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Modelos de certificados sanitarios: certificado antimicrobiano

  • Animal health
  • Animal health certification
  • Antimicrobial resistance

Resumen

A partir de 2026, la Unión Europea (UE) prohíbe el uso de determinados antimicrobianos en animales vivos de granja y en sus productos que se exporten a la UE.

En 2024 se modificaron los modelos de certificados oficiales para la entrada en la UE (que abarcan todos los productos derivados de animales de granja) con el fin de incluir esta prohibición en la declaración de salud pública.

A partir del 3 de septiembre, deberán utilizarse estos nuevos modelos de certificados, que deben incluir una declaración firmada por la autoridad competente en la que se confirme que los animales y los productos derivados de ellos nunca han sido tratados con antimicrobianos prohibidos.

Modelos de certificados sanitarios de la UE para productos animales adaptados para incluir los antimicrobianos

Corrección de errores de la regulación de ejecución (UE) 2024/2020 de la Comisión, de 26 de julio de 2024, por la que se modifica y corrige el anexo III de la regulación de ejecución (UE) 2020/2235 en lo que respecta a los modelos de certificados para la entrada en la Unión de cargamentos de determinadas categorías de animales y determinados productos de origen animal destinados al consumo humano, y por el que se corrige la regulación (UE) 2024/399

Corrección de errores de la Regulación de Ejecución (UE) n.º 2024/399 de la Comisión, de 29 de enero de 2024, por la que se modifica el anexo III de la Regulación de Ejecución (UE) n.º 2020/2235 y el anexo II de la Regulación de Ejecución (UE) 2021/403 en lo que respecta a los modelos de certificados para la entrada en la Unión de cargamentos de determinados productos de origen animal y de determinadas categorías de animales

Regulación de Ejecución (UE) 2024/2020 de la Comisión

Regulación de Ejecución (UE) 2024/399 de la Comisión

Actualización

A partir de 2026, la Unión Europea (UE) prohíbe el uso de determinados antimicrobianos en animales vivos de granja y en sus productos que se exporten a la UE.

En 2024 se modificaron los modelos de certificados oficiales para la entrada en la UE (que abarcan todos los productos derivados de animales de granja) con el fin de incluir esta prohibición en la declaración de salud pública.

A partir del 3 de septiembre, deberán utilizarse estos nuevos modelos de certificados, que deben incluir una declaración firmada por la autoridad competente en la que se confirme que los animales y los productos derivados de ellos nunca han sido tratados con antimicrobianos prohibidos.

Productos afectados

Ganado, productos animales para consumo humano (huevos, tripas, leche/lácteos, miel, acuicultura, etc.)

Las excepciones son:

- gelatina, colágeno, productos muy refinados, productos compuestos, animales salvajes, insectos, ranas, caracoles y reptiles

- animales y alimentos en tránsito no comercializados en la UE

- animales o productos de origen animal no destinados al consumo humano

- muestras para análisis de productos y pruebas de calidad no comercializadas.

¿qué está cambiando?

La regulación delegada 2023/905 exige que, a partir de septiembre de 2026, los cargamentos de animales o productos de origen animal pertinentes que entren en la UE procedentes de países no pertenecientes a la UE vayan acompañados de un certificado oficial que acredite el cumplimiento de la prohibición de la UE sobre el uso de medicamentos antimicrobianos.

Se han modificado los modelos de certificados oficiales para la entrada en la UE de todos los productos derivados de animales de granja, y se ha añadido la prohibición al certificado de salud pública. Esta adición declara que los productos se han obtenido de animales a los que no se les han administrado medicamentos antimicrobianos:

El anexo de la regulación 2024/399 recoge la redacción de la declaración que debe incluirse en el certificado para cada categoría de productos de origen animal (por el que se modifica el anexo III de la regulación 2020/2235), y para cada categoría de animales terrestres vivos (por el que se modifica el anexo II de la regulación 2021/403); véanse las referencias a los modelos pertinentes en la tabla 1.

