Nuevo alimento: 3′-Sialilactosa sal sódica de cepas derivadas de E. coli
- Novel/traditional foods
Resumen
La Comisión Europea ha autorizado la sal sódica 3′-Sialilactosa, obtenida por fermentación microbiana utilizando la cepa genéticamente modificada BL21(DE3) de Escherichia coli, como nuevo alimento.
La Comisión Europea autoriza como nuevo alimento la sal sódica de 3′-sialilactosa obtenida a partir de la cepa BL21(DE3) de E. coli modificada genéticamente
Reglamento de Ejecución (UE) 2023/113 de la Comisión, de 16 de enero de 2023, por el que se autoriza la comercialización de sal sódica de 3′-sialilactosa producida por cepas derivadas de Escherichia coli BL21(DE3) como nuevo alimento y se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470
Actualización
La Comisión Europea ha autorizado la sal sódica 3′-Sialilactosa, obtenida por fermentación microbiana utilizando la cepa genéticamente modificada BL21(DE3) de Escherichia coli, como nuevo alimento.
Productos afectados
preparados para lactantes, preparados de continuación, alimentos infantiles, alimentos infantiles para usos médicos especiales, bebidas lácteas, complementos alimenticios
¿qué está cambiando?
la sal sódica 3′-Sialilactosa de cepas derivadas de E. coli BL21(DE3), ahora autorizada como nuevo alimento, puede utilizarse en los siguientes productos [regulados por el Reglamento (UE) nº 609/2013]:
- preparados para lactantes y preparados de continuación
- alimentos elaborados a base de cereales para lactantes y niños de corta edad
- alimentos infantiles para lactantes y niños de corta edad
- alimentos para usos médicos especiales (incluidos los destinados a lactantes y niños de corta edad)
- bebidas lácteas y productos similares destinados a niños pequeños.
También puede utilizarse en los complementos alimenticios definidos en la Directiva 2002/46/CE. Los detalles sobre el uso permitido figuran en el anexo del Reglamento.
Sólo la empresa que solicitó la autorización, Chr. Hansen A/S, está autorizada a comercializar el nuevo alimento en el mercado de la UE durante un período de 5 años, a menos que otra empresa obtenga una autorización de nuevo alimento para esta sal de sodio (sin referencia a los datos científicos protegidos por Chr. Hansen) o con el acuerdo de Chr. Hansen.
Cronología
El periodo de 5 años de derechos exclusivos de Chr. Hansen A/S para comercializar este nuevo alimento finaliza el 6 de febrero de 2028.
Fondo
El presente Reglamento actualiza el anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470, que enumera los nuevos alimentos autorizados.
Fuentes
Reglamento de Ejecución (UE) 2023/113 de la Comisión
Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470 de la Comisión (lista de la Unión de nuevos alimentos)
Reglamento (UE) 2015/2283
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