Límites máximos de residuos de isoxabeno
- Pesticide MRLs
Resumen
La Unión Europea (UE) ha aumentado los límites máximos de residuos (LMR) de isoxabeno en judías secas y guisantes.
La UE aumenta los LMR de isoxabeno en judías y guisantes secos
Reglamento (UE) nº 2025/1305 de la Comisión, de 2 de julio de 2025, por el que se modifican los anexos II, III y IV del Reglamento (CE) nº 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los límites máximos de residuos de amidosulfurón, azoxistrobina, hexitiazox, isoxabeno, picloram, propamocarb, tiosulfato de plata sódico y teflutrina en determinados productos
Reglamento (UE) 2023/1719 de la Comisión, de 8 de septiembre de 2023, por el que se modifican los anexos II y IV del Reglamento (CE) nº 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los límites máximos de residuos de isoxabeno, metaldehído, Metarhizium brunneum cepa Ma 43, paclobutrazol y feromonas de lepidópteros de cadena recta (SCLP) en determinados productos
Reglamento (UE) 2023/466 de la Comisión, de 3 de marzo de 2023, por el que se modifican los anexos II, III y V del Reglamento (CE) nº 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los límites máximos de residuos de isoxabeno, novalurón y tetraconazol en determinados productos
Actualización
La Unión Europea (UE) ha aumentado los límites máximos de residuos (LMR) de isoxabeno en judías secas y guisantes.
Productos afectados
Almendras, castañas, avellanas, avellanas, nueces, manzanas, peras, membrillos, nísperos, nísperos, nísperos japoneses, cerezas, ciruelas, uvas de mesa, uvas de vino, fresas, moras, moras de rocío, frambuesas, arándanos, arándanos rojos, grosellas, grosellas espinosas, escaramujos, moras, azaroles, nísperos mediterráneos, bayas de saúco, zanahorias, rábanos picantes, chirivías, raíces de perejil, pepinos, pepinillos, melones, calabazas, sandías, perifollo, cebollino, hojas de apio, perejil, salvia, romero, tomillo, albahaca, flores comestibles, laurel, laurel, tomillo, guisantes (sin vaina), legumbres (guisantes secos, judías), espárragos, cebada, trigo sarraceno y otros pseudocereales, maíz, mijo, mijo proso, avena, arroz, centeno, sorgo, trigo, lúpulo
¿qué está cambiando?
En marzo de 2023, la UE redujo los LMR de isoxabeno al límite de determinación (LD, el nivel más bajo que puede detectarse utilizando los métodos analíticos más modernos y fiables) en frutas, hortalizas, cereales y lúpulo, excepto en calabacines y judías sin vaina. La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) aplicó los datos de las judías sin vaina para establecer el mismo LMR para los guisantes sin vaina. El 11 de septiembre de 2023, la UE aumentó el LMR de isoxabeno en los pepinillos, aplicando los datos de los calabacines al LMR de los pepinillos.
El 3 de julio de 2025, la UE aumentó los LMR de isoxabeno en judías secas y guisantes.
LMR
Las modificaciones de los LMR anteriores, incluidos los nuevos LMR para judías y guisantes (sin vaina), se muestran en el cuadro 1.
- El LMR existente para los calabacines se mantiene en 0,05 mg/kg.
- El LMR para los pepinillos se redujo inicialmente a 0,01 mg/kg, pero se revisó a 0,05 mg/kg en septiembre de 2023 (igual que para los calabacines).
- El LMR para judías y guisantes secos se redujo inicialmente a 0,01 mg/kg, pero se revisó a 0,02 mg/kg en julio de 2025 (igual que para las judías sin vaina).
LODs
Para todas las frutas y hortalizas no enumeradas en el cuadro 1, y para las semillas oleaginosas y las plantas azucareras, el LD se reduce de 0,02 a 0,01 mg/kg. El LD para tés, cafés, infusiones y especias pasa de 0,02 a 0,05 mg/kg.
¿Por qué?
