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2026/1306

Alimento nuevo: extracto de zanahoria enriquecido con ramnogalacturonano-I (cRG-I)

  • Food safety
  • Novel/traditional foods

Resumen

La Unión Europea (UE) ha autorizado el uso del extracto de zanahoria enriquecido con ramnogalacturonano-I (cRG-I) como nuevo alimento, bajo condiciones de uso específicas, en varias categorías, entre las que se incluyen los complementos alimenticios, los alimentos para fines médicos especiales, los alimentos dietéticos y los cereales transformados, entre otros.

La UE autoriza el extracto de zanahoria enriquecido con ramnogalacturonano-I (cRG-I) como nuevo alimento

Regulación de Ejecución (UE) 2026/1306 de la Comisión, de 11 de junio de 2026, por la que se autoriza la comercialización del ramnogalacturonano-I (cRG-I) como nuevo alimento y por la que se modifica la regulación (UE) 2017/2470

Actualización

La Unión Europea (UE) ha autorizado el uso del extracto de zanahoria enriquecido con ramnogalacturonano-I (cRG-I) como nuevo alimento, bajo condiciones de uso específicas, en varias categorías, entre las que se incluyen los complementos alimenticios, los alimentos para fines médicos especiales, los alimentos dietéticos y los cereales transformados, entre otros.

Productos afectados

Complementos alimenticios, alimentos para fines médicos especiales, sustitutos dietéticos totales para el control del peso, sustitutos de comidas para el control del peso, alimentos elaborados a base de cereales y alimentos para lactantes y niños pequeños, muesli y mezclas similares de cereales para el desayuno, barritas de cereales, bebidas a base de fruta, galletas, bizcochos y galletas dulces, sopas y concentrados de sopa, bebidas aromatizadas a base de leche, bebidas a base de yogur, sucedáneos de la leche, sucedáneos de la nata, sucedáneos del queso y sucedáneos del yogur.

¿qué está cambiando?

La Unión Europea (UE) ha autorizado el uso del extracto de zanahoria enriquecido con ramnogalacturonano-I (cRG-I) como nuevo alimento.

La autorización se aplica a varias categorías de alimentos, entre las que se incluyen:

  • complementos alimenticios para la población general mayor de 3 años: máximo de 1 500 mg al día
  • sustitución total de la dieta para el control del peso: un máximo de 1 500 mg al día
  • sustitutos de comidas para el control del peso: un máximo de 500 mg por comida
  • determinados cereales, barritas de cereales, galletas, sopas, bebidas a base de leche, bebidas de yogur, sustitutos de los productos lácteos y alimentos para bebés, con niveles máximos específicos establecidos para cada categoría.

Véase la tabla 1 para más detalles.

La UE exige que este nuevo alimento se etiquete como «extracto de zanahoria de ramnogalacturonano-I». Los complementos alimenticios que lo contengan deben indicar que no deben ser consumidos por niños menores de 3 años.

Solo la empresa que solicitó la autorización, NutriLeads B.V., está autorizada a comercializar en la UE productos que contengan cRG-I durante los próximos 5 años, a menos que conceda permiso o que otro solicitante obtenga una autorización independiente basada en datos propios.

¿Por qué?

La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria ha concluido que el cRG-I es seguro en las condiciones de uso propuestas (EFSA 2025).Sin embargo, la Comisión Europea cambió la denominación propuesta de «fibra de zanahoria» a «extracto de zanahoria», ya que la EFSA no evaluó si el producto se ajusta a la definición legal de fibra dietética establecida en la regulación 1169/2011. Se evita el término «fibra» porque podría inducir a error a los consumidores.

Cronología

Este nuevo alimento podrá comercializarse en la UE a partir del 2 de julio de 2026.

Antecedentes

La presente regulación actualiza el anexo del Reglamento (UE) 2017/2470, en el que figuran los nuevos alimentos autorizados (véase la lista de la Unión de nuevos alimentos). Para obtener más información sobre el proceso de autorización de nuevos alimentos de la UE, consulte la sección «Explicación sobre los nuevos alimentos».

Recursos

EFSA (2025) Seguridad de la fibra de zanahoria enriquecida con ramnogalacturonano-I (cRG-I) como nuevo alimento en virtud de la regulación (UE) 2015/2283. EFSA Journal, 23(7): e9537.

Directiva 2002/46/CE relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de complementos alimenticios.

Directiva 2001/112/CE del Consejo relativa a los zumos de frutas y a determinados productos similares destinados al consumo humano.

Fuentes

Regulación (UE) n.º 2026/1306 por la que se autoriza la comercialización del extracto de zanahoria enriquecido con ramnogalacturonano-I (cRG-I) como nuevo alimento

Tablas y figuras

AG00812-Table1-25-06-26

Source: Regulation (EU) 2026/1306

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La UE autoriza el extracto de zanahoria enriquecido con ramnogalacturonano-I (cRG-I) como nuevo alimento

Regulation (EU) 2026/1306 authorising the placing on the market of rhamnogalacturonan-I enriched carrot extract (cRG-I) as a novel food

¿qué está cambiando y por qué?

La Unión Europea (UE) ha autorizado el uso del extracto de zanahoria enriquecido con ramnogalacturonato-I (cRG-I) como nuevo alimento, basándose en la conclusión de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria de que es seguro para los consumidores en las condiciones de uso propuestas.

La autorización se aplica a varias categorías de alimentos, entre las que se incluyen:

  • complementos alimenticios para la población general mayor de 3 años: máximo 1 500 mg al día
  • sustitución total de la dieta para el control del peso: un máximo de 1 500 mg al día
  • sustitutos de comidas para el control del peso: máximo de 500 mg por comida
  • determinados cereales, barritas de cereales, galletas, sopas, bebidas a base de leche, bebidas de yogur, sustitutos de los productos lácteos y alimentos para bebés, con niveles máximos específicos establecidos para cada categoría.

Véase la tabla 1 para más detalles.

La UE exige que este nuevo alimento se etiquete como «extracto de zanahoria de ramnogalacturonano-I», y las etiquetas deben indicar que no debe ser consumido por niños menores de 3 años.

Solo la empresa que solicitó la autorización, NutriLeads B.V., está autorizada a comercializar en la UE productos que contengan cRG-I durante los próximos 5 años.

Cronología

Este nuevo alimento podrá comercializarse en la UE a partir del 2 de julio de 2026.

Tablas y figuras

AG00812-Table1-25-06-26

Source: Regulation (EU) 2026/1306

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