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2025/158, 2025/1212

Límites máximos de residuos de acetamiprid

  • Pesticide MRLs

Resumen

La Unión Europea (UE) ha aumentado los límites máximos de residuos (LMR) de acetamiprid en ciruelas, semillas de lino, semillas de adormidera, semillas de mostaza, semillas de oro del placer, semillas de soja y miel (Reglamento 2025/1212).

Esto sigue a las reducciones de los LMR en enero de 2025 (Reglamento 2025/158) en muchos productos, con reducciones hasta el límite de determinación (LD) en espárragos, plátanos, acelgas, grosellas, escarolas, lechugas y espinacas. (El LD es el nivel más bajo que puede detectarse utilizando los métodos analíticos más modernos y fiables)

La UE modifica los LMR de acetamiprid en ciruelas; semillas de lino; semillas de adormidera, mostaza y oro del placer; soja; y miel

Reglamento (UE) 2025/1212 de la Comisión, de 24 de junio de 2025, que modifica el anexo II del Reglamento (CE) nº 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a los límites máximos de residuos de acetamiprid en determinados productos

Reglamento (UE) 2025/158 de la Comisión, de 29 de enero de 2025, por el que se modifica el anexo II del Reglamento (CE) nº 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los límites máximos de residuos de acetamiprid en determinados productos

Actualización

La Unión Europea (UE) ha aumentado los límites máximos de residuos (LMR) de acetamiprid en ciruelas, semillas de lino, semillas de adormidera, semillas de mostaza, semillas de oro del placer, semillas de soja y miel (Reglamento 2025/1212).

Esto sigue a las reducciones de los LMR en enero de 2025 (Reglamento 2025/158) en muchos productos, con reducciones hasta el límite de determinación (LD) en espárragos, plátanos, acelgas, grosellas, escarolas, lechugas y espinacas. (El LD es el nivel más bajo que puede detectarse utilizando los métodos analíticos más modernos y fiables)

Productos afectados

Manzanas, peras, membrillos, nísperos, albaricoques, cerezas, melocotones, ciruelas, uvas de mesa, uvas de vinificación, moras, frambuesas (rojas, amarillas), arándanos, arándanos rojos, grosellas (verdes, rojas, amarillas), grosellas (negras, rojas, blancas), bayas de saúco, aceitunas de mesa, plátanos, tomates, pimientos dulces/ pimientos morrones, pepinos, calabacines, melones, calabazas, sandías, brécoles, coliflores, repollos, canónigos, rúcula, lechugas, escarolas, mostazas rojas, espinacas, acelgas, espárragos, semillas de adormidera, semillas de mostaza, semillas de oro de placer, soja, hígado de bovino, despojos comestibles de bovino (excepto hígado y riñón), miel

¿qué está cambiando?

La UE modificó los LMR de acetamiprid en enero y junio de 2025, como se resume en el cuadro 1.

¿Por qué?

A raíz de una petición de la Comisión Europea para revisar las propiedades toxicológicas y los LMR de acetamiprid, la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria identificó una ingesta diaria admisible (IDA) más baja y una dosis aguda de referencia (DRA) más baja(EFSA 2024a). Para los productos en los que los LMR existentes hacían que se superara la nueva ARfD, la EFSA sugirió LMR más bajos que no plantean riesgos para la salud del consumidor.

La EFSA evaluó las solicitudes de modificación de LMR en ciruelas, semillas de lino, semillas de adormidera, semillas de mostaza, semillas de oro del placer y miel, y concluyó que eran aceptables con respecto a la seguridad de los consumidores(EFSA 2022). En 2024, el Codex Alimentarius adoptó un límite máximo de residuos (CXL) de 0,01 mg/kg para la soja que la EFSA revisó y concluyó que era seguro para los consumidores(EFSA 2024b).

Cronología

Los LMR adoptados en virtud del Reglamento 2025/158 se aplicarán a partir del 19 de agosto de 2025. Los proveedores que exporten productos antes del 19 de agosto de 2025 deben asegurarse de que dichos productos ya cumplen los nuevos LMR si se espera que permanezcan en el mercado después del 19 de agosto de 2025.

