AGRINFO AGRINFO logo

THE LATEST ON EU AGRI-FOOD POLICIES IMPACTING LOW- AND MIDDLE-INCOME COUNTRIES

Límites máximos de residuos de cipermetrinas

  • Food safety
  • Pesticide MRLs
  • Pesticides

Resumen

La Comisión Europea ha informado al Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (MSF) de la Organización Mundial del Comercio (OMC) de su intención de modificar los límites máximos de residuos (LMR) de cipermetrinas(G/SPS/N/EU/702). Esto incluye la reducción de los LMR al límite de determinación (LD) en varios productos, y a 0,005 mg/kg (por debajo del LD estándar de 0,01) en naranjas, peras, melones y patatas. (El LD es el nivel más bajo que puede detectarse utilizando los métodos analíticos más modernos y fiables) Estos cambios podrían repercutir en los proveedores de una amplia gama de productos, en particular frutas (manzanas, membrillos, carambolas, litchis, mangos, papayas), tomates, pepinos, pimientos dulces, calabacines, puerros, lechugas, hierbas aromáticas, tés y arroz.

La UE propone modificar los LMR de cipermetrinas

Proyecto de Reglamento de la Comisión por el que se modifican los anexos II y III del Reglamento (CE) nº 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los límites máximos de residuos de cipermetrinas en determinados productos

Anexo II

Actualización

La Comisión Europea ha informado al Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (MSF) de la Organización Mundial del Comercio (OMC) de su intención de modificar los límites máximos de residuos (LMR) de cipermetrinas(G/SPS/N/EU/702). Esto incluye la reducción de los LMR al límite de determinación (LD) en varios productos, y a 0,005 mg/kg (por debajo del LD estándar de 0,01) en naranjas, peras, melones y patatas. (El LD es el nivel más bajo que puede detectarse utilizando los métodos analíticos más modernos y fiables) Estos cambios podrían repercutir en los proveedores de una amplia gama de productos, en particular frutas (manzanas, membrillos, carambolas, litchis, mangos, papayas), tomates, pepinos, pimientos dulces, calabacines, puerros, lechugas, hierbas aromáticas, tés y arroz.

Productos afectados

pomelos, naranjas, limones, limas, mandarinas, manzanas, membrillos, peras, nísperos, nísperos/ nísperos japoneses, albaricoques, melocotones, cerezas, ciruelas, uvas de mesa, uvas de vinificación, moras, moras de rocío, frambuesas, arándanos, arándanos rojos, grosellas, grosellas espinosas, escaramujos, moras, azaroles, bayas de saúco, dátiles, higos, carambolas, caquis japoneses, jambules, kiwis, maracuyás, chumberas, manzanas estrelladas, caquis americanos, aguacates, plátanos, manzanas granadas, chirimoyas, guayabas, piñas, guanábanos, aceitunas de mesa, kumquats, litchis, mangos, papayas, patatas, raíces de mandioca, ñames, raíces de flecha, boniatos, remolachas, zanahorias, apionabos, chirivías, rábanos, salsifíes, colinabos, nabos, rábanos picantes, patacas, raíces de perejil, ajos, chalotes, cebollas, cebolletas, tomates, pimientos dulces, berenjenas, pepinos, calabacines, pepinillos, sandías, calabazas, melones, brécoles, repollos, coles chinas/ pe-tsai, coles de Bruselas, coliflores, canónigos, lechugas, escarolas, rúcula, mostazas rojas, berros, acelgas, cultivos de hojas tiernas, espinacas, verdolagas, acelgas, hojas de parra, endibias, perifollo, cebollino, perejil, salvia, albahaca y flores comestibles, hojas de apio, romero, tomillo, laurel/ laurel, estragón, judías (con vaina), guisantes (con vaina), judías (sin vaina), guisantes (sin vaina), lentejas, espárragos, cardos, apios, hinojos de Florencia, ruibarbos, brotes de bambú, palmitos, alcachofas, puerros, hongos cultivados, musgos y líquenes, hongos silvestres, semillas de lino, semillas de adormidera, semillas de sésamo, semillas de girasol, semillas de colza/canola, semillas de soja, semillas de calabaza, semillas de ricino, semillas de algodón, semillas de cártamo, aceitunas para la producción de aceite, semillas de palma aceitera, frutos de palma aceitera, cebada, avena, arroz, centeno, trigo, sorgo, manzanilla, hibisco, rosa, jazmín, tilo/ tila, fresa, rooibos, yerba mate, valeriana, ginseng, especias de semilla, especias de corteza, especias de capullo, especias de pistilo de flor, especias de arilo, allspice/ pimiento, pimienta de Sichuan, alcaravea, bayas de enebro, pimienta en grano, vainilla, tamarindo, raíces de remolacha azucarera, raíces de achicoria, músculo de porcino y bovino, grasa de porcino, hígado, riñón y despojos comestibles de porcino, bovino, ovino, caprino y equino, grasa de bovino, músculo de ovino, caprino y equino, músculo de aves de corral, materias primas de otros mamíferos terrestres de cría, leche (bovino), huevos de ave, miel

¿qué está cambiando?

