid al límite de determinación (LD) para todos los productos. El LD es el nivel más bajo que puede detectarse utilizando los métodos analíticos más modernos y fiables.
En febrero de 2024, Francia introdujo una ley nacional que prohíbe la comercialización en el mercado francés de frutas y hortalizas que contengan tiacloprid en niveles superiores al LD de 0,01 mg/kg(République Française 2024), incluidos los productos para los que existe un LMR de la UE por encima del LD. Esta normativa nacional establece que se levantará con la adopción de cualquier reglamento de la UE.
Productos afectados
Manzanas, peras, membrillos, nísperos, nísperos/ nísperos japoneses, albaricoques, cerezas, melocotones, ciruelas, fresas, moras, moras de rocío, arándanos, arándanos rojos, grosellas, grosellas espinosas, escaramujos, moras, azaroles, bayas de saúco, frambuesas, higos, aceitunas de mesa, kiwis, papayas, patatas, remolachas, zanahorias, apionabos/apionabos, rábanos picantes, patacas, chirivías, raíces de perejil/ perejil de raíz de Hamburgo, salsifíes, rábanos, cebolletas, cebollas de Gales, tomates, pimientos, berenjenas, pepinos, calabacines, pepinillos, melones, sandías, brécoles, coliflores, coles de Bruselas, repollos, coles chinas, coles pe-tsai, coles, colirrábanos, canónigos/ ensaladas de maíz, lechugas, escarolas/ escarolas de hoja ancha, berros de tierra, rúcula romana/ rúcula, cultivos de hoja tierna (incluidas las brásicas), espinacas, acelgas/ hojas de remolacha, perifollo, cebollino, hojas de apio, perejil, salvia, romero, tomillo, albahaca y flores comestibles, laurel/ laurel, estragón, judías (con vaina), guisantes (con y sin vaina), apios, hinojos de Florencia, puerros, ruibarbos, judías, guisantes, semillas de amapola, semillas de borraja, semillas de colza/canola, semillas de mostaza, semillas de algodón, aceitunas para la producción de aceite, cebada, avena, arroz, centeno, trigo, tés, hojas y hierbas (fresa, rooibos, yerba mate), raíces (valeriana, ginseng), anís, alcaravea negra/ comino negro, apio, cilantro, comino, eneldo, hinojo, fenogreco, nuez moscada, raíces de remolacha azucarera, raíces de achicoria, músculo (porcino, bovino, ovino, caprino, equino, otros animales terrestres de cría), grasa (bovino, ovino, caprino, equino, otros animales terrestres de cría), hígado, riñones y despojos comestibles (porcinos, bovinos, ovinos, caprinos, equinos y otros animales terrestres de cría), músculo, hígado y despojos comestibles (aves de corral), leche (bovinos, ovinos, caprinos y equinos), miel y otros productos de la apicultura
¿qué está cambiando?
La UE ha reducido todos los LMR de tiacloprid al LD (0,01-0,05 mg/kg).
Los cambios en los LMR de la UE para el tiacloprid figuran en el cuadro 1. Todos los demás productos no mencionados en el cuadro 1 ya se habían fijado en el LD.
¿Por qué?
La aprobación del tiacloprid para su uso en la UE no se renovó debido a su toxicidad y al riesgo de contaminación de las aguas subterráneas. La Comisión propuso originalmente que todos los LMR de tiacloprid se fijaran en el LD, excepto en los casos en que la EFSA (2023) haya concluido que no existen riesgos para la salud de los consumidores. En estos casos (pepino, calabacín, semillas de colza, semillas de canola y semillas de mostaza), la Comisión propuso mantener las tolerancias de importación o los límites máximos de residuos (CXL) del Codex.
Sin embargo, la evaluación de riesgos de la EFSA se llevó a cabo antes de que se adoptaran los criterios más recientes de la UE sobre los alteradores endocrinos. La Comisión considera que existen motivos razonables de preocupación por los posibles efectos del tiacloprid relacionados con el sistema endocrino, por lo que ha reducido provisionalmente los LMR basados en las tolerancias de importación hasta que la EFSA haya completado una evaluación adicional de dichos efectos.
Cronología
Los nuevos LMR se aplicarán a partir del 12 de mayo de 2025.
Acciones recomendadas
Los exportadores de todos los productos deben revisar su uso actual de tiacloprid y evaluar posibles soluciones alternativas en previsión de los cambios en los LMR.
Fondo
Los LMR se fijan de acuerdo con las normas establecidas en el Reglamento 396/2005. Para obtener información sobre los LMR actuales de otras sustancias, consulte la base de datos de residuos de plaguicidas de la UE.
Una propuesta inicial de Reglamento sobre LMR de tiacloprid que proponía mantener un LMR de tolerancia en la importación de pepinos, calabacines, semillas de colza, semillas de canola y semillas de mostaza(G/SPS/N/EU/651) fue rechazada por el Parlamento Europeo(Parlamento Europeo 2024).
Recursos
EFSA (2023) Statement on the short-term (acute) dietary risk assessment and evaluation of confirmatory data for certain maximum residue levels (MRLs) for thiacloprid. EFSA Journal, 21(3): 7888.
Parlamento Europeo (2024) Objeción a un acto de ejecución: Límites máximos de residuos de tiacloprid.
Fuentes
Reglamento (UE) nº 2024/2711 de la Comisión relativo a los límites máximos de residuos de tiacloprid en determinados productos
Tablas y figuras
Source: based on Regulation 2024/2711
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