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(EU) 2022/7

Modelo de certificado privado para productos compuestos estables en almacén que contengan productos lácteos

  • Animal health certification

Resumen

La Comisión Europea ha sustituido el modelo de certificado privado que deben cumplimentar los operadores para los productos compuestos estables en almacén que contienen productos lácteos. Esta versión actualizada tiene en cuenta las modificaciones introducidas en otros Reglamentos relativos a los tratamientos de reducción del riesgo de los productos lácteos.

La Comisión Europea sustituye el modelo de certificado privado de los operadores para los productos compuestos estables que contienen productos lácteos

Reglamento de Ejecución (UE) 2022/7 de la Comisión, de 5 de enero de 2022, por el que se modifica el anexo V del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/2235 en lo que respecta a los requisitos zoosanitarios para la entrada en la Unión de productos lácteos contenidos en productos compuestos estables en almacén

Actualización

La Comisión Europea ha sustituido el modelo de certificado privado que deben cumplimentar los operadores para los productos compuestos estables en almacén que contienen productos lácteos. Esta versión actualizada tiene en cuenta las modificaciones introducidas en otros Reglamentos relativos a los tratamientos de reducción del riesgo de los productos lácteos.

Productos afectados

productos compuestos estables en almacén que contienen productos lácteos

¿qué está cambiando?

La UE ha modificado la certificación privada de sanidad animal para incluir los casos en que los productos lácteos contenidos en un producto compuesto

  • no hayan sido sometidos a un tratamiento específico de reducción del riesgo; o
  • han sido sometidos a un tratamiento específico de reducción del riesgo previsto en las columnas A o B del cuadro que figura en el anexo XXVII del Reglamento Delegado (UE) 2020/692; o bien
  • "hayan sido sometidos a un tratamiento específico de reducción del riesgo al menos equivalente a uno de los tratamientos previstos en la columna B del cuadro que figura en el anexo XXVII del Reglamento Delegado (UE) 2020/692" (esta opción se mantiene sin modificaciones).

Se han añadido/completado las notas a pie de página asociadas a estos tres casos.

¿Por qué?

La certificación privada no estaba completa en lo que respecta a los tratamientos de reducción del riesgo para los productos lácteos. Debía tener en cuenta la modificación del Reglamento Delegado (UE) 2020/692 por el Reglamento Delegado (UE) 2021/1703.

Cronología

Fecha de publicación: 6 de enero de 2022

Fecha de entrada en vigor: 7 de enero de 2022

¿cuáles son las principales consecuencias para los países exportadores?

Cuando se produzca una modificación en los certificados o atestados, es importante utilizar la versión actualizada para evitar cualquier riesgo de rechazo en la frontera de la UE.

Acciones recomendadas

Para los exportadores a la UE de productos compuestos estables que contengan productos lácteos, es importante utilizar la nueva certificación privada de sanidad animal.

Fondo

Los países que exportan animales vivos y productos de origen animal a la UE deben enviar las partidas acompañadas de certificados zoosanitarios/oficiales firmados por sus veterinarios oficiales. El objetivo es garantizar que las partidas cumplen los requisitos legislativos de la UE.

En el caso de los productos compuestos estables en almacén que contienen productos lácteos, como el riesgo es menor, basta con un certificado privado para el requisito de sanidad animal. Debe ir firmada por un representante del explotador de la empresa alimentaria importadora.

Estas atestaciones/certificados privados se establecen en el Reglamento (UE) 2020/2235 para determinadas categorías de animales (peces, insectos, caracoles), productos de origen animal, productos compuestos, y brotes y semillas, en cumplimiento del Reglamento de la Ley de Sanidad Animal (UE) 2016/429 y el Reglamento de Controles Oficiales (UE) 2017/625.

Además, el Reglamento Delegado (UE) 2020/692 complementa las normas zoosanitarias relativas a la exportación a la UE de determinados productos de origen animal. El artículo 163, modificado por el Reglamento Delegado (UE) 2021/1703, establece requisitos específicos para la exportación a la UE de productos de origen animal contenidos en productos compuestos estables en almacén. Entre otras cosas, el artículo 163 establece requisitos de tratamiento de reducción del riesgo aplicables a los productos lácteos contenidos en dichos productos compuestos, teniendo en cuenta la situación sanitaria del tercer país o territorio, o zona de origen.

Recursos

Fuentes

Reglamento de aplicación (UE) 2022/7

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