Modelos de certificados sanitarios: certificado antimicrobiano
Publicado por AGRINFO el ; Revisado
Modelos de certificados sanitarios de la UE para productos animales adaptados para incluir los antimicrobianos
Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2020 de la Comisión, de 26 de julio de 2024, por el que se modifica y corrige el anexo III del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/2235 en lo que respecta a los modelos de certificado para la entrada en la Unión de partidas de determinadas categorías de animales y determinados productos de origen animal destinados al consumo humano, y por el que se corrige el Reglamento de Ejecución (UE) 2024/399
Reglamento de Ejecución (UE) 2024/399 de la Comisión, de 29 de enero de 2024, por el que se modifican el anexo III del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/2235 y el anexo II del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/403 en lo que respecta a los modelos de certificado para la entrada en la Unión de partidas de determinados productos de origen animal y determinadas categorías de animales
Actualización
A partir de 2026, la UE prohibirá el uso de determinados antimicrobianos en los animales vivos y sus productos que se exporten a la UE. Los modelos de certificados oficiales de entrada en la UE se están modificando para que esta prohibición quede reflejada en la declaración de salud pública que deben realizar las autoridades competentes de los países exportadores. Para los productos de la pesca, los modelos de certificados se revisaron en julio de 2024.
Los nuevos modelos de certificados para animales vivos y sus productos deben utilizarse a partir del 3 de septiembre de 2024 (excepto los de productos pesqueros, que deben utilizarse a partir del 30 de enero de 2025).
Además, lo antes posible, las autoridades competentes de los países exportadores deberán facilitar una "declaración de antimicrobianos" para cada producto animal que exporten a la UE.
Productos afectados
Ganado, productos animales para consumo humano (huevos, tripas, leche/lácteos, miel, acuicultura, etc.)
Las excepciones son:
- gelatina, colágeno, productos muy refinados, productos compuestos, animales salvajes, insectos, ranas, caracoles y reptiles
- animales y alimentos en tránsito no comercializados en la UE
- animales o productos de origen animal no destinados al consumo humano
- muestras para análisis de productos y pruebas de calidad no comercializadas.
¿qué está cambiando?
El Reglamento Delegado 2023/905 exige que, a partir de septiembre de 2026, las partidas de animales o productos de origen animal pertinentes que entren en la UE procedentes de países no comunitarios vayan acompañadas de un certificado oficial que acredite el cumplimiento de la prohibición de la UE de utilizar medicamentos antimicrobianos.
El certificado declara que los productos proceden de animales a los que no se han administrado medicamentos antimicrobianos:
- para estimular el crecimiento, o
- para aumentar el rendimiento, o
- incluidos en la lista de antimicrobianos reservados para el tratamiento de determinadas infecciones en seres humanos.
El anexo del Reglamento 2024/399 establece la redacción de la declaración que debe incluirse en el certificado para cada categoría de productos animales (modificando el anexo III del Reglamento 2020/2235), y para cada categoría de animales terrestres vivos (modificando el anexo II del Reglamento 2021/403).
Por ejemplo, el certificado para la carne de vacuno dice:
El veterinario oficial abajo firmante declara que conoce los requisitos pertinentes del Reglamento (UE) 2019/6 del Parlamento Europeo y del Consejo y del Reglamento Delegado (UE) 2023/90 de la Comisión5 y certifica por la presente que la carne fresca de bovinos domésticos (incluidas las especies Bison y Bubalus y sus cruces) descrita en la Parte I se ha producido de conformidad con dichos requisitos y, en particular, que a los animales de los que procede la carne no se les han administrado medicamentos antimicrobianos para potenciar el crecimiento o aumentar el rendimiento ni medicamentos antimicrobianos que contengan un antimicrobiano incluido en la lista de antimicrobianos reservados para el tratamiento de determinadas infecciones humanas establecida en el Reglamento de Ejecución (UE) nº 2022/1255 de la Comisión, tal como se establece en el artículo 3 del Reglamento Delegado (UE) nº 2023/905, y que proceden de un tercer país o de una región del mismo que figure en la lista de conformidad con el artículo 5, apartado 2, del Reglamento Delegado (UE) nº 2023/905.
(Fuente: Reglamento 2024/399)
El Reglamento 2024/2020 (anexo) modifica los modelos de certificados relativos a los productos de la pesca: Capítulo 29 (modelo EU-FISH), Capítulo 30 (modelo FISH/MOL-CAP) y Capítulo 31 (modelo MOL-HC). Los certificados revisados figuran en el anexo del Reglamento.
