Límites máximos de residuos de mefentrifluconazol
- Food safety
- Pesticide MRLs
Resumen
La UE ha adoptado los límites máximos de residuos (CXL) del Codex para el mefentrifluconazol en múltiples productos. Esto sigue al aumento de los límites máximos de residuos (LMR) de mefentrifluconazol, también en múltiples productos.
La UE adopta los LMR del Codex para el mefentrifluconazol en múltiples productos
Reglamento (UE) 2024/2633 de la Comisión, de 8 de octubre de 2024, que modifica el anexo II del Reglamento (CE) nº 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a los límites máximos de residuos de azoxistrobina, famoxadona, flutriafol, mandipropamida y mefentrifluconazol en determinados productos
Reglamento (UE) nº 2024/1078 de la Comisión, de 15 de abril de 2024, que modifica los anexos II y IV del Reglamento (CE) nº 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a los límites máximos de residuos de azoxistrobina, flonicamida, isofetamida, mefentrifluconazol, metazacloro, pirimetanil y arena de cuarzo en determinados productos
Actualización
La UE ha adoptado los límites máximos de residuos (CXL) del Codex para el mefentrifluconazol en múltiples productos. Esto sigue al aumento de los límites máximos de residuos (LMR) de mefentrifluconazol, también en múltiples productos.
Productos afectados
Pomelos, naranjas, limones, limas, mandarinas, almendras, nueces de Brasil, anacardos, castañas, cocos, avellanas/castañas de cajú, macadamias, pacanas, piñones, nueces, pistachos, albaricoques, melocotones, cerezas (dulces), ciruelas, uvas de vino, fresas, moras, moras de rocío, frambuesas (rojas y amarillas), arándanos, grosellas, grosellas espinosas, escaramujos, bayas de saúco, arándanos rojos, moras, azaroles, kumquats, aguacates, plátanos, mangos, papayas, aceitunas de mesa, caquis japoneses, patatas, raíces de mandioca, boniatos, ñames, raíces de flecha, remolachas, zanahorias, apionabos, rábanos picantes, chirivías, raíces de perejil, rábanos, salsifíes, colinabos, nabos, patacas, ajos, cebollas, chalotas, cebolletas y cebollas de Gales, tomates, pimientos dulces y morrones, berenjenas y berenjenas, okra/dedos de dama, melones, calabazas, sandías, maíz dulce, pepinos, pepinillos, calabacines, brécoles, coliflores, coles de Bruselas, repollos, rúcula romana/rúcula, cultivos de hojas tiernas, espinacas, perifollo, cebollino, hojas de apio, perejil, salvia, romero, tomillo, albahaca y flores comestibles, laurel/hojas de laurel, estragón, judías (con vaina), guisantes (con vaina), judías (sin vaina), guisantes (sin vaina), cardos, apios, hinojos de Florencia, ruibarbos, alcachofas, guisantes, altramuces, judías, lentejas, semillas de lino, semillas de adormidera, semillas de mostaza, semillas de oro del placer, semillas de sésamo, semillas de borraja, semillas de colza/canola, semillas de girasol, soja, algodón, cártamo, cebada, mijo, arroz, centeno, trigo, sorgo, café en grano, ginseng, caña de azúcar, achicoria, aceitunas para aceite, lúpulo, hígado de cerdo
¿qué está cambiando?
La UE ha adoptado CXL para el mefentrifluconazol en múltiples productos, tal como se indica en el Cuadro 2.
Esto sigue al aumento de los LMR para el mefentrifluconazol en diversas frutas, hortalizas, semillas oleaginosas/frutas, lúpulo e hígado de porcino, como se indica en el cuadro 1.
¿Por qué?
El 2 de diciembre de 2023, la Comisión del Codex Alimentarius adoptó nuevos CXL para el mefentrifluconazol en múltiples productos, para los cuales la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria(EFSA 2023a) no identificó riesgos para los consumidores en la UE.
A raíz de una solicitud de modificación de los LMR de mefentrifluconazol en varios productos, la EFSA (2023b) llegó a la conclusión de que era improbable que las modificaciones propuestas supusieran un riesgo para la salud de los consumidores. Esto no incluye las avellanas, las judías y la soja, de las que no se presentaron datos suficientes.
Cronología
Los nuevos LMR basados en los CXL que figuran en el cuadro 2 se aplicarán a partir del 29 de octubre de 2024.
Los LMR establecidos en el cuadro 1 se aplicarán a partir del 6 de mayo de 2024.
Fondo
Los LMR se fijan de acuerdo con las normas establecidas en el Reglamento 396/2005. Para obtener información sobre los LMR actuales de otras sustancias, consulte la base de datos de residuos de plaguicidas de la UE.
Recursos
EFSA (2023a) Scientific support for preparing an EU position in the 54th Session of the Codex Committee on Pesticide Residues (CCPR). EFSA Journal, 21(8): 8111.
EFSA (2023b) Modification of the existing maximum residue levels for mefentrifluconazole in various commodities. EFSA Journal, 21(9): 1-139.
Fuentes
Reglamento (UE) 2024/2633 relativo a los límites máximos de residuos de azoxistrobina, famoxadona, flutriafol, mandipropamida y mefentrifluconazol en determinados productos
Reglamento 2024/1078 en lo relativo a los límites máximos de residuos de azoxistrobina, flonicamida, isofetamida, mefentrifluconazol, metazacloro, pirimetanil y arena de cuarzo en determinados productos
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La UE adopta los LMR del Codex para el mefentrifluconazol en múltiples productos
Regulation (EU) 2024/2633 as regards maximum residue levels for azoxystrobin, famoxadone, flutriafol, mandipropamid and mefentrifluconazole in or on certain products
Regulation 2024/1078 as regards maximum residue levels for azoxystrobin, flonicamid, isofetamid, mefentrifluconazole, metazachlor, pyrimethanil and quartz sand in or on certain products
¿qué está cambiando y por qué?
La UE ha adoptado los límites máximos de residuos (CXL) del Codex para el mefentrifluconazol en múltiples productos, como se indica en el cuadro 2. Esto se debe a que la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria no ha identificado riesgos para los consumidores en estos niveles. Esto se debe a que la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria no ha identificado ningún riesgo para los consumidores a estos niveles.
Esto sigue al aumento de los límites máximos de residuos (LMR) de mefentrifluconazol en diversas frutas, hortalizas, semillas oleaginosas/frutas, lúpulo e hígado de porcino, como se indica en el Cuadro 1.
Cronología
Los nuevos LMR basados en los CXL que figuran en el cuadro 2 se aplicarán a partir del 29 de octubre de 2024.
Los LMR establecidos en el cuadro 1 se aplicarán a partir del 6 de mayo de 2024.
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