Los LMR adoptados en virtud del Reglamento 2025/1212 se aplicarán a partir del 20 de agosto de 2025.

Acciones recomendadas

Los proveedores del mercado de la UE de espárragos, plátanos, acelgas, grosellas, escarolas, lechugas y espinacas deben revisar su uso actual de acetamiprid y buscar soluciones alternativas. Los proveedores de otros productos afectados deberán revisar su uso de acetamiprid y evaluar si será necesario introducir algún cambio en las buenas prácticas agrícolas (BPA) existentes.

En febrero de 2027 se llevará a cabo una nueva revisión de esta sustancia. Los proveedores deben seguir controlando los niveles de acetamiprid y las BPA para su uso en manzanas, peras, membrillos, albaricoques, pimientos dulces, pepinos y calabacines, de modo que los datos puedan presentarse a la Comisión antes del 24 de septiembre de 2026.

Antecedentes

Los LMR se fijan de acuerdo con las normas establecidas en el Reglamento 396/2005. Para obtener información sobre los LMR actuales de otras sustancias, consulte la base de datos de residuos de plaguicidas de la UE.

Recursos

Fuentes

Reglamento (UE) 2025/1212 de la Comisión relativo a los límites máximos de residuos de acetamiprid en determinados productos

Reglamento (UE) 2025/158 de la Comisión, relativo a los límites máximos de residuos de acetamiprid en determinados productos

Tablas y figuras

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Source: Regulations 2025/158 and 2025/1212

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La UE modifica los LMR de acetamiprid en ciruelas; semillas de lino; semillas de adormidera, mostaza y oro del placer; soja; y miel

Commission Regulation (EU) 2025/1212 as regards maximum residue levels for acetamiprid in or on certain products

Commission Regulation (EU) 2025/158 as regards maximum residue levels for acetamiprid in or on certain products

¿qué está cambiando y por qué?

La Unión Europea (UE) ha aumentado los límites máximos de residuos (LMR) de acetamiprid en ciruelas, semillas de lino, semillas de adormidera, semillas de mostaza, semillas de oro del placer, semillas de soja y miel (Reglamento 2025/1212).

Esto sigue a las reducciones de LMR en enero de 2025 (Reglamento 2025/158) en muchos productos, con las reducciones más significativas en espárragos, plátanos, acelgas, grosellas, escarolas, lechugas y espinacas. Para estos productos, los LMR se reducen al límite de determinación (LD, el nivel más bajo que puede detectarse utilizando los métodos analíticos más modernos y fiables).

Las modificaciones de los LMR figuran en el cuadro 1.

Acciones

Los proveedores del mercado de la UE de espárragos, plátanos, acelgas, grosellas, escarolas, lechugas y espinacas deben revisar su uso actual de acetamiprid y buscar soluciones alternativas. Los proveedores de otros productos afectados deberán revisar su uso de acetamiprid y evaluar si será necesario introducir algún cambio en las buenas prácticas agrícolas (BPA) existentes.

En febrero de 2027 se llevará a cabo una nueva revisión de esta sustancia. Los proveedores deben seguir controlando los niveles de acetamiprid y las BPA para su uso en manzanas, peras, membrillos, albaricoques, pimientos dulces, pepinos y calabacines, de modo que los datos puedan presentarse a la Comisión antes del 24 de septiembre de 2026.

Cronología

Los LMR adoptados en virtud del Reglamento 2025/158 se aplicarán a partir del 19 de agosto de 2025. Los proveedores que exporten productos antes del 19 de agosto de 2025 deben asegurarse de que dichos productos ya cumplen los nuevos LMR si se espera que permanezcan en el mercado después del 19 de agosto de 2025.

Los LMR adoptados en virtud del Reglamento 2025/1212 se aplicarán a partir del 20 de agosto de 2025.

Tablas y figuras

AG00475_Table1REV-08-08-2025

Source: Regulations 2025/158 and 2025/1212

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