Límites máximos de residuos de diazinón
- Food safety
- Pesticide MRLs
Resumen
La Unión Europea (UE) ha notificado al Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (MSF) de la Organización Mundial del Comercio (OMC) un nuevo proyecto de propuesta para reducir los niveles máximos de residuos (LMR) de diazinón en diversos productos hasta el límite de determinación (LOD) (G/SPS/N/EU/963). (El LOD es el nivel más bajo que puede detectarse utilizando los métodos analíticos más modernos y fiables.) Esto podría tener repercusiones específicas en las exportaciones de almendras, arándanos rojos, piñas, rábanos, cebollas, pimientos dulces, maíz dulce, col china, colinabos, lúpulo, especias en grano, especias de raíz y rizoma, y raíces de remolacha azucarera.
La UE propone reducir los límites máximos de residuos (LMR) de diazinón en diversos productos
Proyecto de regulación de la Comisión por la que se modifican los anexos II y III del Reglamento (CE) n.º 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los límites máximos de residuos de diazinón en determinados productos o sobre ellos
Proyecto de anexo II, versión 2
Actualización
La Unión Europea (UE) ha notificado al Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (MSF) de la Organización Mundial del Comercio (OMC) un nuevo proyecto de propuesta para reducir los niveles máximos de residuos (LMR) de diazinón en diversos productos hasta el límite de determinación (LOD) (G/SPS/N/EU/963). (El LOD es el nivel más bajo que puede detectarse utilizando los métodos analíticos más modernos y fiables.) Esto podría tener repercusiones específicas en las exportaciones de almendras, arándanos rojos, piñas, rábanos, cebollas, pimientos dulces, maíz dulce, col china, colinabos, lúpulo, especias en grano, especias de raíz y rizoma, y raíces de remolacha azucarera.
¿qué está cambiando?
La Comisión Europea propuso inicialmente reducir los LMR del diazinón en determinados productos hasta el límite de detección (LOD) de 0,01 mg/kg. Este nuevo proyecto de regulación contempla mantener los LMR para determinados productos de origen animal debido a la presencia de diazinón en medicamentos veterinarios autorizados. Los LMR para el hígado y el riñón de cerdos, ovinos y caprinos se reducen de 0,03 a 0,02 mg/kg.
Los cambios propuestos se resumen en la tabla 1.
¿Por qué?
Los LMR del diazinón, vigentes desde la adopción de la regulación (CE) n.º 396/2005, nunca se han revisado. Tras una serie de evaluaciones y una consulta a las partes interesadas (véase «La EFSA invita a presentar datos para respaldar la revisión de determinados LMR»), la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) ha concluido que los LMR existentes no están justificados (EFSA 2023). Esta nueva propuesta también tiene en cuenta la presencia de esta sustancia en los medicamentos veterinarios.
Los LMR para el hígado y el riñón de cerdos, ovinos y caprinos se reducen para ajustarlos a la regulación 37/2010.
Cronología
Se prevé que la regulación se publique el 1 de marzo de 2027 y que entre en vigor seis meses después de su publicación.
Acciones recomendadas
Los proveedores de almendras, arándanos rojos, piñas, rábanos, cebollas, pimientos dulces, maíz dulce , col china, colinabos, lúpulo, especias en grano, especias de raíz y rizoma, y raíces de remolacha azucarera deberían estudiar soluciones químicas y no químicas como alternativa al uso del diazinón.
Las autoridades competentes de los países miembros de la OMC pueden enviar sus observaciones sobre la propuesta de la UE por correo electrónico alPunto de Información SPS de la UEhastael 8 de septiembre de 2026.
Antecedentes
Los LMR se fijan de acuerdo con las reglas establecidas en el Reglamento 396/2005. Para obtener información sobre los LMR vigentes de otras sustancias, consulte la base de datos de residuos de plaguicidas de la UE.
Para más información sobre el proceso y los principios de la UE para fijar LMR, véase Regulación de los residuos de plaguicidas en la UE - Preguntas y respuestas.
Recursos
EFSA (2023) Revisión específica de los límites máximos de residuos (LMR) del diazinón. EFSA Journal, 21(11): e08426.
Comisión Europea (2025) Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos, Sección de Productos Fitofarmacéuticos – Residuos, 24-25 de noviembre de 2025.
Regulación (UE) n.º 37/2010 sobre sustancias farmacológicamente activas y su clasificación en relación con los límites máximos de residuos en los productos alimenticios de origen animal
Fuentes
Proyecto de regulación de la Comisión relativa a los límites máximos de residuos de diazinón en determinados productos o sobre ellos
Proyecto de anexo II, versión 2
Tablas y figuras
Source: based on Draft Annex II v2
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La UE propone reducir los límites máximos de residuos (LMR) de diazinón en diversos productos
Draft Commission Regulation as regards maximum residue levels for diazinon in or on certain products
Draft Annex II v2
¿qué está cambiando y por qué?
La Comisión Europea propone reducir los límites máximos de residuos (LMR) de diazinón en determinados productos hasta el límite de detección (LOD) de 0,01 mg/kg; lo que podría tener repercusiones específicas en las exportaciones de almendras, arándanos rojos, piñas, rábanos, cebollas, pimientos dulces, maíz dulce, col china, colinabo, lúpulo, especias en grano, especias de raíz y rizoma, y raíces de remolacha azucarera.
Este nuevo proyecto de regulación contempla el mantenimiento de los LMR para determinados productos de origen animal debido a la presencia de diazinón en medicamentos veterinarios autorizados.
Acciones
Los proveedores de almendras, arándanos rojos, piñas, rábanos, cebollas, pimientos dulces, maíz dulce , col china, colinabos, lúpulo, especias en grano, especias de raíz y rizoma, y raíces de remolacha azucarera deberían estudiar soluciones químicas y no químicas como alternativa al uso del diazinón.
Las autoridades competentes de los países miembros de la Organización Mundial del Comercio pueden enviar sus observaciones sobre la propuesta de la UE por correo electrónico alPunto de Información SPS de la UEhastael 8 de septiembre de 2026.
Cronología
Se prevé que la regulación se publique el 1 de marzo de 2027 y que entre en vigor seis meses después de su publicación.
Tablas y figuras
Source: based on Draft Annex II v2
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