¿Por qué?
Los certificados oficiales con atestados firmados por las autoridades de países no pertenecientes a la UE garantizan que sólo se exportan a la UE alimentos producidos de conformidad con la legislación comunitaria.
Cronología
Las autoridades competentes y los operadores deberán utilizar los nuevos modelos de certificado para los animales vivos y sus productos a partir del 3 de septiembre de 2024. Los productos con un certificado expedido antes del 3 de septiembre (utilizando el modelo válido antes del 3 de septiembre) podrán entrar en la UE hasta el 3 de diciembre de 2024.
Para los productos de la pesca, los nuevos modelos de certificado deberán utilizarse a partir del 30 de enero de 2025. Los productos con un certificado expedido antes del 30 de enero (utilizando el modelo del anexo del anterior Reglamento 2024/399) podrán entrar en la UE hasta el 30 de abril de 2025.
Aunque los nuevos modelos de certificado deberán utilizarse a partir de septiembre de 2024, las nuevas normas que obligan a las autoridades competentes de los países no pertenecientes a la UE a firmar certificados de salud pública relativos a los antimicrobianos sólo se aplicarán a partir del 3 de septiembre de 2026 (cuando entre en vigor el Reglamento 2023/905 ). Entre el 3 de septiembre de 2024 y el 2 de septiembre de 2026, el atestado relativo a los antimicrobianos aún no se aplicará, y deberá tacharse(Comisión Europea 2024). Si se utiliza el Sistema de Expertos y Control del Comercio de la UE(TRACES), esto se hará automáticamente.
¿cuáles son las principales consecuencias para los países exportadores?
Para más detalles sobre las implicaciones de las nuevas normas relativas al uso de determinados antimicrobianos en animales vivos y sus productos que se exportan a la UE, véase Normas sobre antimicrobianos prohibidos en productos animales importados). Es posible que las autoridades competentes de los países exportadores tengan que elaborar legislación nacional o adaptar sus sistemas de control para poder garantizar su cumplimiento.
Acciones recomendadas
Las autoridades competentes y los operadores de los países exportadores deberán asegurarse de que utilizan el modelo correcto de certificado oficial a partir del 3 de septiembre de 2024 (para los productos pesqueros, a partir del 30 de enero de 2025).
Fondo
El Reglamento 2019/6 (art. 118(1)) exige a los operadores de países no pertenecientes a la UE que exporten animales o productos de origen animal a la UE que respeten la prohibición de utilizar medicamentos antimicrobianos que promuevan el crecimiento o aumenten el rendimiento, así como de utilizar antimicrobianos reservados para el tratamiento de determinadas infecciones en seres humanos.
Según el Reglamento Delegado 2023/905 (art. 4(1)(b)), los envíos de animales o productos de origen animal pertinentes que entren en la UE procedentes de países no pertenecientes a la UE deben ir acompañados de un certificado oficial que acredite el cumplimiento de la prohibición de la UE sobre el uso de medicamentos antimicrobianos. Los modelos de certificado existentes se modifican para incluir las declaraciones de conformidad pertinentes de conformidad con el Reglamento (UE) 2019/6 (véase Normas sobre antimicrobianos prohibidos en productos de origen animal importados).
Recursos
Reglamento 2023/905 en lo relativo a la aplicación de la prohibición de uso de determinados medicamentos antimicrobianos en animales o productos de origen animal exportados de terceros países a la Unión
Reglamento 2019/6 sobre medicamentos veterinarios
Comisión Europea (2019) Reglamento (UE) 2019/6 - Actos delegados - véase "Normas detalladas relativas a los animales o productos de origen animal importados en la Unión [artículo 118, apartado 2]".
Comisión Europea (2024) State of play concerning the implementation of Commission Delegated Regulation (EU) 2023/905, Presentation, Meeting between the European Commission and non-EU Countries, 6 March.
Fuentes
Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2020 de la Comisión en lo que respecta a los modelos de certificado para la entrada en la Unión de partidas de determinadas categorías de animales y determinados productos de origen animal destinados al consumo humano
Reglamento de Ejecución (UE) 2024/399 de la Comisión en lo que respecta a los modelos de certificado para la entrada en la Unión de partidas de determinados productos de origen animal y determinadas categorías de animales
Tablas y figuras
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