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2024/2640, 2026/1314

Límites máximos de residuos de 1,4-dimetilnaftaleno

  • Food safety
  • Pesticide MRLs
  • Pesticides

Resumen

La Comisión Europea ha reducido los límites máximos de residuos (LMR) del 1,4-dimetilnaftaleno de 0,05 a 0,03 mg/kg en todos los productos de origen vegetal, excepto en las papas.

La UE reduce los límites máximos de residuos (LMR) del 1,4-dimetilnaftaleno en todos los productos vegetales, excepto en las papas

Regulación (UE) n. º 2026/1314 de la Comisión, de 15 de junio de 2026, por la que se modifican los anexos II, III y V de la regulación (CE) n.º 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los límites máximos de residuos de 1,4-dimetilnaftaleno, clormequat, metribuzina, metribuzina-desamino-diceto (metribuzina-DADK), terbutilazina y triclopir en o sobre determinados productos

Actualización

La Comisión Europea ha reducido los límites máximos de residuos (LMR) del 1,4-dimetilnaftaleno de 0,05 a 0,03 mg/kg en todos los productos de origen vegetal, excepto en las papas.

Productos afectados

Pomelos, naranjas, limones, limas, mandarinas, almendras, nueces de Brasil, anacardos, castañas, cocos, avellanas, nueces de macadamia, nueces pecanas, piñones, pistachos, nueces, manzanas, peras, membrillos, nísperos, nísperos japoneses, albaricoques, cerezas (dulces), melocotones, ciruelas, uvas de mesa, uvas de vino, fresas, moras, moras silvestres, frambuesas (rojas y amarillas), arándanos, arándanos rojos, grosellas (negras, rojas, blancas), grosellas de espino (verdes, rojas, amarillas), escaramujos, moras (negras y blancas), azaro/níspero mediterráneo, bayas de saúco, dátiles, higos, kaki/caquis japoneses, jambolanes, kiwis, lichis, maracuyás, tunas, cainitos, caquis americanos/kaki de Virginia, aguacates, plátanos, mangos, papayas, granadas, chirimoyas, guayabas, piñas, frutos del árbol del pan, guanábanos, aceitunas de mesa, kumquats, carambolas, durianos, raíces de yuca, ñames, arrurruz, boniatos, remolachas, zanahorias, apio nabo, rábano picante, alcachofas de Jerusalén, chirivías, raíces de perejil/perejil de raíz de Hamburgo, rábanos, salsifíes, colinabos/rutabagas, nabos, ajo, cebollas, chalotas, cebollas tiernas/cebollas verdes, cebollas galesas, tomates, pimientos dulces/pimientos morrones, berenjenas, okra/dedos de dama, pepinillos, calabacines, pepinos, melones, calabazas, sandías, maíz dulce, brócoli, coliflores, coles de Bruselas, coles de cabeza, coles chinas/pe-tsai, col rizada, colinabos, lechugas, escarolas/endibias de hoja ancha, espinacas, verdolagas, acelgas/hojas de remolacha, endibias belgas, canónigos, rúcula romana, mostazas rojas, berros y otros brotes y tallos, berros de tierra, berros de agua, cultivos de hojas tiernas (incluidas las especies de Brassica), perifollo, cebollino, hojas de apio, perejil, salvia, romero, tomillo, albahaca y flores comestibles, hojas de laurel, estragón, hojas de parra, judías y guisantes (con y sin vaina), lentejas, espárragos, cardos, apios, hinojos de Florencia, puerros, ruibarbos, brotes de bambú, palmitos, alcachofas, hongos cultivados o silvestres, musgos y líquenes, algas y procariotas, alubias, lentejas, alubias lupinas, semillas de lino, cacahuetes, semillas de amapola, semillas de sésamo, semillas de girasol, semillas de colza o canola, semillas de mostaza, semillas de algodón, semillas de cártamo, semillas de soja, semillas de calabaza, semillas de ricino, semillas de borraja, semillas de «oro de placer», semillas de cáñamo, aceitunas para la producción de aceite, semillas y frutos de palma aceitera, kapok, cebada, avena, trigo sarraceno, maíz, mijo, arroz, centeno, sorgo, trigo, tés, granos de café, manzanilla, hibisco, rosa, jazmín, lima, fresa, rooibos, mate, valeriana, ginseng, granos de cacao, algarrobas, lúpulo, anís, comino negro, apio, cilantro, comino, eneldo, hinojo, alholva, nuez moscada, canela, clavo, alcaparras, azafrán, macis, pimienta de Jamaica, pimienta de Sichuan, alcaravea, bayas de enebro, granos de pimienta (negros, verdes, blancos), vainilla, tamarindo, cardamomo, regaliz, cúrcuma, raíces de remolacha azucarera, cañas de azúcar, raíces de achicoria

¿qué está cambiando?

