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Revisión de la Directiva sobre informes de sostenibilidad de las empresas (CSRD)

  • Corporate governance
  • Sustainability/Due diligence

Resumen

Este informe acompaña al informe AGRINFO existente sobre la Directiva relativa a la elaboración de informes de sostenibilidad empresarial(CSRD ).

En febrero de 2025, la Comisión Europea publicó una propuesta para modificar determinadas partes de la Directiva sobre la elaboración de informes de sostenibilidad empresarial (Directiva 2022/2464) con el fin de reducir la carga reglamentaria y las posibles repercusiones económicas negativas para las empresas.

La Directiva exige a las grandes empresas que recojan y comuniquen información sobre el impacto de sus actividades en las personas y el medio ambiente. También pretende proporcionar a los inversores información sobre el cambio climático y otros riesgos de sostenibilidad a los que están expuestas las empresas. Los operadores tienen que comunicar la información sobre sostenibilidad de acuerdo con las normas europeas de información sobre sostenibilidad del Reglamento 2023/2772.

La mayoría de los operadores extracomunitarios no se ven directamente afectados por estas obligaciones. Sin embargo, podrían verse afectados indirectamente al ser requeridos por sus compradores de la UE para proporcionar información específica sobre los impactos de sostenibilidad de sus operaciones, para permitir que estas empresas más grandes cumplan con sus requisitos de presentación de informes. Véase la Directiva sobre informes de sostenibilidad de las empresas (CSRD).

Esta nueva propuesta de la Comisión pretende

  • reducir en torno a un 80% el número de empresas que deben informar con arreglo a la CSRD
  • limitar la información que las grandes empresas pueden solicitar a las pequeñas empresas con menos de 1.000 empleados
  • retrasar 2 años la aplicación de los requisitos de información, excepto para los operadores que ya deban informar en 2025.

En abril de 2025, la UE acordó aplazar 2 años los requisitos de información para las empresas que debían informar en 2026 y 2027 (Directiva 2025/794). Prosiguen los debates sobre la propuesta de modificar otras partes de la Directiva.

La UE retrasa la aplicación de algunas partes de la Directiva sobre informes de sostenibilidad empresarial (CSRD) y estudia la simplificación de ciertos requisitos

Propuesta[2025/0045] de Directiva por la que se modifican las Directivas 2006/43/CE, 2013/34/UE, (UE) 2022/2464 y (UE) 2024/1760 en lo que atañe a determinados requisitos de información y diligencia debida en materia de sostenibilidad empresarial

Directiva 2025/794 por la que se modifican las Directivas 2022/2464 y 2024/1760 en lo que respecta a las fechas a partir de las cuales los Estados miembros deben aplicar determinados requisitos en materia de información sobre la sostenibilidad de las empresas y de diligencia debida

Actualización

Este informe acompaña al informe AGRINFO existente sobre la Directiva relativa a la elaboración de informes de sostenibilidad empresarial(CSRD ).

En febrero de 2025, la Comisión Europea publicó una propuesta para modificar determinadas partes de la Directiva sobre la elaboración de informes de sostenibilidad empresarial (Directiva 2022/2464) con el fin de reducir la carga reglamentaria y las posibles repercusiones económicas negativas para las empresas.

La Directiva exige a las grandes empresas que recojan y comuniquen información sobre el impacto de sus actividades en las personas y el medio ambiente. También pretende proporcionar a los inversores información sobre el cambio climático y otros riesgos de sostenibilidad a los que están expuestas las empresas. Los operadores tienen que comunicar la información sobre sostenibilidad de acuerdo con las normas europeas de información sobre sostenibilidad del Reglamento 2023/2772.

La mayoría de los operadores extracomunitarios no se ven directamente afectados por estas obligaciones. Sin embargo, podrían verse afectados indirectamente al ser requeridos por sus compradores de la UE para proporcionar información específica sobre los impactos de sostenibilidad de sus operaciones, para permitir que estas empresas más grandes cumplan con sus requisitos de presentación de informes. Véase la Directiva sobre informes de sostenibilidad de las empresas (CSRD).

Esta nueva propuesta de la Comisión pretende

  • reducir en torno a un 80% el número de empresas que deben informar con arreglo a la CSRD
  • limitar la información que las grandes empresas pueden solicitar a las pequeñas empresas con menos de 1.000 empleados
  • retrasar 2 años la aplicación de los requisitos de información, excepto para los operadores que ya deban informar en 2025.

