Límites máximos de residuos de oxamil
Publicado por AGRINFO el ; Revisado
La UE reduce los LMR de oxamil en todos los productos
Reglamento 2024/331 de la Comisión por el que se modifican los anexos II y V del Reglamento (CE) nº 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los límites máximos de residuos de oxamilo en determinados productos
Actualización
La UE ha reducido los límites máximos de residuos (LMR) de oxamil, con especial incidencia en berenjenas, melones y sandías. Para todos los productos, también se reduce el límite de determinación (LD, el nivel más bajo que puede detectarse utilizando los métodos analíticos más modernos y fiables). Los cambios se aplicarán a partir del 11 de mayo de 2024.
Productos afectados
Todos los productos, especialmente berenjenas, melones y sandías.
Cítricos, pomelos, limones, limas, mandarinas, naranjas, frutas de pepita, manzanas, peras, membrillos, nísperos, nísperos japoneses, frutas de hueso, albaricoques, cerezas (dulces), melocotones, ciruelas, bayas y frutas pequeñas, uvas, fresas, moras, moras, frambuesas, arándanos, arándanos rojos, grosellas, grosellas espinosas, escaramujos, moras, azaroles/ nísperos mediterráneos, bayas de saúco, frutas diversas, dátiles, higos, kumquats, carambolas, kaki/ caquis japoneses, jambuls/ jambolans, kiwis, litchis/ lichis, frutas de la pasión/ maracujas, higos chumbos, manzanas estrelladas, caquis americanos, plátanos, mangos, papayas, manzanas granadas, chirimoyas, guayabas, piñas, frutas del pan, durians, soursops, aguacates, hortalizas de raíz y tubérculos, patatas, mandioca, batata, ñames, raíces de flecha, remolachas, zanahorias, apionabos, rábanos picantes, patacas, chirivías, raíces de perejil, rábanos, salsifíes, colinabos, nabos, hortalizas de bulbo, ajos, cebollas, chalotes, cebolletas, hortalizas de fruto, tomates, berenjenas, melones, sandías, pimientos dulces, quingombó, pepinos, pepinillos, calabacines, calabazas, maíz dulce, hortalizas del género Brassica, brécoles, coliflores, coles de Bruselas, repollos, coles chinas, coles de Bruselas, coles de Bruselas, coles de Bruselas, coles chinas, coles chinas, hortalizas de hoja, hierbas y flores comestibles, lechugas, lechugas, escarolas, berros de tierra, rúcula romana, mostazas rojas, cultivos de hoja tierna, espinacas, verdolagas, acelgas, hojas de parra, berros de agua, endibias belgas, perifollo, cebollino, hojas de apio, perejil, salvia, romero, tomillo, albahaca y flores comestibles, laurel, estragón, hortalizas de vaina, judías, guisantes, lentejas, hortalizas de tallo, espárragos, cardos, apios, hinojos de Florencia, alcachofas, puerros, ruibarbos, brotes de bambú, palmitos, hongos, musgos y líquenes cultivados, hongos silvestres, musgos y líquenes, algas y procariotas, cereales, cebada, trigo sarraceno, maíz, mijo, avena, arroz, centeno, sorgo, trigo, cacao en grano, plantas azucareras, raíces de remolacha azucarera, cañas de azúcar, raíces de achicoria, productos de origen animal, músculo porcino/ bovino/ ovino/ caprino/ equino/ aviar, leche, ganado vacuno, huevos de ave
¿qué está cambiando?
La UE ha reducido el LD para todos los productos enumerados en el cuadro 1. La mayoría de estos valores son inferiores al LD estándar por defecto de 0,01 mg/kg. La mayoría de estos valores son inferiores al LD estándar por defecto de 0,01 mg/kg.
¿Por qué?
Todos los LMR para el oxamil ya se habían fijado en el LD, excepto para las berenjenas, los melones y las sandías. Sin embargo, la EFSA (2022) llegó a la conclusión de que el LD por defecto de 0,01 mg/kg no ofrece suficiente protección a los consumidores para la mayoría de los productos, por lo que el LD para estos productos debería fijarse en niveles más bajos y protectores (0,005, 0,002 o 0,001 mg/kg). También se considera que los LMR para la berenjena, el melón y la sandía (que se basaban en los LMR del Codex) no proporcionan un nivel suficiente de protección, por lo que se reducen al LD.
Cronología
Los nuevos LMR se aplicarán a partir del 11 de mayo de 2024. Todos los productos que se comercialicen en la UE después del 11 de mayo de 2024 deberán cumplir los nuevos LMR, aunque se hayan comercializado antes de esa fecha. Por lo tanto, los productos exportados antes del 11 de mayo de 2024 también deben ser controlados para comprobar su conformidad con los nuevos LMR.
Acciones recomendadas
Los exportadores de berenjenas, melones y sandías deben revisar urgentemente su uso actual de oxamil y buscar soluciones alternativas en previsión de los cambios en los LMR.
El control de residuos de plaguicidas debe tener en cuenta los nuevos LD más bajos establecidos en la Tabla 1. Este cambio tiene implicaciones para los laboratorios que realizan controles de residuos de plaguicidas. Este cambio tiene implicaciones para los laboratorios que realizan análisis de residuos de plaguicidas, dependiendo de los métodos utilizados. Las autoridades no comunitarias pueden solicitar asesoramiento a los Laboratorios de Referencia de la UE (EURL) sobre cómo alcanzar estos niveles más bajos en el análisis de residuos: póngase en contacto con el EURL para Métodos de Residuo Único(EURL-SRM) en relación con los plaguicidas no susceptibles de métodos multirresiduo en todo tipo de matrices enviando un correo electrónico a EURL-SRM@cvuas.bwl.de.
Fondo
Los LMR se fijan de acuerdo con las normas establecidas en el Reglamento 396/2005. Para obtener información sobre los LMR actuales de otras sustancias, consulte la base de datos de residuos de plaguicidas de la UE.
Recursos
EFSA (2022) Peer review of the pesticide risk assessment of the active substance oxamyl. EFSA Journal, 20(5): 7296.
Fuentes
Reglamento (UE) nº 2024/331 de la Comisión relativo a los límites máximos de residuos de oxamil en determinados productos
Tablas y figuras
Source: based on Commission Regulation 2024/331
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