La UE ha reducido los LMR del 1,4-dimetilnaftaleno en todos los productos de origen vegetal, excepto en las papas, de 0,05 a 0,03 mg/kg.

Los LMR para las papas y los productos de origen animal, establecidos en la regulación 2024/2640 (véase la tabla 1), se mantienen sin cambios.

¿Por qué?

Los residuos de 1,4-dimetilnaftaleno en productos de origen vegetal pueden estar presentes de forma natural en niveles superiores al límite de determinación (LOD, el nivel más bajo que puede detectarse utilizando los métodos analíticos más modernos y fiables).

El LMR para el 1,4-dimetilnaftaleno en las papas se mantiene en 20 mg/kg, ya que la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria ha concluido que no existe ningún riesgo para la salud de los consumidores en el caso de las papas (EFSA 2023).

Cronología

Los nuevos límites máximos de residuos (LMR) entrarán en vigor el 6 de enero de 2027.

Acciones recomendadas

Los exportadores de todos los productos de origen vegetal, excepto las papas, deberían revisar su uso actual del 1,4-dimetilnaftaleno y evaluar posibles soluciones alternativas en previsión de los cambios en los LMR.

Antecedentes

Los LMR para las papas y los productos de origen animal (Regulación 2024/2640) se establecieron tras una evaluación de los efectos de los piensos para ganado elaborados a partir de papas en relación con los niveles de 1,4-dimetilnaftaleno (EFSA 2023). La EFSA propuso reducir algunos LMR vigentes en productos derivados de cerdos, bovinos, ovinos, caprinos, equinos y otros animales terrestres de granja, así como en la leche, y aumentar los LMR en productos avícolas y derivados del huevo (véase la tabla 1).

Los LMR se establecen de conformidad con las reglas establecidas en la regulación (CE) n. º 396/2005. Para obtener información sobre los LMR actuales de otras sustancias, consulte la base de datos de la UE sobre residuos de plaguicidas.

Recursos

Regulación (UE) 2024/2640 de la Comisión en lo que respecta a los límites máximos de residuos de 1,4-dimetilnaftaleno, ácido difluoroacético (DFA), fluopiram y flupiradifurona en determinados productos o sobre ellos.

EFSA (2023) Modificación de los límites máximos de residuos vigentes para el 1,4-dimetilnaftaleno en las papas. EFSA Journal, 21(8): 8190.

Fuentes

Regulación (UE) n. º 2026/1314 de la Comisión, en lo que respecta a los límites máximos de residuos de 1,4-dimetilnaftaleno, clormequat, metribuzina, metribuzina-desamino-diceto (metribuzina-DADK), terbutilazina y triclopir en determinados productos o sobre la superficie de los mismos

Tablas y figuras

AG00355_Table1_27-06-26

Source: based on Regulation (EU) 2024/2640

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La UE reduce los límites máximos de residuos (LMR) del 1,4-dimetilnaftaleno en todos los productos vegetales, excepto en las papas

Commission Regulation (EU) 2026/1314 as regards maximum residue levels for 1,4-dimethylnaphthalene, chlormequat, metribuzin, metribuzin-desamino-diketo (metribuzin-DADK), terbuthylazine and triclopyr in or on certain products

¿qué está cambiando y por qué?

La Unión Europea (UE) ha reducido los límites máximos de residuos (LMR) del 1,4-dimetilnaftaleno en todos los productos de origen vegetal, excepto en las papas, de 0,05 a 0,03 mg/kg.

Los residuos de esta sustancia pueden estar presentes de forma natural en los alimentos de origen vegetal. Por lo tanto, los LMR se han fijado temporalmente por encima del límite de determinación (LOD, el nivel más bajo que puede detectarse utilizando los métodos analíticos más modernos y fiables).

En octubre de 2024 se fijaron los LMR para las papas y los productos de origen animal, tal y como se resume en la tabla 1. Estos LMR se mantienen sin cambios.

Acciones

Los exportadores de todos los productos de origen vegetal, excepto las papas, deberían revisar su uso actual del 1,4-dimetilnaftaleno y evaluar posibles soluciones alternativas en previsión de los cambios en los LMR.

Cronología

Los nuevos límites máximos de residuos (LMR) entrarán en vigor el 6 de enero de 2027.

Tablas y figuras

AG00355_Table1_27-06-26

Source: based on Regulation (EU) 2024/2640

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