Por ejemplo, la declaración relativa a la carne de vacuno reza así:

Yo, el veterinario oficial abajo firmante, declaro que conozco los requisitos pertinentes de la regulación (UE) 2019/6 del Parlamento Europeo y del Consejo y de la Regulación Delegada (UE) 2023/905 de la Comisión, y por la presente certifico que la carne fresca de animales bovinos domésticos (incluidas las especies Bison y Bubalus y sus cruces) descrita en la parte I se ha producido de conformidad con dichos requisitos, y, en particular, que a los animales de los que procede la carne no se les han administrado medicamentos antimicrobianos para estimular el crecimiento o aumentar el rendimiento, ni medicamentos antimicrobianos que contengan un antimicrobiano incluido en la lista de antimicrobianos reservados para el tratamiento de determinadas infecciones en seres humanos establecida en la regulación de la Comisión (UE) 2022/1255, tal y como se establece en el artículo 3 del Reglamento Delegado (UE) 2023/905, y proceden de un tercer país o de una región del mismo que figure en la lista elaborada de conformidad con el artículo 5, apartado 2, del Reglamento Delegado (UE) 2023/905.

(Fuente: Regulación 2024/399)

Según la rectificación, la nota a pie de página del certificado en la que se indica la fecha de aplicación se ha corregido de la siguiente manera:

«Aplicable a los cargamentos que entren en la Unión a partir del 3 de septiembre de 2026.»

se sustituye por:

«Aplicable a los cargamentos, tanto certificados como que entren en la Unión, a partir del 3 de septiembre de 2026».

Esto significa que, si el certificado se firma antes del 3 de septiembre, la declaración relativa a los antimicrobianos debe tacharse, ya que no es aplicable aunque el cargamento entre en la UE después del 3 de septiembre.

¿Por qué?

Los certificados oficiales con atestados firmados por las autoridades de países no pertenecientes a la UE garantizan que sólo se exportan a la UE alimentos producidos de conformidad con la legislación comunitaria.

Cronología

Los nuevos modelos de certificados entrarán en vigor el 3 de septiembre de 2026.

¿cuáles son las principales consecuencias para los países exportadores?

Para obtener más información sobre las implicaciones de las nuevas reglas relativas al uso de determinados antimicrobianos en animales de granja vivos y en sus productos que se exportan a la UE, véase «Reglas sobre antimicrobianos prohibidos en productos animales importados» y la guía de AGRINFO: «Uso de antimicrobianos en animales de granja en la cadena alimentaria».

Es posible que las autoridades competentes de los países exportadores tengan que elaborar legislación nacional o adaptar sus sistemas de control para poder garantizar el cumplimiento de la normativa.

Acciones recomendadas

Las autoridades competentes y los operadores de los países exportadores deberán asegurarse de que utilizan el modelo correcto del certificado oficial y de que las declaraciones pertinentes estén firmadas a partir del 3 de septiembre de 2026.

Antecedentes

La regulación 2019/6 (art. 118, apartado 1) exige a los operadores de países no pertenecientes a la UE que exporten animales o productos de origen animal a la UE que respeten la prohibición del uso de medicamentos antimicrobianos destinados a promover el crecimiento o aumentar el rendimiento, así como del uso de antimicrobianos reservados para el tratamiento de determinadas infecciones en seres humanos.

De conformidad con la regulación delegada 2023/905 (art. 4, apartado 1, letra b)), los cargamentos de animales o productos de origen animal en cuestión que entren en la UE procedentes de países no pertenecientes a la UE deben ir acompañados de un certificado oficial que acredite el cumplimiento de la prohibición de la UE sobre el uso de medicamentos antimicrobianos. Se modifican los modelos de certificados existentes para incluir las declaraciones de conformidad pertinentes de conformidad con la regulación 2019/6 (véanse las reglas sobre antimicrobianos prohibidos en productos de origen animal importados).

Recursos

Regulación (UE) 2023/905 en lo que respecta a la aplicación de la prohibición del uso de determinados medicamentos antimicrobianos en animales o en productos de origen animal exportados desde terceros países a la Unión

Regulación (UE) 2019/6 sobre medicamentos veterinarios

Comisión Europea (2024) Situación actual respecto a la aplicación de la regulación Delegada (UE) 2023/905 de la Comisión, Presentación, Reunión entre la Comisión Europea y países no pertenecientes a la UE, 6 de marzo.

