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2022/2464, 2026/470

Directiva sobre informes de sostenibilidad de las empresas (CSRD)

  • Due diligence

Resumen

La CSRD establece reglas para mejorar la calidad, claridad y comparabilidad de los informes de sostenibilidad de las empresas (Directiva 2022/2464). Esto ayuda a los inversores, las organizaciones de la sociedad civil, los consumidores y otras partes interesadas a evaluar los resultados de las empresas en materia de sostenibilidad.

Desde que se adoptó por primera vez, esta Directiva ha sido objeto de una serie de cambios (véanse los antecedentes). La última revisión, de febrero de 2026, introdujo los siguientes cambios clave

  • la obligación de informar se limita a las mayores empresas que superen un volumen de negocios neto de 450 millones de euros y un número medio de 1.000 empleados durante el ejercicio (con condiciones diferentes para las empresas con sede en la UE y las que no)
  • se imponen restricciones a la información que las empresas declarantes pueden solicitar a los proveedores que sean empresas más pequeñas (menos de 1.000 empleados); la Comisión Europea aclarará qué información pueden solicitar las empresas declarantes a los proveedores más pequeños a mediados de 2026.
  • Las empresas que actualmente no están obligadas a informar deberán presentar informes en 2028 sobre el impacto sostenible de sus actividades realizadas en 2027. Las empresas no comunitarias tendrán que publicar su primer informe en 2029 (sobre el ejercicio 2028).

La UE modifica la obligación de las empresas de informar sobre sostenibilidad

Directiva (UE) 2026/470 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de febrero de 2026, por la que se modifican las Directivas 2006/43/CE, 2013/34/UE, (UE) 2022/2464 y (UE) 2024/1760 en lo que respecta a determinados requisitos de información sobre la sostenibilidad de las empresas y de diligencia debida sobre la sostenibilidad de las empresas

Directiva (UE) 2022/2464 en lo que respecta a los informes de sostenibilidad de las empresas (versión modificada por la Directiva 2026/470)

Directiva 2013/34/UE sobre los estados financieros anuales, los estados financieros consolidados y los informes afines de ciertos tipos de empresas (versión modificada por la Directiva 2026/470)

Actualización

La CSRD establece reglas para mejorar la calidad, claridad y comparabilidad de los informes de sostenibilidad de las empresas (Directiva 2022/2464). Esto ayuda a los inversores, las organizaciones de la sociedad civil, los consumidores y otras partes interesadas a evaluar los resultados de las empresas en materia de sostenibilidad.

Desde que se adoptó por primera vez, esta Directiva ha sido objeto de una serie de cambios (véanse los antecedentes). La última revisión, de febrero de 2026, introdujo los siguientes cambios clave

  • la obligación de informar se limita a las mayores empresas que superen un volumen de negocios neto de 450 millones de euros y un número medio de 1.000 empleados durante el ejercicio (con condiciones diferentes para las empresas con sede en la UE y las que no)
  • se imponen restricciones a la información que las empresas declarantes pueden solicitar a los proveedores que sean empresas más pequeñas (menos de 1.000 empleados); la Comisión Europea aclarará qué información pueden solicitar las empresas declarantes a los proveedores más pequeños a mediados de 2026.
  • Las empresas que actualmente no están obligadas a informar deberán presentar informes en 2028 sobre el impacto sostenible de sus actividades realizadas en 2027. Las empresas no comunitarias tendrán que publicar su primer informe en 2029 (sobre el ejercicio 2028).

¿qué está cambiando?

La Directiva 2022/2464 obliga a determinadas empresas a elaborar y publicar informes sobre la sostenibilidad de su actividad. Tras los cambios introducidos en la Directiva en febrero de 2026, los principales requisitos son ahora los siguientes.

