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2025/1163

Límites máximos de residuos de fuberidazol

  • Pesticide MRLs

Resumen

La Comisión Europea decidió reducir el límite de determinación (LD) del fuberidazol a 0,01 mg/kg para algunos cereales: trigo, centeno, avena y cebada. (El LD es el nivel más bajo que puede detectarse utilizando los métodos analíticos más modernos y fiables)

La UE fija LMR de fuberidazol en el LD para todos los productos

Reglamento (UE) nº 2025/1163 de la Comisión, de 13 de junio de 2025, que modifica los anexos II, III y V del Reglamento (CE) nº 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a los límites máximos de residuos de clorprofam, fuberidazol, ipconazol, metoxifenozida, S-metolacloro y triflusulfurón en determinados productos

Actualización

La Comisión Europea decidió reducir el límite de determinación (LD) del fuberidazol a 0,01 mg/kg para algunos cereales: trigo, centeno, avena y cebada. (El LD es el nivel más bajo que puede detectarse utilizando los métodos analíticos más modernos y fiables)

Productos afectados

trigo, centeno, avena, cebada

¿qué está cambiando?

La UE fijó los límites máximos de residuos (LMR) de fuberidazol en el LD para todos los productos. También redujo el LD para todos los cereales a 0,01 mg/kg. Por lo tanto, los LD para el trigo, el centeno, la avena y la cebada pasarán de 0,05 a 0,01 mg/kg.

¿Por qué?

Dado que ya no está permitido el uso de fuberidazol en la UE, todos los LMR se fijan en los LD específicos del producto.

Cronología

Los nuevos LMR se aplicarán a partir del 6 de enero de 2026.

Acciones recomendadas

Los laboratorios que analicen la presencia de fuberidazol en productos destinados a la exportación al mercado de la UE deberán verificar que sus métodos analíticos son capaces de realizar pruebas con los nuevos LD propuestos.

Antecedentes

Los LMR se fijan de acuerdo con las normas establecidas en el Reglamento 396/2005. Para obtener información sobre los LMR actuales de otras sustancias, consulte la base de datos de residuos de plaguicidas de la UE.

Fuentes

Reglamento (UE) nº 2025/1163 de la Comisión relativo a los límites máximos de residuos de clorprofam, fuberidazol, ipconazol, metoxifenozida, S-metolacloro y triflusulfurón en determinados productos

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La UE fija LMR de fuberidazol en el LD para todos los productos

Commission Regulation (EU) 2025/1163 as regards maximum residue levels for chlorpropham, fuberidazole, ipconazole, methoxyfenozide, S-metolachlor and triflusulfuron in or on certain products

¿qué está cambiando y por qué?

Ya no está permitido el uso de fuberidazol en la Unión Europea, por lo que la UE decidió fijar todos los límites máximos de residuos (LMR) de fuberidazol en los límites de determinación (LD) específicos de cada producto. Los LD en algunos cereales (trigo, centeno, avena y cebada) se reducen de 0,05 a 0,01 mg/kg. (El LD es el nivel más bajo que puede detectarse utilizando los métodos analíticos más modernos y fiables)

Acciones

Los laboratorios que analicen la presencia de fuberidazol en productos destinados a la exportación al mercado de la UE deberán verificar que sus métodos analíticos son capaces de realizar pruebas con los nuevos LD propuestos.

Cronología

Los nuevos LMR se aplicarán a partir del 6 de enero de 2026.

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