AGRINFO AGRINFO logo
Lo último sobre las políticas agroalimentarias de la ue que afectan a los países de renta baja y media
2024/3121, 2024/2794, 2024/2140, 2024/1748

Productos ecológicos: Reconocimiento de los organismos de control

  • Organic production

Resumen

Según el nuevo régimen ecológico de la Unión Europea (UE), a partir del 1 de enero de 2025 las autoridades y organismos de control deben figurar en la lista del Reglamento 2021/1378 como oficialmente aprobados (reconocidos) para realizar controles y certificaciones de productos ecológicos en países no pertenecientes a la UE.

En mayo de 2025, la UE añadió los tres organismos de control siguientes a la lista de autoridades de control/organismos de control autorizados (Reglamento 2025/882):

  • Bio Latina Certificadora
  • Primus Auditing Operations México
  • PT BIOCert Indonesia.

Este Reglamento también retira a Balkan Biocert Macedonia DOOEL Skopje de dicha lista y, en el caso de determinados organismos de control, amplía los productos que pueden certificar en los países en los que están autorizados a operar.

En total, actualmente figuran en la lista 52 autoridades/organismos de control. Los pasos detallados para acceder a una lista actualizada de estos organismos se indican en las Acciones recomendadas que figuran a continuación.

La UE aprueba tres autoridades/organismos de control ecológicos adicionales

Quinta modificación: Reglamento de aplicación de la Comisión 2025/882

Cuarta, tercera, segunda y primera enmiendas: Reglamentos de Ejecución de la Comisión 2024/3121, 2024/2794, 2024/2140, 2024/1748 por los que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1378 de la Comisión en lo que respecta al reconocimiento de determinados organismos de control de conformidad con el artículo 46 del Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo como competentes para realizar controles y expedir certificados ecológicos en terceros países a efectos de las importaciones de productos ecológicos en la Unión

Actualización

Según el nuevo régimen ecológico de la Unión Europea (UE), a partir del 1 de enero de 2025 las autoridades y organismos de control deben figurar en la lista del Reglamento 2021/1378 como oficialmente aprobados (reconocidos) para realizar controles y certificaciones de productos ecológicos en países no pertenecientes a la UE.

En mayo de 2025, la UE añadió los tres organismos de control siguientes a la lista de autoridades de control/organismos de control autorizados (Reglamento 2025/882):

  • Bio Latina Certificadora
  • Primus Auditing Operations México
  • PT BIOCert Indonesia.

Este Reglamento también retira a Balkan Biocert Macedonia DOOEL Skopje de dicha lista y, en el caso de determinados organismos de control, amplía los productos que pueden certificar en los países en los que están autorizados a operar.

En total, actualmente figuran en la lista 52 autoridades/organismos de control. Los pasos detallados para acceder a una lista actualizada de estos organismos se indican en las Acciones recomendadas que figuran a continuación.

Productos afectados

Productos ecológicos

¿qué está cambiando?

Para certificar los productos ecológicos destinados a la exportación, las autoridades y organismos de control de los países no pertenecientes a la UE deben estar autorizados (reconocidos) por la UE para llevar a cabo los controles necesarios para certificar que los productos cumplen las normas de producción ecológica de la UE.

La UE mantiene una lista de autoridades y organismos de control autorizados que se actualiza periódicamente para incluir nuevas autoridades/organismos que hayan demostrado su competencia para realizar controles.

Los organismos reconocidos figuran en el Reglamento de aplicación 2021/1378.

La lista se ha actualizado cinco veces.

Primera modificación

En junio de 2024, el Reglamento 2024/1748 enumeraba las 17 autoridades u organismos de control siguientes

  • bio.inspecta AG
  • Caucascert LLC
  • CCPB Srl
  • CERES Certification of Environmental Standards GmbH
  • CERTIMEX, Certificadora Mexicana de Productos y Procesos Ecológicos S.C.
  • Control Union Certifications B.V.
  • Ecocert SAS
  • ECOGLOBE LLC
  • FOOD SAFETY S.A.
  • IMO Control Private Limited
  • Kiwa BCS Öko-Garantie GmbH
  • Mayacert S.A.
  • Organic Control System LLC Subotica
  • Organic Standard LLC
  • Servicio de Certificación CAAE S.L.U.
  • Southern Cross Certified Australia Pty Ltd
  • Tse-Xin Organic Certification Corporation.

