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2024/2004

Modificaciones de la lista de plagas cuarentenarias de la Unión

  • High-risk plants
  • Plant health
  • Plant health certification

Resumen

Este Reglamento actualiza la lista de plagas cuarentenarias de la Unión que afectan a los productos vegetales destinados a la alimentación. Los cambios incluyen la adición de determinadas especies de mosca de la fruta, incluidas Neoceratitis y Neotephritis spp.; y la supresión de los requisitos especiales relativos a Sweet potato chlorotic stunt virus y Sweet potato mild mottle virus. Otros cambios afectan principalmente a las plantas para plantar y a los productos no alimentarios, incluidas las flores cortadas.

La UE modifica su lista de plagas vegetales y las normas sobre introducción de plantas y productos vegetales

Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2004 de la Comisión, de 23 de julio de 2024, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/2072 en lo que respecta a la lista de plagas y a las normas sobre la introducción y circulación en el territorio de la Unión de vegetales, productos vegetales y otros objetos

Actualización

Este Reglamento actualiza la lista de plagas cuarentenarias de la Unión que afectan a los productos vegetales destinados a la alimentación. Los cambios incluyen la adición de determinadas especies de mosca de la fruta, incluidas Neoceratitis y Neotephritis spp.; y la supresión de los requisitos especiales relativos a Sweet potato chlorotic stunt virus y Sweet potato mild mottle virus. Otros cambios afectan principalmente a las plantas para plantar y a los productos no alimentarios, incluidas las flores cortadas.

Productos afectados

Plantas y productos vegetales

¿qué está cambiando?

Este Reglamento modifica el Reglamento de Ejecución 2019/2072. La mayoría de los cambios afectan a los vegetales para plantar y a los productos no alimentarios, incluidas las flores cortadas.

En relación con los productos vegetales destinados a la alimentación, los cambios más significativos son los siguientes:

Actualización de la lista de plagas de cuarentena de la Unión

La lista incluye ahora:

  • Cicadomorpha (Hemiptera) especies conocidas como vectores de la bacteria fitopatógena Xylella fastidiosa
  • varias especies de moscas de la fruta de la familia Tephritidae, incluidas Neoceratitis asiatica, Neotephritis finalis y Neoceratitis cyanescens.

Aclaraciones y seguridad jurídica

  • Los códigosEPPO (Organización Europea y Mediterránea de Protección de las Plantas) se incluyen en los grupos Choristoneura spp., Cicadomorpha, Margarodidae, Tephritidae y virus de la leprosis de los cítricos.
  • Se aclara el nombre del tirador de la hierba, Draeculacephala minerva Ball.

Supresión de requisitos especiales

Se suprimen de la lista de plagas cuarentenarias de la Unión los requisitos relativos al virus del raquitismo clorótico de la batata y al virus del moteado leve de la bat ata.

¿Por qué?

La UE actualiza sus medidas de protección contra las plagas vegetales de acuerdo con los últimos conocimientos científicos y evaluaciones de riesgos. Con ello se pretende salvaguardar la agricultura y el medio ambiente en todo el territorio de la Unión Europea.

Cronología

Fecha de entrada en vigor: 15 de agosto de 2024. Se prevén algunos periodos transitorios.

¿cuáles son las principales consecuencias para los países exportadores?

Es importante estar al tanto de las actualizaciones de la lista de plagas cuarentenarias de la UE. Es crucial vigilar y prevenir la presencia de cualquier plaga cuarentenaria en los envíos destinados a la UE. La detección de cualquier plaga de cuarentena dará lugar automáticamente al rechazo de envíos enteros.

Acciones recomendadas

Estas incorporaciones a la lista de plagas cuarentenarias de la Unión, en particular las especies de mosca de la fruta, son especialmente importantes, ya que pueden estar presentes en una amplia variedad de productos vegetales. Los productores y las organizaciones nacionales de protección fitosanitaria de los países en los que se dan estas especies deben vigilarlas de cerca y asegurarse de que no están presentes en las exportaciones destinadas a la UE.

