Límites máximos de residuos de quitosano, residuos de destilación de grasas, proteínas hidrolizadas y senecioato de lavandulilo
- Pesticide MRLs
Resumen
La UE ha decidido que no se requieren límites máximos de residuos (LMR) en relación con el uso de la sustancia básica quitosano y las sustancias de bajo riesgo residuos de destilación de grasas, proteínas hidrolizadas y senecioato de lavandulilo.
La UE decide que el quitosano, los residuos de la destilación de grasas, las proteínas hidrolizadas y el senecioato de lavandulilo no requieren LMR
Reglamento (UE) 2024/2612 de la Comisión, de 7 de octubre de 2024, por el que se modifican los anexos II, III y IV del Reglamento (CE) nº 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los límites máximos de residuos de quitosán, clopiralida, difenoconazol, residuos de la destilación de grasas, flonicamid, proteínas hidrolizadas y senecioato de lavandulilo en determinados productos
Actualización
La UE ha decidido que no se requieren límites máximos de residuos (LMR) en relación con el uso de la sustancia básica quitosano y las sustancias de bajo riesgo residuos de destilación de grasas, proteínas hidrolizadas y senecioato de lavandulilo.
Productos afectados
Todos los productos
¿qué está cambiando?
La UE ha decidido que no se requieren LMR en relación con el uso de la sustancia básica quitosano y las sustancias de bajo riesgo residuos de destilación de grasas, proteínas hidrolizadas y senecioato de lavandulilo.
¿Por qué?
Dado que no se espera que las condiciones de uso del quitosano, los residuos de destilación de grasas, las proteínas hidrolizadas y el senecioato de lavandulilo dejen residuos en los productos alimenticios o los piensos, la Comisión Europea ha decidido que no se requieren LMR. Los LMR para estas sustancias se fijaron anteriormente en el valor por defecto de 0,01 mg/kg.
Cronología
Los LMR de estas sustancias se suprimirán a partir del 28 de octubre de 2024.
Fondo
Los LMR se fijan de acuerdo con las normas establecidas en el Reglamento 396/2005. Para obtener información sobre los LMR actuales de otras sustancias, consulte la base de datos de residuos de plaguicidas de la UE.
Fuentes
Reglamento (UE) 2024/2612 por lo que respecta a los límites máximos de residuos de quitosán, clopiralida, difenoconazol, residuos de la destilación de grasas, flonicamid, proteínas hidrolizadas y senecioato de lavandulilo en determinados productos
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La UE decide que el quitosano, los residuos de la destilación de grasas, las proteínas hidrolizadas y el senecioato de lavandulilo no requieren LMR
Commission Regulation (EU) 2024/2612 as regards maximum residue levels for chitosan, clopyralid, difenoconazole, fat distillation residues, flonicamid, hydrolysed proteins, and lavandulyl senecioate in or on certain products
¿qué está cambiando y por qué?
La UE ha decidido que no se requieren LMR en relación con el uso de la sustancia básica quitosano y las sustancias de bajo riesgo residuos de destilación de grasas, proteínas hidrolizadas y senecioato de lavandulilo. Los LMR para estas sustancias se fijaron anteriormente en el valor por defecto de 0,01 mg/kg.
Cronología
Los LMR de estas sustancias se suprimirán a partir del 28 de octubre de 2024.
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