Mepanipirima: no renovación de la autorización de la UE
Publicado por AGRINFO el ; Revisado
La UE propone no renovar la aprobación de la sustancia activa mepanipirima
Proyecto de Reglamento de Ejecución de la Comisión relativo a la no renovación de la aprobación de la sustancia activa mepanipirima, de conformidad con el Reglamento (CE) nº 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, y por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) nº 540/2011 de la Comisión
Actualización
La Comisión Europea ha informado al Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (MSF) de la Organización Mundial del Comercio (OMC) de que no tiene intención de renovar la aprobación de la sustancia activa mepanipirima(G/SPS/N/EU/705). Esto se debe a la preocupación que suscitan los riesgos a largo plazo para los mamíferos silvestres y las propiedades de alteración endocrina de la sustancia para los seres humanos y los mamíferos. Esto obligará a los Estados miembros de la UE a prohibir el uso de productos que contengan mepanipirima. Se espera que la no renovación lleve a una reducción de los límites máximos de residuos (LMR) de mepanipirima a 0,01-0,05 mg/kg en todos los productos en 2025. Esta decisión podría repercutir en las exportaciones de determinados productos hortofrutícolas.
Productos afectados
Uvas, fresas, moras, frambuesas, tomates, pimientos dulces, berenjenas, pepinos, calabacines
¿qué está cambiando?
La Comisión Europea propone no renovar la aprobación de la sustancia activa mepanipirima. Por lo tanto, los agricultores de la UE ya no podrán utilizar productos que contengan esta sustancia activa.
¿Por qué?
Tras una solicitud de renovación de la aprobación del mepanipirim en 2017 y una primera evaluación en ese año por parte de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria, la Comisión pidió a la EFSA que volviera a evaluar la información sobre las propiedades de alteración endocrina de esta sustancia activa. La EFSA (2023) identificó riesgos a largo plazo para los mamíferos silvestres y preocupaciones en relación con las propiedades de alteración endocrina de la sustancia para los seres humanos y los mamíferos. No se cumplieron los criterios de aprobación necesarios y no se concedió la renovación.
Cronología
Fecha prevista de entrada en vigor: segundo trimestre de 2024.
Los productores de la UE podrán utilizar las existencias de productos que contengan mepanipirima hasta aproximadamente el segundo trimestre de 2025.
¿cuáles son las principales consecuencias para los países exportadores?
Tras la no renovación o retirada de las aprobaciones de sustancias activas plaguicidas, la UE inicia el proceso de reducción o supresión de los LMR. Normalmente se fijan en 0,01 mg/kg o en el límite de determinación analítica (LD, el nivel más bajo que puede detectarse utilizando los métodos analíticos más modernos y fiables). En la mayoría de los casos, esto significa que ya no pueden utilizarse en los cultivos destinados a la exportación a la UE. Los países exportadores deben empezar a buscar soluciones alternativas al mepanipirim o considerar la posibilidad de solicitar tolerancias de importación a la UE.
Acciones recomendadas
Dado que es probable que se reduzcan los LMR de la UE para el mepanipirim, los proveedores de determinadas frutas y hortalizas (uvas, fresas, moras, frambuesas, tomates, pimientos dulces, berenjenas, pepinos y calabacines) que actualmente utilizan mepanipirim en cultivos destinados a la exportación a la UE deberían revisar sus buenas prácticas agrícolas (BPA) actuales y empezar a buscar soluciones alternativas.
Los comentarios sobre esta propuesta a la OMC se cerraron el 16 de febrero de 2024.
Fondo
Para más información sobre las últimas no renovaciones y retiradas de sustancias, consulte Últimas no renovaciones, retiradas y restricciones de plaguicidas.
Recursos
EFSA (2023) Revisión por pares actualizada de la evaluación del riesgo de plaguicidas de la sustancia activa mepanipirima. EFSA Journal, 21(8): 8196.
Fuentes
Proyecto de Reglamento de Ejecución de la Comisión relativo a la no renovación de la aprobación de la sustancia activa mepanipirima, de conformidad con el Reglamento (CE) nº 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, y por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) nº 540/2011 de la Comisión
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