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2024/860

Supresión del LMR de 17β-estradiol en alimentos de origen animal

  • Food safety
  • Veterinary residues

Resumen

La Unión Europea ha eliminado el límite máximo de residuos (LMR) para el 17β-estradiol, incluso para uso terapéutico y zootécnico en mamíferos.

La UE suprime el LMR de 17β-estradiol en los alimentos de origen animal

Reglamento de Ejecución (UE) 2024/860 de la Comisión, de 18 de marzo de 2024, por el que se modifica el Reglamento (UE) nº 37/2010 en lo relativo a la sustancia 17β-estradiol

Actualización

La Unión Europea ha eliminado el límite máximo de residuos (LMR) para el 17β-estradiol, incluso para uso terapéutico y zootécnico en mamíferos.

Productos afectados

Mamíferos productores de alimentos

¿qué está cambiando?

El Reglamento 37/2010 establece los LMR aceptados en alimentos de origen animal. el 17β-estradiol estaba autorizado en mamíferos únicamente con fines terapéuticos y zootécnicos (para mejorar la genética de los animales reproductores). Esa autorización se suprime ahora.

¿Por qué?

Este cambio alinea el Reglamento 37/2010 con la Directiva 96/22, que prohíbe el uso de 17β-estradiol en animales destinados a la producción de alimentos.

Cronología

Se aplica a partir del 8 de abril de 2024.

¿cuáles son las principales consecuencias para los países exportadores?

Los alimentos procedentes de mamíferos exportados a la UE no deben contener 17β-estradiol. No se permite el uso de 17β-estradiol en animales destinados a la producción de alimentos, ni siquiera para uso terapéutico y zootécnico.

Acciones recomendadas

Los alimentos procedentes de mamíferos exportados a la UE no deben contener 17β-estradiol. Las autoridades competentes y los productores de países no pertenecientes a la UE en los que el 17β-estradiol pueda utilizarse con fines terapéuticos y zootécnicos deberán asegurarse de que se aplica un tratamiento alternativo con sustancias permitidas (véase Controles oficiales de residuos de medicamentos veterinarios en productos de origen animal).

Fondo

El Reglamento 37/2010 establece los LMR de sustancias farmacológicamente activas aceptadas en alimentos de origen animal. Cualquier sustancia que no se menciona específicamente en este reglamento para los usos descritos, no se puede utilizar en animales productores de alimentos.

Recursos

Comisión Europea (2023) Planes de control de residuos de medicamentos veterinarios, plaguicidas y contaminantes

Comisión Europea Residuos de medicamentos veterinarios

Directiva 96/22

Fuentes

Reglamento de aplicación (UE) 2024/860

Reglamento 37/2010

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La UE suprime el LMR de 17β-estradiol en los alimentos de origen animal

Commission Implementing Regulation (EU) 2024/860 as regards the substance 17β-oestradiol

¿qué está cambiando y por qué?

La Unión Europea ha eliminado el límite máximo de residuos (LMR) de 17β-estradiol, incluso para uso terapéutico y zootécnico en mamíferos.

El Reglamento 37/2010 establece los LMR de sustancias farmacológicamente activas aceptadas en alimentos de origen animal. el 17β-estradiol estaba autorizado en mamíferos únicamente con fines terapéuticos y zootécnicos (para mejorar la genética de los animales reproductores). Esta autorización se ha suprimido.

La Directiva 96/22 prohíbe el uso de 17β-estradiol en animales destinados a la producción de alimentos.

Acciones

Los alimentos procedentes de mamíferos exportados a la UE no deben contener 17β-estradiol. Las autoridades competentes y los productores de países no pertenecientes a la UE en los que el 17β-estradiol pueda utilizarse con fines terapéuticos y zootécnicos deberán asegurarse de que se aplica un tratamiento alternativo con sustancias permitidas (véase Controles oficiales de residuos de medicamentos veterinarios en productos de origen animal).

Cronología

Se aplica a partir del 8 de abril de 2024.

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