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2023/52, 2025/1537

Nuevo alimento: 3-Fucosilactosa producida por una cepa derivada de E. coli BL21 (DE3)

  • Novel/traditional foods

Resumen

La Comisión Europea aumenta los niveles máximos permitidos del nuevo alimento 3-Fucosilactosa producido por una cepa derivada de Escherichia coli BL21 (DE3). Este nuevo alimento se autorizó por primera vez en virtud del Reglamento 2023/52.

La UE modifica las especificaciones del nuevo alimento 3-Fucosilactosa producido por una cepa derivada de E. coli BL21 (DE3)

Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1537 de la Comisión por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470 en lo que respecta a las condiciones de uso del nuevo alimento "3-fucosilactosa producida por una cepa derivada de Escherichia coli BL21 (DE3)

Actualización

La Comisión Europea aumenta los niveles máximos permitidos del nuevo alimento 3-Fucosilactosa producido por una cepa derivada de Escherichia coli BL21 (DE3). Este nuevo alimento se autorizó por primera vez en virtud del Reglamento 2023/52.

Productos afectados

Preparados para lactantes, preparados de continuación, alimentos elaborados a base de cereales, bebidas lácteas, alimentos para usos médicos especiales, complementos alimenticios

¿qué está cambiando?

La Unión Europea (UE) ha modificado las condiciones de uso de E. coli BL21 (DE3) en preparados para lactantes y preparados de continuación, alimentos elaborados a base de cereales y alimentos infantiles para lactantes y niños de corta edad, bebidas lácteas y alimentos destinados a usos médicos especiales.

Los niveles máximos de uso autorizados para este ingrediente se han aumentado a:

  • 1.75 g/l en preparados para lactantes (frente a 0,9 g/l), preparados de continuación (frente a 0,9 g/l) y alimentos para lactantes y niños de corta edad destinados a usos médicos especiales (frente a 1,2 g/l)
  • 4.0 g/día en los complementos alimenticios destinados a la población general, excluidos los lactantes y los niños de corta edad (frente a 3,0 g/día).

Sólo la empresa que solicitó la autorización inicial de nuevo alimento, Chr. Hansen A/S, está autorizada a comercializar el nuevo alimento en la UE hasta el 25 de enero de 2028, a menos que otra empresa obtenga una autorización de nuevo alimento para la 3-fucosilactosa producida con una cepa derivada de E. coli BL21(DE3) (sin referencia a los datos científicos protegidos por Chr. Hansen) o con el acuerdo de Chr. Hansen.

Cronología

Las nuevas condiciones de uso aprobadas para este nuevo alimento se aplicarán a partir del 19 de agosto de 2025.

Antecedentes

El presente Reglamento actualiza el anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470, que enumera los nuevos alimentos autorizados (véase la lista de nuevos alimentos de la Unión).

Recursos

Reglamento de Ejecución (UE) 2023/52 de la Comisión por el que se autoriza la comercialización de 3-fucosilactosa producida por una cepa derivada de Escherichia coli BL21(DE3) como nuevo alimento

Comisión Europea: Lista de la Unión de nuevos alimentos

Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470 de la Comisión por el que se establece la lista de la Unión de nuevos alimentos

Reglamento (UE) 2015/2283 sobre nuevos alimentos

Fuentes

Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1537 de la Comisión por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470 en lo que respecta a las condiciones de uso del nuevo alimento "3-Fucosilactosa producida por una cepa derivada de Escherichia coli BL21 (DE3)

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La UE modifica las especificaciones del nuevo alimento 3-Fucosilactosa producido por una cepa derivada de E. coli BL21 (DE3)

Commission Implementing Regulation (EU) 2025/1537 amending Implementing Regulation (EU) 2017/2470 as regards the conditions of use of the novel food ‘3-Fucosyllactose produced by a derivative strain of Escherichia coli BL21 (DE3)’

¿qué está cambiando y por qué?

La Unión Europea (UE) está aumentando los niveles máximos permitidos del nuevo alimento 3-Fucosilactosa producido por una cepa derivada de Escherichia coli BL21 (DE3). Este nuevo alimento se autorizó por primera vez en virtud del Reglamento 2023/52.

Se han modificado las condiciones de uso de E. coli BL21 (DE3) en preparados para lactantes y preparados de continuación, alimentos elaborados a base de cereales y alimentos infantiles para lactantes y niños de corta edad, bebidas lácteas y alimentos destinados a usos médicos especiales.

Los niveles máximos de uso autorizados para este ingrediente se han aumentado a:

  • 1.75 g/l en preparados para lactantes (frente a 0,9 g/l), preparados de continuación (frente a 0,9 g/l) y alimentos para lactantes y niños de corta edad destinados a usos médicos especiales (frente a 1,2 g/l)
  • 4.0 g/día en complementos alimenticios destinados a la población en general, excluidos los lactantes y los niños de corta edad (a partir de 3,0 g/día).

Estas condiciones de uso sólo se aplican a la empresa Chr. Hansen A/S, que solicitó la autorización inicial.

Cronología

Las nuevas condiciones de uso aprobadas para este nuevo alimento se aplicarán a partir del 19 de agosto de 2025.

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