Fondo

El Reglamento fitosanitario 2016/2031 de la UE está en vigor desde el 14 de diciembre de 2019. Adopta un enfoque proactivo que se centra en la prevención de la entrada y propagación de plagas vegetales en la UE. Se introdujeron nuevas normas para la vigilancia, la erradicación y las importaciones, basadas en el entendimiento de que para evitar daños futuros a la agricultura o el medio ambiente de la UE, es necesario invertir recursos en una etapa temprana (preventiva). El objetivo general es disponer de medidas más eficaces para la protección del territorio de la Unión, garantizar un comercio seguro y mitigar los efectos del cambio climático en la salud de los cultivos y bosques de la UE.

El nuevo Reglamento fitosanitario hace referencia a la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria(CIPF), un tratado intergubernamental cuyo objetivo es proteger los recursos vegetales del mundo de la propagación e introducción de plagas. La CIPF establece las Normas Internacionales para Medidas Fitosanitarias(NIMF) y es la principal organización mundial de normalización fitosanitaria.

Para más información, consulte:

Explicación de la legislación fitosanitaria de la UE

Explicación de la lista provisional de plantas de alto riesgo

Lista provisional de plagas, productos básicos y requisitos fitosanitarios adicionales.

Recursos

Reglamento (UE) 2019/2072 por el que se establecen condiciones uniformes para la aplicación del Reglamento (UE) 2016/2031

Reglamento (UE) 2016/2031 relativo a las medidas de protección contra las plagas de los vegetales

EFSA (2020) Categorización de plagas de Tephritidae no pertenecientes a la UE. EFSA Journal, 18(1): e05931.

Fuentes

Reglamento de Ejecución (UE) nº 2024/2004 de la Comisión relativo a la lista de plagas y normas sobre la introducción y circulación en el territorio de la Unión de vegetales, productos vegetales y otros objetos

Disclaimer: Under no circumstances shall COLEAD be liable for any loss, damage, liability or expense incurred or suffered that is claimed to have resulted from the use of information available on this website or any link to external sites. The use of the website is at the user’s sole risk and responsibility. This information platform was created and maintained with the financial support of the European Union. Its contents do not, however, reflect the views of the European Union.

La UE modifica su lista de plagas vegetales y las normas sobre introducción de plantas y productos vegetales

Reglamento

Commission Implementing Regulation (EU) 2024/2004 as regards the listing of pests and rules on the introduction into, and movement within, the Union territory of plants, plant products and other objects

What is changing and why?

Este Reglamento actualiza la lista de plagas cuarentenarias de la Unión que afectan a los productos vegetales destinados a la alimentación. Se añaden a la lista algunas especies de mosca de la fruta, incluidas las especies Neoceratitis y Neotephritis. Se han suprimido los requisitos especiales relativos al virus del raquitismo clorótico de la batata y al virus del moteado leve de la batata.

La mayoría de los demás cambios afectan a las plantas para plantar y los productos no alimentarios, incluidas las flores cortadas.

La UE actualiza sus medidas contra las plagas vegetales de acuerdo con los últimos conocimientos científicos y evaluaciones de riesgos. Con ello se pretende salvaguardar la agricultura y el medio ambiente en todo el territorio de la Unión Europea.

Actions

Estas incorporaciones a la lista de plagas cuarentenarias de la Unión, en particular las especies de mosca de la fruta, son especialmente importantes, ya que pueden estar presentes en una amplia variedad de productos vegetales. Los productores y las organizaciones nacionales de protección fitosanitaria de los países en los que se dan estas especies deben vigilarlas de cerca y asegurarse de que no están presentes en las exportaciones destinadas a la UE.

La detección de cualquier plaga de cuarentena dará lugar automáticamente al rechazo de envíos enteros.

Timeline

Fecha de entrada en vigor: 15 de agosto de 2024. Se prevén algunos periodos transitorios.

Disclaimer: Under no circumstances shall COLEAD be liable for any loss, damage, liability or expense incurred or suffered that is claimed to have resulted from the use of information available on this website or any link to external sites. The use of the website is at the user’s sole risk and responsibility. This information platform was created and maintained with the financial support of the European Union. Its contents do not, however, reflect the views of the European Union.