LMR de fluralaner en peces de aleta
- Veterinary residues
Resumen
La Unión Europea (UE) ha fijado un límite máximo de residuos (LMR) para la sustancia fluralaner, utilizada en medicamentos veterinarios en peces de aleta.
La UE establece LMR para el fluralaner en aletas de pescado
Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1908 de la Comisión, de 24 de septiembre de 2025, por el que se modifica el Reglamento (UE) nº 37/2010 en lo que respecta a la clasificación de la sustancia fluralaner con respecto a su límite máximo de residuos en los alimentos de origen animal
Actualización
La Unión Europea (UE) ha fijado un límite máximo de residuos (LMR) para la sustancia fluralaner, utilizada en medicamentos veterinarios en peces de aleta.
Productos afectados
Peces de aleta
¿qué está cambiando?
La UE ha fijado un LMR para el fluralaner de 65 μg/kg para los salmónidos y otros peces de aleta, aplicable al músculo y la piel en proporciones naturales. Ya existían LMR para las aves de corral.
¿Por qué?
En abril de 2024, Farmacologia En Aquacultura Veterinaria presentó una solicitud a la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) relativa a los LMR de fluralaner en peces de aleta. Tras esta solicitud, y basándose en la opinión del Comité de Medicamentos Veterinarios, la EMA ha recomendado el establecimiento de LMRs para fluralaner utilizado en Salmónidos(CVMP 2025).
Cronología
El nuevo LMR se aplica a partir del 15 de octubre de 2025.
Antecedentes
El Reglamento 470/2009 exige que los LMR de sustancias farmacológicamente activas destinadas a utilizarse en medicamentos veterinarios administrados a animales productores de alimentos en la UE estén sujetos al dictamen de la EMA.
Las sustancias activas y sus LMR en alimentos de origen animal se establecen en el Reglamento 37/2010. El uso de fluralaner en medicamentos veterinarios para aves de corral ya estaba permitido.
Recursos
CVMP (2025) Dictamen de 12 de febrero de 2025 sobre el establecimiento de límites máximos de residuos (EMA/CVMP/27344/2025). Comité de Medicamentos Veterinarios.
Comisión Europea (2023) Planes de control de residuos de medicamentos veterinarios, plaguicidas y contaminantes.
Comisión Europea: Residuos de medicamentos veterinarios
Fuentes
Reglamento de Ejecución (UE) nº 2025/1908 de la Comisión por lo que se refiere a la clasificación de la sustancia fluralaner con respecto a su límite máximo de residuos en los alimentos de origen animal
Descargo de responsabilidad: COLEAD no se hace responsable de ninguna pérdida, daño, responsabilidad o gasto incurrido o sufrido como resultado de la utilización de la información disponible en este sitio web o de cualquier enlace a sitios externos. El uso del sitio web es por cuenta y riesgo exclusivo del usuario. Esta plataforma de información ha sido elaborada y mantenida con el apoyo financiero de la Unión Europea. No obstante, su contenido no refleja las opiniones de la Unión Europea.
La UE establece LMR para el fluralaner en aletas de pescado
Commission Implementing Regulation (EU) 2025/1908 as regards the classification of the substance fluralaner with respect to its maximum residue limit in foodstuffs of animal origin
¿qué está cambiando y por qué?
La Unión Europea (UE) ha establecido un límite máximo de residuos (LMR) para el fluralaner de 65 μg/kg para los salmónidos y otros peces de aleta, aplicable al músculo y la piel en proporciones naturales.
Cronología
El nuevo LMR se aplica a partir del 15 de octubre de 2025.
Descargo de responsabilidad: COLEAD no se hace responsable de ninguna pérdida, daño, responsabilidad o gasto incurrido o sufrido como resultado de la utilización de la información disponible en este sitio web o de cualquier enlace a sitios externos. El uso del sitio web es por cuenta y riesgo exclusivo del usuario. Esta plataforma de información ha sido elaborada y mantenida con el apoyo financiero de la Unión Europea. No obstante, su contenido no refleja las opiniones de la Unión Europea.