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2024/389

Renovación de la autorización de determinadas variedades de colza oleaginosa modificada genéticamente

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Resumen

La UE ha renovado la autorización de alimentos, ingredientes alimentarios y piensos que contengan, se compongan o se hayan producido a partir de colza oleaginosa modificada genéticamente (MG) Ms8, Rf3 y Ms8 × Rf3. Estas autorizaciones no permiten el cultivo de esta colza oleaginosa modificada genéticamente en la UE.

La UE renueva la autorización de las variedades de colza oleaginosa modificada genéticamente Ms8, Rf3 y Ms8 × Rf3

Decisión de Ejecución (UE) 2024/389 de la Comisión, de 26 de enero de 2024, por la que se renueva la autorización para la comercialización de productos que contienen, se componen o se han producido a partir de colza oleaginosa modificada genéticamente Ms8, Rf3 y Ms8 × Rf3 con arreglo al Reglamento (CE) nº 1829/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo [notificada con el número C(2024) 432)

Actualización

La UE ha renovado la autorización de alimentos, ingredientes alimentarios y piensos que contengan, se compongan o se hayan producido a partir de colza oleaginosa modificada genéticamente (MG) Ms8, Rf3 y Ms8 × Rf3. Estas autorizaciones no permiten el cultivo de esta colza oleaginosa modificada genéticamente en la UE.

¿qué está cambiando?

Esta Decisión permite a los países no pertenecientes a la UE seguir exportando a la UE las variedades de colza oleaginosa modificada genéticamente Ms8, Rf3 y Ms8 × Rf3 como alimentos, ingredientes alimentarios y piensos.

Estas variedades de colza oleaginosa modificada genéticamente no pueden cultivarse en la UE. Los piensos y otros productos -pero no los alimentos o ingredientes alimentarios que contengan estas variedades de colza oleaginosa- deben llevar una etiqueta que indique claramente que son "no aptos para el cultivo". Para más información sobre el uso, el etiquetado y los métodos de detección, véase el anexo.

¿Por qué?

La reaprobación de estas variedades de colza oleaginosa sigue a una evaluación de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) que concluyó que son seguras para la salud humana y animal, así como para el medio ambiente. Tampoco hay problemas nutricionales asociados al consumo de estos productos(EFSA Panel on Genetically Modified Organisms 2023).

Cronología

La presente Decisión se aplica durante un periodo de 10 años.

¿cuáles son las principales consecuencias para los países exportadores?

Los proveedores de alimentos o piensos que contengan o se compongan de estas semillas oleaginosas modificadas genéticamente disponen de seguridad jurídica a largo plazo para la exportación de estos productos al mercado de la UE.

Fondo

La lista de todos los productos modificados genéticamente autorizados puede consultarse en el Registro de OMG autorizados de la UE.

La autorización de cultivos modificados genéticamente sigue siendo una cuestión política extremadamente delicada en la UE. El proceso de autorización exige normalmente que los Estados miembros de la UE autoricen o rechacen las solicitudes. En los últimos años, por lo general no ha habido suficiente apoyo político -una "mayoría cualificada" de Estados miembros- para llegar a una decisión de autorizar o rechazar las solicitudes. En tales casos, como en el de la colza transgénica, la Comisión puede autorizar estos productos a la luz de la evaluación de riesgos positiva de la EFSA.

Recursos

EFSA Panel on Genetically Modified Organisms (2023) Scientific Opinion on the assessment of genetically modified oilseed rape MS8, RF3 and MS8 x RF3 for renewal authorisation under Regulation (EC) No 1829/2003 (application EFSA-GMO-RX-024). EFSA Journal, 21(4): 7934.

Decisión de Ejecución 2013/327/UE de la Comisión por la que se autoriza la comercialización de alimentos y piensos que contienen, se componen o se han producido a partir de colza oleaginosa modificada genéticamente Ms8, Rf3 y Ms8 × Rf3

Decisión de Ejecución (UE) 2019/1301 de la Comisión que modifica la Decisión de Ejecución 2013/327/UE en lo que respecta a la renovación de la autorización de comercialización de piensos que contienen o se componen de colza oleaginosa modificada genéticamente Ms8, Rf3 y Ms8 × Rf3

La Decisión 2007/232/CE de la Comisión, relativa a la comercialización, de conformidad con la Directiva 2001/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de productos de colza oleaginosa(Brassica napus L., líneas Ms8, Rf3 y Ms8xRf3) modificados genéticamente para la tolerancia al herbicida glufosinato de amonio

Fuentes

Decisión de Ejecución (UE) 2024/389 de la Comisión por la que se renueva la autorización de comercialización de productos que contienen, se componen o se han producido a partir de colza oleaginosa modificada genéticamente Ms8, Rf3 y Ms8 × Rf3

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La UE renueva la autorización de las variedades de colza oleaginosa modificada genéticamente Ms8, Rf3 y Ms8 × Rf3

Commission Implementing Decision (EU) 2024/389 renewing the authorisation for the placing on the market of products containing, consisting of or produced from genetically modified oilseed rape Ms8, Rf3 and Ms8 × Rf3

¿qué está cambiando y por qué?

Esta Decisión permite a los países no pertenecientes a la UE exportar a la UE las siguientes variedades de colza oleaginosa modificada genéticamente (MG) o productos alimenticios o piensos que las contengan: Ms8, Rf3 y Ms8 × Rf3.

Estas variedades de colza oleaginosa no pueden cultivarse en la UE, y cualquiera de estos productos -excepto los alimentos/ingredientes alimentarios- que se envíe a la UE debe llevar la etiqueta "no apto para cultivo". El consumo de estas colzas oleaginosas modificadas genéticamente no plantea problemas de seguridad ni nutricionales.

Cronología

La presente Decisión se aplica durante un periodo de 10 años.

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