Las empresas más grandes deben informar sobre sostenibilidad

Las siguientes empresas de mayor tamaño están obligadas a informar sobre sostenibilidad:

  • "empresas de la UE" (lo que significa que la empresa matriz tiene su sede en la UE) que tengan un volumen de negocios neto de 450 millones de euros y un número medio de 1.000 empleados durante el ejercicio (art. 29 bis)
  • "empresas no pertenecientes a la UE" con un volumen de negocios neto en la UE superior a 450 millones de euros en cada uno de los dos últimos ejercicios consecutivos (art. 40 bis)
  • "empresas no pertenecientes a la UE" que tengan una sucursal o filial en la UE con un volumen de negocios neto superior a 200 millones de euros en el ejercicio anterior (Art. 40a).

Los informes exigen información detallada sobre sostenibilidad

La Directiva exige a las empresas que informen tanto de su impacto en las personas y el medio ambiente (externo) como de la forma en que ese impacto genera riesgos y oportunidades financieras para la empresa (interno). Es lo que se conoce como "doble materialidad". La información requerida incluye

  • una explicación de cómo la estrategia de la empresa está en consonancia con los objetivos del Acuerdo de París de limitar el calentamiento global a 1,5 °C y el objetivo de la UE de lograr la neutralidad climática para 2050 (establecido en la Ley Europea del Clima: Reglamento 2021/1119)
  • principales impactos adversos reales o potenciales de las propias operaciones de la empresa sobre la sostenibilidad, y cualquier medida adoptada para prevenir o mitigar esos impactos adversos.

La información específica que deben presentar las empresas se establece en las Normas Europeas para la Elaboración de Informes de Sostenibilidad (ESRS) (Reglamento 2023/2772). Las ESRS cubren, por ejemplo

  • factores medioambientales, por ejemplo, mitigación del cambio climático y adaptación al mismo, recursos hídricos y marinos, contaminación
  • los derechos sociales y humanos, como la igualdad de trato, las condiciones laborales y el respeto de los derechos humanos, incluidos los derechos laborales
  • factores de gobernanza, por ejemplo, sistemas de control y gestión de riesgos, ética empresarial, actividades de los grupos de presión.

La Comisión Europea revisará el ESRS antes de finales de 2026 para simplificar y racionalizar los informes de sostenibilidad.

Las grandes empresas no deben pedir excesiva información a las pequeñas

Una nueva categoría de "empresas protegidas" incluye a las empresas con una media de menos de 1.000 empleados durante el ejercicio. Las empresas protegidas

  • son una categoría autodeclarada por las empresas más pequeñas - las grandes empresas no están obligadas a tomar medidas para verificar esta información a menos que tengan razones para creer que la información no es exacta (art. 29ca)
  • no tienen que facilitar a la empresa declarante más información que la establecida en las normas voluntarias para la elaboración de informes de sostenibilidad. Estas normas deberán adoptarse antes de julio de 2026 y se basarán en la Recomendación 2025/17 de la Comisión10
  • no están obligados a cumplir las cláusulas de los contratos que soliciten información que vaya más allá de las normas voluntarias
  • deben ser informados por la empresa declarante de si la información solicitada va más allá de las normas voluntarias, y de su derecho a negarse a facilitar dicha información.

La Recomendación 2025/1710 sobre normas voluntarias de sostenibilidad enumera los siguientes tipos de información que pueden solicitarse legítimamente a los proveedores.

Métricas medioambientales:

  • energía y emisiones de gases de efecto invernadero
  • contaminación del aire, el agua y el suelo
  • biodiversidad
  • agua
  • uso de recursos, economía circular y gestión de residuos.

Métricas sociales:

  • salud y seguridad
  • renumeración, negociación colectiva y formación.

¿Por qué?

Las reglas de la UE sobre informes de sostenibilidad de las empresas (Directiva 2022/2464) establecen principios para que las grandes empresas cotizadas comuniquen anualmente información sobre sostenibilidad. La mejora de la información sobre sostenibilidad se considera importante para los inversores, que necesitan comprender los riesgos y oportunidades relacionados con la sostenibilidad, y también para que las organizaciones de la sociedad civil puedan exigir a las empresas que rindan cuentas de su comportamiento. La armonización de la información pretendía facilitar las comparaciones entre empresas.