Segunda enmienda

En agosto de 2024, otras 15 autoridades u organismos de control fueron incluidos en la lista del Reglamento (UE) 2024/2140:

  • A CERT Organización Europea de Certificación S.A.
  • ACT Organic Company Limited
  • Agricert - Certificação de Produtos Alimentares Lda
  • Balkan Biocert Macedonia DOOEL Skopje (eliminada de la lista en mayo de 2025)
  • Beijing Continental Hengtong Certification Co. Ltd
  • CERTIFICADORA BIOTROPICO S.A.S.
  • EMPRESA DE AGRICULTURA ECOLÓGICA EN PALESTINA
  • Ecovivendi d.o.o. Belgrado
  • ETKO EKOLOJİK TARIM KONTROL ORGANİZASYONU LİMİTED ŞİRKETİ
  • IBD Certificações Ltda
  • LACON QUALITY CERTIFICATION PRIVATE LIMITED
  • Metrocert S.C.
  • Oregon Tilth Inc
  • Organizacion Internacional Agropecuaria S.A.
  • Organska Kontrola d.o.o. Sarajevo

Tercera enmienda

En noviembre de 2024, otras 12 autoridades y organismos de control fueron incluidos en la lista del Reglamento 2024/2794:

  • ACO CERTIFICATION LIMITED
  • CTR ULUSLARARASI BELGELENDIRME VE DENETIM LTD. ŞTİ.
  • DQS POLSKA SPÓŁKA Z OGRANICZONĄ ODPOWIEDZIALNOŚCIĄ
  • Florida Certified Organic Growers and Consumers, Inc. (FOG), DBA como Quality Certification Services (QCS)
  • IMOCERT Latinoamérica Ltda.
  • INDOCERT
  • ONECERT INTERNATIONAL PRIVATE LIMITED
  • Organic Crop Improvement Association International Inc
  • Centro de Desarrollo y Certificación de Alimentos Ecológicos de China
  • Organización Internacional Agropecuaria S.A
  • ORSER KONTROL VE SERTIFIKASYON ANONIM IIRKETI
  • SRS Certification GmbH

El Reglamento modifica también las categorías de productos y los países terceros específicos que el organismo de control inscrito Ecocert SAS puede controlar.

Cuarta modificación

En diciembre de 2024, otras seis autoridades y organismos de control fueron incluidos en la lista del Reglamento 2024/3121:

  • Başak Ekolojik Ürünler Kontrol ve Sertifikasyon Hizmetleri Ticaret Limited Şirketi
  • Bioagricert s.r.l. Unipersonale
  • DQS POLSKA SPÓŁKA Z OGRANICZONĄ ODPOWIEDZIALNOŚCIĄ
  • GCL International Ltd
  • Asociación Japonesa de Alimentos Ecológicos y Naturales
  • Sertifikācijas un testēšanas centrs.

Quinta enmienda

En mayo de 2025, se incluyeron en la lista del Reglamento 2025/882 tres organismos de control adicionales:

  • Bio Latina Certificadora
  • Primus Auditing Operations México
  • PT BIOCert Indonesia.

Además, este nuevo Reglamento amplía el reconocimiento de los siguientes organismos, permitiéndoles certificar categorías de productos adicionales y/o operar en países adicionales:

  • ACO Certification Limited
  • ACT Organic Company Limited
  • CCPB Srl, Ecocert SAS
  • Mayacert S.A.
  • OneCert International Private Limited.

También retira de la lista a Balkan Biocert Macedonia DOOEL Skopje, a petición de la empresa.

Los detalles sobre la categoría de productos que cada autoridad u organismo de control puede controlar, así como los países no comunitarios en los que pueden llevar a cabo controles, figuran en los anexos del Reglamento.

¿Por qué?

A partir del 1 de enero de 2025, sólo las autoridades y organismos de control oficialmente reconocidos por la UE para realizar auditorías de conformidad podrán expedir certificados ecológicos en países no pertenecientes a la UE.

Para ser reconocidos por la UE, las autoridades y organismos de control deben presentar una solicitud de reconocimiento en virtud del art. 46 del Reglamento 2018/848, y deben cumplir las condiciones requeridas.

Cronología

Los tres últimos organismos de control autorizados en virtud del Reglamento 2025/882 están reconocidos desde el 18 de mayo de 2025.

Acciones recomendadas

Es de vital importancia que los operadores de alimentos ecológicos de países no pertenecientes a la UE supervisen el proceso de reconocimiento y mantengan un estrecho contacto con sus autoridades y organismos de control.

La UE elabora periódicamente versiones consolidadas de la lista de autoridades y organismos de control. Para consultar la última versión disponible, visite el Reglamento 2021/1378 y haga clic en "Versión consolidada actual". Los operadores deben asegurarse de que utilizan la versión más actualizada.

Antecedentes

El Reglamento Orgánico de la UE 2018/848 trajo un cambio fundamental de un régimen de equivalencia a un régimen de cumplimiento, con un período de transición de 3 años después de su aplicación el 1 de enero de 2022 (ver Nuevo Reglamento Orgánico de la UE explicado). En virtud de este Reglamento, las autoridades de control y los organismos de control de los países no pertenecientes a la UE deben ser aprobados (reconocidos) por la UE como capaces de realizar los controles necesarios para certificar que los productos cumplen con las normas de producción ecológica de la UE.

