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2024/891

Límites máximos de residuos de bifenazato

  • Pesticide MRLs

Resumen

La Comisión Europea ha reducido los límites máximos de residuos (LMR) de bifenazato al límite de determinación (LD, el nivel más bajo que puede detectarse utilizando los métodos analíticos más modernos y fiables) en todos los productos. Esto tendrá posibles repercusiones en los proveedores de determinadas frutas, frutos secos, hortalizas, semillas oleaginosas y productos animales para los que existen actualmente LMR. También se reducirán los LD existentes (a excepción de los LD para productos animales).

La UE reduce los LMR de bifenazato al límite de determinación en todos los productos, con repercusiones en determinadas frutas, frutos de cáscara, hortalizas, semillas oleaginosas y productos animales

Reglamento (UE) 2024/891 de la Comisión, de 22 de marzo de 2024, que modifica los anexos II y V del Reglamento (CE) nº 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a los límites máximos de residuos de bifenazato en determinados productos

Actualización

La Comisión Europea ha reducido los límites máximos de residuos (LMR) de bifenazato al límite de determinación (LD, el nivel más bajo que puede detectarse utilizando los métodos analíticos más modernos y fiables) en todos los productos. Esto tendrá posibles repercusiones en los proveedores de determinadas frutas, frutos secos, hortalizas, semillas oleaginosas y productos animales para los que existen actualmente LMR. También se reducirán los LD existentes (a excepción de los LD para productos animales).

Productos afectados

pomelos, naranjas, limones, limas, mandarinas, almendras, nueces de Brasil, anacardos, castañas, cocos, avellanas, avellanas, macadamias, pacanas, piñones, pistachos, nueces, manzanas, peras, membrillos, nísperos, nísperos japoneses, albaricoques, cerezas, melocotones, ciruelas, uvas, arándanos, arándanos rojos, grosellas, grosellas espinosas, azaroles, nísperos mediterráneos, fresas, moras, moras de rocío, frambuesas, bayas de saúco, tomates, berenjenas, berenjenas, pimientos dulces, pimientos morrones, pepinos, pepinillos, calabacines, melones, calabazas, sandías, albahaca, flores comestibles, judías, guisantes, semillas de algodón, productos animales, lúpulo..

¿qué está cambiando?

La Comisión ha modificado los LMR de bifenazato que figuran en el cuadro 1.

Por lo que respecta a los productos que no figuran en el cuadro 1

  • para frutas y hortalizas, excepto hierbas y flores comestibles (excluida la albahaca) - los LD se reducen a 0,02 mg/kg
  • para legumbres, semillas oleaginosas, frutos oleaginosos y cereales: los LD se reducen a 0,01 mg/kg
  • para el té, el café, las infusiones, el cacao y las especias: los LD se reducen a 0,05 mg/kg.

¿Por qué?

En mayo de 2022, la UE limitó el uso de bifenazato a los cultivos no comestibles mantenidos en invernaderos permanentes porque la revisión de la EFSA (2021) sobre el bifenazato concluyó que no había datos suficientes para excluir las preocupaciones sobre la seguridad de los consumidores en relación con el uso en cultivos comestibles. Por consiguiente, la Comisión ha reducido los LMR de esta sustancia al LD en todos los cultivos comestibles.

Cronología

Los nuevos LMR se aplicarán a partir del 14 de octubre de 2024.

Acciones recomendadas

Los exportadores de frutas, frutos secos, hortalizas, semillas oleaginosas y productos animales afectados deben revisar el uso actual del bifenazato y evaluar posibles soluciones alternativas en previsión de los cambios en los LMR.

Fondo

Los LMR se fijan de acuerdo con las normas establecidas en el Reglamento 396/2005. Para obtener información sobre los LMR actuales de otras sustancias, consulte la base de datos de residuos de plaguicidas de la UE.

Recursos

Fuentes

Reglamento (UE) 2024/891 de la Comisión

Tablas y figuras

AG00153REV1_Table1_01-04

Commission Regulation (EU) 2024/891

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La UE reduce los LMR de bifenazato al límite de determinación en todos los productos, con repercusiones en determinadas frutas, frutos de cáscara, hortalizas, semillas oleaginosas y productos animales

Commission Regulation (EU) 2024/891 as regards maximum residue levels for bifenazate in or on certain products

¿qué está cambiando y por qué?

La Comisión Europea ha reducido los límites máximos de residuos (LMR) de bifenazato al límite de determinación (LD, el nivel más bajo que puede detectarse utilizando los métodos analíticos más modernos y fiables) en todos los productos.

La Comisión ha modificado los LMR de bifenazato que figuran en el cuadro 1.

En lo que respecta a los productos que no figuran en el cuadro 1

  • para frutas y hortalizas, excepto hierbas y flores comestibles (excluida la albahaca) - los LD se reducen a 0,02 mg/kg
  • para legumbres, semillas oleaginosas, frutos oleaginosos y cereales: los LD se reducen a 0,01 mg/kg
  • para el té, el café, las infusiones, el cacao y las especias: los LD se reducen a 0,05 mg/kg.

Acciones

Los exportadores de frutas, frutos secos, hortalizas, semillas oleaginosas y productos animales afectados deben revisar el uso actual del bifenazato y evaluar posibles soluciones alternativas en previsión de los cambios en los LMR.

Cronología

Los nuevos LMR se aplicarán a partir del 14 de octubre de 2024.

Tablas y figuras

AG00153REV1_Table1_01-04

Commission Regulation (EU) 2024/891

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