Sin embargo, en 2025 la UE decidió que la carga normativa creada por estas reglas podría tener repercusiones económicas negativas en las empresas y en la competitividad de la UE. La Directiva revisada reduce en cerca de un 80% el número de empresas que deben informar sobre sostenibilidad en comparación con las reglas de 2022 (véanse las preguntas y respuestas sobre la simplificación ómnibus I y II).

Cronología

La mayoría de las empresas con sede en la UE que están obligadas a informar sobre la sostenibilidad empresarial deben hacerlo a partir de 2028 (con respecto al ejercicio 2027). En el caso de las empresas de fuera de la UE obligadas a informar sobre la sostenibilidad empresarial, esta obligación se aplica a partir de 2029 (con respecto al ejercicio 2028).

¿cuáles son las principales consecuencias para los países exportadores?

La mayoría de los operadores de los países de renta baja y media no entrarán en el ámbito de aplicación de esta Directiva (es decir, no alcanzarán el umbral de un volumen de negocios superior a 450 millones de euros, o 200 millones de euros en la UE).

Sin embargo, las empresas de la cadena agroalimentaria que sean lo suficientemente grandes como para informar sobre sostenibilidad necesitarán información de los proveedores para cumplir estas obligaciones. Esto significa que se podrá pedir a los proveedores de países no pertenecientes a la UE que faciliten información relativa a las repercusiones medioambientales y sociales de su producción y transformación de alimentos.

Las empresas más pequeñas que entren en la categoría de "empresas protegidas" no tendrán que suministrar información sobre sostenibilidad más allá de la establecida en las normas voluntarias de sostenibilidad (cuya publicación está prevista para mediados de 2026). Pero estas reglas no impiden que los compradores soliciten información adicional para cumplir otras exigencias, por ejemplo para cumplir requisitos de certificación privada.

Antecedentes

La CSRD establece reglas para mejorar la calidad, claridad y comparabilidad de los informes de sostenibilidad de las empresas. Las empresas deben incluir una sección dedicada a la sostenibilidad en sus informes de gestión, en la que expongan el impacto de las operaciones de la empresa en su desarrollo, rendimiento y posición. Las Normas Europeas para la Elaboración de Informes de Sostenibilidad asociadas pretenden garantizar que todas las empresas proporcionen datos fiables y coherentes que permitan a las partes interesadas comparar sus resultados en materia de sostenibilidad. La mejora de la información sobre sostenibilidad es importante para los inversores, que necesitan comprender los riesgos y oportunidades relacionados con la sostenibilidad, y para las organizaciones de la sociedad civil que buscan que las empresas rindan cuentas de sus acciones.

Antes de las últimas modificaciones introducidas en febrero de 2026, la Directiva había sido objeto de una serie de cambios y adiciones:

  • En julio de 2023, la Comisión adoptó las Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad para ayudar a las empresas a gestionar y comunicar sus resultados en materia de sostenibilidad. Estas normas se publicaron en la regulación 2023/2772.
  • En agosto de 2024, la Comisión publicó un documento de preguntas frecuentes para aclarar aspectos de las reglas.
  • En febrero de 2025, la Comisión Europea publicó una propuesta para modificar determinadas partes de la Directiva sobre informes de sostenibilidad empresarial, reduciendo el número de empresas que deben informar en virtud de la CSRD, limitando la información que las grandes empresas pueden solicitar a las empresas más pequeñas y retrasando 2 años la aplicación de determinados requisitos de información.
  • En abril de 2025, la UE aceptó el aplazamiento de 2 años propuesto por la Comisión Europea (Directiva 2025/794).

Recursos

Recursos en línea de la Comisión Europea:

Recomendación (UE) 2025/1710 de la Comisión, de 30 de julio de 2025, relativa a una norma voluntaria para la elaboración de memorias de sostenibilidad para las pequeñas y medianas empresas

Reglamento Delegado (UE) 2023/2772 de la Comisión en lo relativo a las normas para memorias de sostenibilidad

Reglamento (UE) 2021/1119 por el que se establece el marco para conseguir la neutralidad climática y se modifican los Reglamentos (CE) nº 401/2009 y (UE) 2018/1999 ("Ley Europea del Clima")

Reglamento (UE) nº 537/2014 sobre los requisitos específicos relativos a la auditoría legal de las entidades de interés público (Reglamento de Auditoría)

Directiva 2006/43/CE relativa a la auditoría legal de las cuentas anuales y de las cuentas consolidadas (Directiva de auditoría)

Directiva 2004/109/CE sobre la armonización de los requisitos de transparencia relativos a la información sobre los emisores cuyos valores se admiten a negociación en un mercado regulado (Directiva de Transparencia).

