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2026/140

Límites máximos de residuos de clormecuat

  • Food safety
  • Pesticide MRLs

Resumen

La Unión Europea (UE) ha aumentado los límites máximos de residuos (LMR) de clormecuat en la avena. La Comisión Europea también ha informado al Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (MSF) de la Organización Mundial del Comercio (OMC)(G/SPS/N/EU/899) de su intención de reducir los LMR de clormecuat en productos animales y hongos cultivados.

La UE aumenta los LMR de clormecuat en la avena y propone reducciones de los LMR en productos animales y hongos

Reglamento (UE) 2026/140 de la Comisión, de 22 de enero de 2026, que modifica los anexos II y III del Reglamento (CE) nº 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a los límites máximos de residuos de acequinocilo, clormecuat, metalaxilo-M, piraclostrobina, sulfoxaflor y trifloxistrobina en determinados productos

Proyecto de Reglamento de la Comisión por el que se modifican los anexos II, III y V del Reglamento (CE) nº 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los límites máximos de residuos de 1,4-dimetilnaftaleno, clormecuat, metribuzina, metribuzina-desamino-diketo (metribuzina-DADK), terbutilazina y triclopir en determinados productos.

Proyecto de anexo IIIA

Actualización

La Unión Europea (UE) ha aumentado los límites máximos de residuos (LMR) de clormecuat en la avena. La Comisión Europea también ha informado al Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (MSF) de la Organización Mundial del Comercio (OMC)(G/SPS/N/EU/899) de su intención de reducir los LMR de clormecuat en productos animales y hongos cultivados.

Productos afectados

Hongos, musgos, líquenes, porcino (todos), bovino (todos), ovino (hígado), ovino (grasa), ovino (despojos comestibles), caprino (todos), equino (todos), aves de corral (todos), otros animales terrestres de cría (todos), leche (todos), huevos de ave (aves domésticas)

¿qué está cambiando?

La UE ha aumentado el LMR de clormecuat en la avena de 15 a 30 mg/kg (Reglamento 2026/140). La UE también propone reducir los LMR de clormecuat en determinados productos, como se resume en el cuadro 1.

¿Por qué?

El LMR de clormecuat en la avena se ha planteado a raíz de una solicitud de modificación del LMR anterior, que se consideraba seguro sobre la base de una evaluación de riesgos realizada por la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria(EFSA 2025).

Cuando se fija un LMR temporal, se revisa periódicamente para tener en cuenta los nuevos datos de seguimiento presentados por los operadores alimentarios. Si no hay datos, o si los datos muestran que los residuos ya no son detectables, entonces el LMR se reduce al límite de determinación (LD, el nivel más bajo que puede detectarse utilizando los métodos analíticos más modernos y fiables). En el caso del clormecuat en las setas ostra, cuyo LMR se fijó en 6 mg/kg, los últimos datos presentados mostraron que los residuos detectados estaban por debajo de 2 mg/kg (pero seguían siendo superiores al LD de 0,01 mg/kg). Por tanto, en este caso, se propone reducir el LMR de 6 a 2 mg/kg, pero no tan bajo como el LD. Lo mismo se aplica al caso de los hongos cultivados, para los que se propone reducir el LMR de 0,9 a 0,6 mg/kg.

El clormecuat puede utilizarse en semillas oleaginosas o cereales destinados a la alimentación animal, con una posible transferencia de residuos de clormecuat a los productos alimenticios de origen animal. La EFSA (2024) ha llegado a la conclusión de que esta transferencia podría tenerse en cuenta reduciendo los LMR para la mayoría de los productos animales, excepto para el riñón de oveja, y para el músculo y la grasa de aves de corral.

Cronología

El nuevo LMR para la avena se aplicará a partir del 11 de febrero de 2026.

Se espera que el Reglamento sobre hongos y productos animales se publique en julio de 2026, y que los nuevos LMR se apliquen a partir de finales de 2026 o principios de 2027.

Antecedentes

Los LMR se fijan de acuerdo con las reglas establecidas en el Reglamento 396/2005. Para obtener información sobre los LMR vigentes de otras sustancias, consulte la base de datos de residuos de plaguicidas de la UE.

Para más información sobre el proceso y los principios de la UE para fijar LMR, véase Regulación de los residuos de plaguicidas en la UE - Preguntas y respuestas.

Recursos

Fuentes

Reglamento (UE) 2026/140 de la Comisión relativo a los límites máximos de residuos de acequinocilo, clormecuat, metalaxilo-M, piraclostrobina, sulfoxaflor y trifloxistrobina en determinados productos

Proyecto de Reglamento de la Comisión relativo a los límites máximos de residuos de 1,4-dimetilnaftaleno, clormecuat, metribuzin, metribuzin-desamino-diketo (metribuzin-DADK), terbutilazina y triclopir en determinados productos.

Proyecto de anexo IIIA

Tablas y figuras

AG00700_Table1A-23-02-26 AG00700_Table1B-23-02-26

Source: PLAN/2025/1086 -rev3; Draft Regulation recitals (11,12) for cultivated fungi

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La UE aumenta los LMR de clormecuat en la avena y propone reducciones de los LMR en productos animales y hongos

Commission Regulation (EU) 2026/140 as regards maximum residue levels for acequinocyl, chlormequat, metalaxyl-M, pyraclostrobin, sulfoxaflor and trifloxystrobin in or on certain products

Draft Commission Regulation as regards maximum residue levels for 1,4-dimethylnaphthalene, chlormequat, metribuzin, metribuzin-desamino-diketo (metribuzin-DADK), terbuthylazine and triclopyr in or on certain products.

Draft Annex IIIA

¿qué está cambiando y por qué?

La Unión Europea (UE) ha aumentado de 15 a 30 mg/kg el límite máximo de residuos (LMR) de clormecuat en la avena.

La Comisión Europea también ha informado al Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (MSF) de la Organización Mundial del Comercio (OMC) de su intención de reducir los LMR de clormecuat en productos animales y hongos cultivados (véase el cuadro 1).

Cuando se fija un LMR temporal, se revisa periódicamente para tener en cuenta los nuevos datos de seguimiento presentados por los operadores alimentarios. Si no hay datos, o si los datos muestran que los residuos ya no son detectables, entonces el LMR se reduce al límite de determinación (LD, el nivel más bajo que puede detectarse utilizando los métodos analíticos más modernos y fiables). En el caso del clormecuat en las setas ostra, cuyo LMR se fijó en 6 mg/kg, los últimos datos presentados mostraron que los residuos detectados estaban por debajo de 2 mg/kg (pero seguían siendo superiores al LD de 0,01 mg/kg). Por tanto, en este caso, se propone reducir el LMR de 6 a 2 mg/kg, pero no tan bajo como el LD. Lo mismo se aplica al caso de los hongos cultivados, para los que se propone reducir el LMR de 0,9 a 0,6 mg/kg. También se propone reducir los LMR de la mayoría de los productos animales, excepto el riñón de oveja, y del músculo y la grasa de aves de corral. Esto se debe a que los residuos de clormecuat pueden pasar a los productos de origen animal cuando se utiliza en semillas oleaginosas o cereales utilizados como pienso.

Cronología

El nuevo LMR para la avena se aplicará a partir del 11 de febrero de 2026.

Se espera que el Reglamento sobre hongos y productos animales se publique en julio de 2026, y que los nuevos LMR se apliquen a partir de finales de 2026 o principios de 2027.

Tablas y figuras

AG00700_Table1A-23-02-26 AG00700_Table1B-23-02-26

Source: PLAN/2025/1086 -rev3; Draft Regulation recitals (11,12) for cultivated fungi

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