La UE propone modificar los LMR de cipermetrinas en determinados productos, tal como se resume en el cuadro 1. En el caso de las naranjas, las peras, los melones y las patatas, esto incluye la reducción de los LMR a 0,005 mg/kg (por debajo del LD estándar de 0,01).

El grupo de las cipermetrinas está formado por la cipermetrina y sus isómeros alfa-cipermetrina, beta-cipermetrina y zeta-cipermetrina. La definición oficial de la UE es "cipermetrina, incluidas otras mezclas de isómeros constituyentes (suma de isómeros)".

¿Por qué?

Tras una revisión de los LMR existentes para las cipermetrinas (cipermetrina incluidas otras mezclas de isómeros constituyentes (suma de isómeros), la EFSA (2023) recomendó mantener o aumentar estos LMR de acuerdo con las buenas prácticas agrícolas (BPA) disponibles, o basándose en los LMR del Codex cuando se consideren seguros.

Para los productos en los que no se podía garantizar la seguridad de los LMR o faltaban datos, la EFSA sugirió reducir los LMR al LD.

Cronología

Fecha prevista de publicación: Septiembre de 2024.

Se espera que los nuevos LMR se apliquen a partir de principios de 2025.

Acciones recomendadas

Se modifican los LMR de cipermetrinas para un gran número de productos. Todos los proveedores deben revisar sus prácticas agrícolas actuales. En los casos en que los LMR se reduzcan al LD, los proveedores deberán buscar posibles soluciones alternativas.

El seguimiento de los residuos de plaguicidas deberá tener en cuenta los nuevos LD más bajos en naranjas, peras, melones y patatas. La comprobación de niveles inferiores a 0,01 mg/kg afectará a la forma en que los laboratorios realizan los análisis de residuos de plaguicidas.

Fondo

Los LMR se fijan de acuerdo con las normas establecidas en el Reglamento 396/2005. Para obtener información sobre los LMR actuales de otras sustancias, consulte la base de datos de residuos de plaguicidas de la UE.

Recursos

Fuentes

Proyecto de Reglamento de la Comisión relativo a los límites máximos de residuos de cipermetrinas en determinados productos

Anexo II

Tablas y figuras

AG00353_Table1A_15-12-23 AG00353_Table1B_15-12-23 AG00353_Table1C_15-12-23 AG00353_Table1D_15-12-23

Source: based on PLAN/2023/1863 v2

Disclaimer: Under no circumstances shall COLEAD be liable for any loss, damage, liability or expense incurred or suffered that is claimed to have resulted from the use of information available on this website or any link to external sites. The use of the website is at the user’s sole risk and responsibility. This information platform was created and maintained with the financial support of the European Union. Its contents do not, however, reflect the views of the European Union.

La UE propone modificar los LMR de cipermetrinas

Reglamento

Draft Commission Regulation as regards maximum residue levels for cypermethrins in or on certain products

Annex II

What is changing and why?

La UE propone modificar los límites máximos de residuos (LMR) de cipermetrinas en determinados productos, tal como se resume en el cuadro 1. Esto incluye la reducción de los LMR al límite de determinación (LD) en varios productos, y a 0,005 mg/kg (por debajo del LD estándar de 0,01) en naranjas, peras, melones y patatas. (El LD es el nivel más bajo que puede detectarse utilizando los métodos analíticos más modernos y fiables)

Actions

Se verá afectado un gran número de productos. En los casos en que se reduzcan los LMR (véase el cuadro 1), los proveedores deberán revisar el uso que hacen actualmente de las cipermetrinas y buscar posibles soluciones alternativas.

Timeline

Fecha prevista de publicación: Septiembre de 2024.

Se espera que los nuevos LMR se apliquen a partir de principios de 2025.

Tablas y figuras

AG00353_Table1A_15-12-23 AG00353_Table1B_15-12-23 AG00353_Table1C_15-12-23 AG00353_Table1D_15-12-23

Source: based on PLAN/2023/1863 v2

Disclaimer: Under no circumstances shall COLEAD be liable for any loss, damage, liability or expense incurred or suffered that is claimed to have resulted from the use of information available on this website or any link to external sites. The use of the website is at the user’s sole risk and responsibility. This information platform was created and maintained with the financial support of the European Union. Its contents do not, however, reflect the views of the European Union.