Fuentes

Directiva (UE) 2026/470 en lo relativo a determinados requisitos de información sobre la sostenibilidad de las empresas y de diligencia debida con respecto a la sostenibilidad de las empresas

Directiva (UE) 2022/2464 en lo relativo a los informes de sostenibilidad de las empresas (versión modificada por la Directiva 2026/470)

Directiva 2013/34/UE sobre los estados financieros anuales, los estados financieros consolidados y los informes afines de ciertos tipos de empresas

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La UE modifica la obligación de las empresas de informar sobre sostenibilidad

Directive (EU) 2026/470 as regards certain corporate sustainability reporting requirements and certain corporate sustainability due diligence requirements

Directive (EU) 2022/2464 as regards corporate sustainability reporting

Directive 2013/34/EU on the annual financial statements, consolidated financial statements and related reports of certain types of undertakings

¿qué está cambiando y por qué?

La CSRD establece reglas para mejorar la calidad, claridad y comparabilidad de los informes de las empresas sobre cómo afectan sus actividades al medio ambiente y la sociedad (Directiva 2022/2464). Esto ayuda a los inversores, las organizaciones de la sociedad civil, los consumidores y otras partes interesadas a evaluar los resultados de las empresas en materia de sostenibilidad.

Desde que se adoptó por primera vez, esta Directiva ha sido objeto de una serie de cambios (véase el informe completo). La última revisión, en febrero de 2026, introdujo los siguientes cambios clave:

Solo las empresas más grandes tienen que informar sobre sostenibilidad. Esto incluye a las empresas radicadas en la UE con más de 450 millones de euros de facturación y al menos 1.000 empleados. También incluye a las empresas de fuera de la UE que ganen más de 450 millones de euros en la UE durante 2 años seguidos, o que tengan una sucursal o filial en la UE con más de 200 millones de euros de facturación.

Lasempresas deben facilitar información detallada sobre sostenibilidad. Deben explicar

  • cómo repercuten sus actividades en el medio ambiente y las personas, y
  • cómo estos impactos crean riesgos u oportunidades financieras para la empresa.

Esto se denomina "doble materialidad". Las empresas también deben mostrar cómo su estrategia apoya los objetivos climáticos globales, como limitar el calentamiento global a 1,5 ºC y alcanzar la neutralidad climática en 2050. Deben describir cualquier impacto negativo que causen y lo que están haciendo para reducirlo.

Los informes deben seguir las Normas Europeas para la Elaboración de Informes de Sostenibilidad (ESRS). Éstas abarcan cuestiones medioambientales (cambio climático, contaminación, agua), sociales (condiciones laborales, derechos humanos) y de gobernanza (ética empresarial, gestión de riesgos). La UE simplificará estas normas para finales de 2026.

Las empresas más pequeñas están protegidas. Las empresas con menos de 1.000 empleados están protegidas de las grandes empresas que les piden demasiada información sobre sostenibilidad. Las empresas más pequeñas sólo tienen que facilitar la información establecida en unas normas de sostenibilidad voluntarias más limitadas (que se adoptarán en julio de 2026), y pueden rechazar solicitudes adicionales.

Cronología

La mayoría de las empresas con sede en la UE que están obligadas a informar sobre la sostenibilidad empresarial deben hacerlo a partir de 2028 (en relación con el ejercicio 2027). En el caso de las empresas no pertenecientes a la UE obligadas a informar sobre la sostenibilidad empresarial, esta obligación se aplica a partir de 2029 (en relación con el ejercicio 2028).

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