El Reglamento ecológico de la UE es la ley básica que establece las normas de la UE sobre producción ecológica y etiquetado de productos ecológicos. Revisa y refuerza el sistema de controles, el régimen comercial y las normas de producción que estaban en vigor desde 2007. Introduce un cambio fundamental en el enfoque normativo, pasando del principio de equivalencia al principio de conformidad. El anterior Reglamento (CE) 834/2007 reconocía que los productos ecológicos podían producirse de formas diferentes, pero equivalentes en cuanto a su resultado y alineamiento con los principios ecológicos. Bajo el nuevo Reglamento Orgánico, esto cambia a un sistema de cumplimiento: los productores en países no pertenecientes a la UE que no tengan una equivalencia reconocida en un acuerdo comercial con la UE, o que no estén reconocidos como un país equivalente bajo el Reglamento 834/2007, tendrán que ajustarse exactamente al mismo conjunto de normas que los de la UE. Para más información, véase Explicación del nuevo Reglamento ecológico de la UE.

Recursos

Reglamento 2018/848 de la Comisión sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos

Reglamento 2021/1378 de la Comisión por el que se establecen determinadas normas relativas al certificado expedido a los operadores, grupos de operadores y exportadores de terceros países que participan en las importaciones de productos ecológicos y en conversión en la Unión y por el que se establece la lista de autoridades y organismos de control reconocidos

Reglamento 2021/1698 de la Comisión con los requisitos de procedimiento para el reconocimiento de las autoridades y organismos de control competentes para realizar controles de los operadores y grupos de operadores certificados ecológicos y de los productos ecológicos en terceros países

Fuentes

Quinta modificación: Reglamento de aplicación de la Comisión 2025/882

Cuarta, tercera, segunda y primera enmiendas: Reglamentos de aplicación de la Comisión 2024/3121, 2024/2794, 2024/2140, 2024/1748 en lo que respecta al reconocimiento de determinados organismos de control como competentes para realizar controles y expedir certificados ecológicos en terceros países a efectos de las importaciones de productos ecológicos en la Unión

Descargo de responsabilidad: COLEAD no se hace responsable de ninguna pérdida, daño, responsabilidad o gasto incurrido o sufrido como resultado de la utilización de la información disponible en este sitio web o de cualquier enlace a sitios externos. El uso del sitio web es por cuenta y riesgo exclusivo del usuario. Esta plataforma de información ha sido elaborada y mantenida con el apoyo financiero de la Unión Europea. No obstante, su contenido no refleja las opiniones de la Unión Europea.

La UE aprueba tres autoridades/organismos de control ecológicos adicionales

Fifth amendment: Commission Implementing Regulation 2025/882

Fourth, third, second, and first amendments: Commission Implementing Regulations 2024/3121, 2024/2794, 2024/2140, 2024/1748 as regards the recognition of certain control bodies as competent to carry out controls and issue organic certificates in third countries for the purpose of imports of organic products into the Union

¿qué está cambiando y por qué?

A partir del 1 de enero de 2025, las autoridades y organismos de control deben figurar en la lista del Reglamento 2021/1378 como oficialmente aprobados (reconocidos) para realizar controles y certificaciones ecológicos en países no pertenecientes a la UE en virtud del nuevo régimen ecológico de la UE, que se basa en el cumplimiento.

Cinco Reglamentos publicados desde junio de 2024 enumeran un total de 52 autoridades y organismos de control ecológicos como oficialmente aprobados.

En mayo de 2025, la UE añadió los siguientes tres organismos de control a la lista de autoridades de control/organismos de control aprobados (Reglamento 2025/882):

  • Bio Latina Certificadora
  • Primus Auditing Operations México
  • PT BIOCert Indonesia.

También ha eliminado de esa lista a Balkan Biocert Macedonia DOOEL Skopje; y para determinados organismos de control ha ampliado los productos que pueden certificar en los países en los que están autorizados a operar.

Acciones

Las autoridades y organismos de control deben ser reconocidos bajo el régimen de cumplimiento a partir del 1 de enero de 2025. Es importante que los operadores de alimentos ecológicos de países no pertenecientes a la UE sigan el proceso de reconocimiento y mantengan un estrecho contacto con sus autoridades y organismos de control.

La UE publica periódicamente versiones consolidadas de la lista de autoridades y organismos de control. Para consultar la última versión disponible, visite el Reglamento 2021/1378 y haga clic en "Versión consolidada actual". Los operadores deben asegurarse de que utilizan la versión más actualizada.

Cronología

Los tres organismos de control aprobados más recientemente en virtud del Reglamento 2025/882 están reconocidos desde el 18 de mayo de 2025.

Está previsto que la lista de autoridades y organismos de control se revise periódicamente, añadiendo otros organismos de control que hayan sido reconocidos.

Descargo de responsabilidad: COLEAD no se hace responsable de ninguna pérdida, daño, responsabilidad o gasto incurrido o sufrido como resultado de la utilización de la información disponible en este sitio web o de cualquier enlace a sitios externos. El uso del sitio web es por cuenta y riesgo exclusivo del usuario. Esta plataforma de información ha sido elaborada y mantenida con el apoyo financiero de la Unión Europea. No obstante, su contenido no refleja las opiniones de la Unión Europea.