Tras una revisión de los LMR de isoxabeno existentes(EFSA 2022), se recomendó reducir los LMR existentes para frutas y hortalizas, con la excepción de los calabacines y las judías frescas sin vaina, para los que existen datos suficientes en apoyo de las buenas prácticas agrícolas (BPA) actuales.
Otra solicitud de modificación de los LMR en los pepinillos se presentó utilizando el procedimiento acelerado. Dado que los datos que respaldan el LMR para los calabacines pueden extrapolarse a los pepinillos, la Comisión Europea aceptó dicha solicitud.
Otra solicitud de modificación de los LMR en judías secas y guisantes se presentó también por el procedimiento acelerado. Dado que los datos en los que se basa el LMR para las judías (sin vaina) pueden extrapolarse a las judías y guisantes secos, la Comisión Europea aceptó esta solicitud.
Cronología
Los LMR reducidos se aplican desde el 26 de septiembre de 2023.
El LMR de 0,05 mg/kg para los pepinillos se aplica desde el 27 de septiembre de 2023.
Los LMR de 0,02 mg/kg en judías secas y guisantes se aplican desde el 23 de julio de 2025.
Acciones recomendadas
Los proveedores del mercado de la UE de frutas, hortalizas, cereales y lúpulo (con la excepción de calabacines, pepinillos y judías/guisantes sin vaina) deben comprobar el uso actual de isoxabeno en estos productos y buscar soluciones alternativas al isoxabeno. Los proveedores de fresas deben verificar si las prácticas agrícolas actuales son compatibles con el LMR reducido de 0,01 mg/kg.
Antecedentes
Los LMR se fijan de acuerdo con las normas establecidas en el Reglamento 396/2005. Para obtener información sobre los LMR actuales de otras sustancias, consulte la base de datos de residuos de plaguicidas de la UE.
Recursos
EFSA (2022) Review of the existing maximum residue levels for isoxaben according to Article 12 of Regulation (EC) No 396/2005. EFSA Journal, 20(1): 7062.
Fuentes
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La UE aumenta los LMR de isoxabeno en judías y guisantes secos
Commission Regulation (EU) 2023/466
Commission Regulation (EU) 2023/1719
¿qué está cambiando y por qué?
En el cuadro 1 figuran los cambios introducidos en los límites máximos de residuos (LMR) de isoxabeno, incluidos los nuevos LMR para judías y guisantes (sin vaina).
- El LMR existente para los calabacines se mantiene en 0,05 mg/kg.
- El LMR para los pepinillos se redujo inicialmente a 0,01 mg/kg, pero en septiembre de 2023 se revisó a 0,05 mg/kg (igual que para los calabacines).
- El LMR para judías y guisantes secos se redujo inicialmente a 0,01 mg/kg, pero en julio de 2025 se revisó a 0,02 mg/kg (igual que las judías sin vaina).
Para todas las frutas y hortalizas no enumeradas en el cuadro 1, las semillas oleaginosas y las plantas azucareras, el límite de determinación (LD) se reduce de 0,02 a 0,01 mg/kg. El LD para tés, cafés, infusiones y especias pasa de 0,02 a 0,05 mg/kg. (El LD es el nivel más bajo que puede detectarse utilizando los métodos analíticos más modernos y fiables)
Acciones
Los proveedores del mercado de la UE de frutas, hortalizas, cereales y lúpulo (con la excepción de calabacines, pepinillos y judías/guisantes sin vaina) deben comprobar el uso actual de isoxabeno en estos productos y buscar soluciones alternativas al isoxabeno. Los proveedores de fresas deben verificar si las prácticas agrícolas actuales son compatibles con el LMR reducido de 0,01 mg/kg.
Cronología
Los LMR reducidos se aplicarán a partir del 26 de septiembre de 2023.
El LMR de 0,05 mg/kg para los pepinillos se aplicará a partir del 27 de septiembre de 2023.
Los LMR de 0,02 mg/kg en judías secas y guisantes se aplicarán a partir del 23 de julio de 2025.
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