Comisión Europea: Aplicación del Reglamento de la UE sobre medicamentos veterinarios: regulaciones delegadas y de ejecución.

Seminario web de AGRINFO: Uso de antimicrobianos en animales de granja

Guía de AGRINFO: Uso de antimicrobianos en animales de granja en la cadena de suministro alimentario

Fuentes

Corrección de errores de la regulación de ejecución (UE) 2024/2020 de la Comisión, por la que se modifica y se corrige el anexo III de la regulación de ejecución (UE) 2020/2235 en lo que respecta a los modelos de certificados para la entrada en la Unión de cargamentos de determinadas categorías de animales y determinados productos de origen animal destinados al consumo humano, y por el que se corrige la regulación (UE) 2024/399

Corrección de errores de la regulación de ejecución (UE) 2024/399 de la Comisión, por la que se modifica el anexo III de la regulación de ejecución (UE) 2020/2235 y el anexo II de la regulación de ejecución (UE) 2021/403 en lo que respecta a los modelos de certificados para la entrada en la Unión de cargamentos de determinados productos de origen animal y determinadas categorías de animales

Regulación de Ejecución (UE) 2024/2020 de la Comisión, por la que se modifica y se corrige el anexo III de la Regulación de Ejecución (UE) 2020/2235 en lo que respecta a los modelos de certificados para la entrada en la Unión de cargamentos de determinadas categorías de animales y determinados productos de origen animal destinados al consumo humano, y por el que se corrige la regulación (UE) 2024/399

Reglamento de Ejecución (UE) 2024/399 de la Comisión, por el que se modifica el anexo III del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/2235 y el anexo II del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/403 en lo que respecta a los modelos de certificados para la entrada en la Unión de cargamentos de determinados productos de origen animal y determinadas categorías de animales

Tablas y figuras

AG00275_Table1_24-07-26

Source: Regulations 2020/2235, 2021/403

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Modelos de certificados sanitarios de la UE para productos animales adaptados para incluir los antimicrobianos

Corrigendum to Commission Implementing Regulation (EU) 2024/2020 amending and correcting Annex III to Implementing Regulation (EU) 2020/2235 as regards model certificates for the entry into the Union of consignments of certain categories of animals and certain products of animal origin intended for human consumption, and correcting Implementing Regulation (EU) 2024/399

Corrigendum to Commission Implementing Regulation (EU) 2024/399 amending Annex III to Implementing Regulation (EU) 2020/2235 and Annex II to Implementing Regulation (EU) 2021/403 as regards model certificates for the entry into the Union of consignments of certain products of animal origin and certain categories of animals

Commission Implementing Regulation (EU) 2024/2020

Commission Implementing Regulation (EU) 2024/399

¿qué está cambiando y por qué?

A partir de septiembre de 2026, la Unión Europea (UE) prohibirá el uso de determinados medicamentos (antimicrobianos) en animales vivos de granja y en sus productos que se exporten a la UE. (Véanse las Reglas sobre antimicrobianos prohibidos en productos animales importados para obtener información sobre la aplicación de la regulación 2023/905; y la Guía de AGRINFO: Uso de antimicrobianos en animales de granja en la cadena alimentaria).

En 2024, se modificaron los modelos de certificados oficiales de entrada en la UE (que abarcan todos los productos derivados de animales de granja) para incluir esta prohibición en la declaración de salud pública. A partir del 3 de septiembre, la declaración deberá estar firmada por la autoridad competente, que confirmará que los animales y sus productos derivados nunca han sido tratados con medicamentos antimicrobianos prohibidos que favorezcan el crecimiento o aumenten el rendimiento, o que estén destinados exclusivamente al uso en seres humanos.

Las referencias a los modelos de certificados oficiales con las declaraciones figuran en la Tabla 1.

Acciones

Las autoridades competentes y los operadores de los países que exportan animales y productos de origen animal a la UE deben asegurarse de que se utilice el modelo correcto del certificado oficial y de que las declaraciones pertinentes se firmen a partir del 3 de septiembre de 2026.

Cronología

Los nuevos modelos de certificados entrarán en vigor a partir del 3 de septiembre de 2026.

Tablas y figuras

AG00275_Table1_24-07-26

Source: Regulations 2020/2235, 2021/403

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