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Propuesta para simplificar la recaudación del IVA sobre bienes de comercio electrónico

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Resumen

Ya existe una Ventanilla Única de Importación (VUIM) simplificada que permite recaudar por adelantado el impuesto sobre el valor añadido (IVA) sobre los bienes de comercio electrónico en el momento del suministro, en lugar de en el de la importación. Actualmente, esta VUI solo está disponible en relación con los bienes de un valor inferior a 150 euros. La Comisión propone ahora permitir el uso de la norma para los bienes cuyo valor sea superior a 150 euros.

La UE propone un régimen simplificado de IVA a la importación para el comercio electrónico

Propuesta de Directiva del Consejo por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE en lo que respecta a las normas del IVA relativas a los sujetos pasivos que facilitan las ventas a distancia de bienes importados y a la aplicación del régimen especial de las ventas a distancia de bienes importados de terceros territorios o países y del régimen especial de declaración y pago del IVA a la importación

Actualización

Ya existe una Ventanilla Única de Importación (VUIM) simplificada que permite recaudar por adelantado el impuesto sobre el valor añadido (IVA) sobre los bienes de comercio electrónico en el momento del suministro, en lugar de en el de la importación. Actualmente, esta VUI solo está disponible en relación con los bienes de un valor inferior a 150 euros. La Comisión propone ahora permitir el uso de la norma para los bienes cuyo valor sea superior a 150 euros.

¿qué está cambiando?

Este Reglamento se refiere a las ventas por comercio electrónico de bienes, incluidos los productos agroalimentarios, que se venden directamente desde un país no perteneciente a la UE a empresas, hogares, particulares u organizaciones privadas, mediante transacciones electrónicas realizadas a través de Internet.

Actualmente, los comerciantes electrónicos pueden utilizar la Ventanilla Única de Importación (VUI). Los comerciantes que utilizan la IOSS no necesitan registrarse a efectos del IVA en cada Estado miembro de la UE. El IVA adeudado se recauda en el momento del suministro, en lugar de en el momento de la importación. Sin embargo, actualmente la IOSS no puede utilizarse para mercancías cuyo valor supere los 150 euros.

La Comisión propone ampliar el uso de las NIO a todo el comercio electrónico, incluidos los bienes cuyo valor supere los 150 euros.

La propuesta también permite declarar y remitir mensualmente el IVA sobre las importaciones.

¿Por qué?

La supresión del umbral de 150 euros simplifica los requisitos del IVA para los comerciantes (un único registro del IVA en la UE). Esto, junto con la simplificación de las tarifas de los productos de comercio electrónico, ayudará a los comerciantes a calcular y pagar el importe correcto del IVA adeudado por todos los productos.

Cronología

Ya está cerrado el plazo para enviar comentarios a través de la página web de la UE "Opine". La Comisión presentará estos comentarios al Consejo para que sirvan de base al debate legislativo.

Las nuevas normas se aplicarán a partir del 1 de marzo de 2028.

¿cuáles son las principales consecuencias para los países exportadores?

No hay repercusiones directas para los exportadores agroalimentarios fuera de la UE, pero las medidas facilitarán el comercio electrónico de productos agroalimentarios.

Fondo

Esta propuesta es una de las tres presentadas por la Comisión con el objetivo de modernizar su sistema aduanero y responder al aumento de los volúmenes comerciales (en particular, el comercio electrónico). Las otras dos propuestas se refieren al establecimiento del Código Aduanero de la Unión y la Autoridad Aduanera, y a la simplificación de los aranceles del comercio electrónico.

Recursos

Comisión Europea (2023) Comunicación: Reforma aduanera: Llevar la Unión Aduanera al siguiente nivel.

Comisión Europea (2023) ¿Qué es el IVA?

Comisión Europea (2023) El IVA en el comercio electrónico - Ventanilla única.

Fuentes

Propuesta de Reglamento del Consejo por el que se modifican el Reglamento (CEE) nº 2658/87, en lo relativo a la introducción de un tratamiento arancelario simplificado para las ventas a distancia de mercancías, y el Reglamento (CE) nº 1186/2009, en lo relativo a la eliminación del umbral de franquicia aduanera

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La UE propone un régimen simplificado de IVA a la importación para el comercio electrónico

Proposal for a Council Directive amending Directive 2006/112/EC

¿qué está cambiando y por qué?

Una ventanilla única de importación simplificada permite recaudar por adelantado el impuesto sobre el valor añadido (IVA) de los bienes de comercio electrónico en el momento del suministro, en lugar de en el momento de la importación. Actualmente, esta VUI solo está disponible en relación con los bienes de un valor inferior a 150 euros. La Comisión propone ahora autorizar el uso de la norma para los bienes de un valor superior a 150 euros.

Cronología

Ya está cerrado el plazo para enviar comentarios a través de la página web de la UE "Opine". Esta información servirá de base para el debate legislativo.

Las nuevas normas se aplicarán a partir del 1 de marzo de 2028.

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