En abril de 2025, la UE acordó aplazar 2 años los requisitos de información para las empresas que debían informar en 2026 y 2027 (Directiva 2025/794). Prosiguen los debates sobre la propuesta de modificar otras partes de la Directiva.

¿qué está cambiando?

El objetivo de la propuesta es reducir la carga de requisitos y el número de empresas que tienen que informar sobre la sostenibilidad empresarial en el marco de la CSRD.

Los cambios propuestos a continuación son los que con mayor probabilidad afectarán a los proveedores agroalimentarios de los países de renta baja y media.

  • Reducir el número de empresas obligadas a informar: sólo las grandes empresas con más de 1.000 empleados y un volumen de negocios superior a 50 millones de euros o un balance general superior a 25 millones de euros tendrán que informar sobre sostenibilidad empresarial.
  • Informes voluntarios para las PYME: las pequeñas y medianas empresas (PYME) que no entren en el ámbito de aplicación de la Directiva sobre responsabilidad social de las empresas podrán informar voluntariamente sobre sostenibilidad. La Comisión propone adoptar una norma para las PYME basada en la Norma de información voluntaria para las PYME (VSME) publicada por el Grupo Consultivo Europeo en materia de Información Financiera (EFRAG).
  • Limitar la información a solicitar a las empresas más pequeñas: las grandes empresas que tengan que informar y, por tanto, necesiten obtener información de las empresas proveedoras con menos de 1.000 empleados, sólo podrán pedir la información incluida en la VSME. Podrán recabar información adicional sobre sostenibilidad que sea comúnmente compartida entre las empresas del sector en cuestión
  • Reducir el número de datos: la Comisión Europea revisará las actuales normas europeas de información sobre sostenibilidad. Las normas revisadas sólo incluirán los puntos más importantes para la elaboración de informes de sostenibilidad, darán prioridad a los datos cuantitativos y harán una distinción más clara entre los datos obligatorios y los voluntarios. Las normas revisadas también serán más coherentes con otros actos legislativos de la UE.
  • Normas sectoriales deinformación: ya no se incluirán en las DRSC.
  • Aplazamiento de la aplicación de las DRSC para determinadas categorías de empresas: las empresas que deban informar en 2025 seguirán teniendo que hacerlo. La Comisión propone un aplazamiento de dos años, de modo que las grandes empresas (de la UE y de fuera de ella) que no sean empresas de interés público, actualmente no sujetas a la obligación de información no financiera, deban presentar sus informes de conformidad con las DRSC a partir del 1 de enero de 2028, y las PYME de la UE que coticen en bolsa y otras empresas incluidas en el ámbito de aplicación, a partir del 1 de enero de 2029.

¿Por qué?

Los cambios propuestos responden a las siguientes preocupaciones.

  • Las distintas obligaciones que incumben a las empresas en virtud de diferentes normas, como la Directiva sobre la diligencia debida en materia de sostenibilidad de las empresas (DSCE ) y la Directiva sobre la responsabilidad social de las empresas, suponen una carga adicional para las empresas y pueden dar lugar a una confusión que disuada de la financiación sostenible(Comisión Europea 2025a). Alinear los diferentes elementos de la legislación ayudaría a reducir las obligaciones de evaluación e información de las empresas.
  • Las PYME han manifestado su preocupación por las exigencias de información poco realistas y desproporcionadas de sus socios comerciales.
  • Los operadores necesitan más tiempo para prepararse para el cumplimiento de los requisitos de las DRSC.

Estas cargas reglamentarias podrían reducir la competitividad de la UE(Draghi 2024) e, indirectamente, su capacidad para cumplir sus objetivos en materia de Green Deal(Comisión Europea 2025b).

Cronología

En abril de 2025, la UE aprobó el retraso de 2 años en las fechas de aplicación, excepto para las empresas que deban informar en 2025 (que seguirán teniendo que hacerlo). Los requisitos del CSRD ahora se aplican a partir de:

  • 1 de enero de 2024 para las grandes empresas de la UE que ya estaban sujetas a la presentación de informes no financieros en 2023. Estas empresas deberán elaborar informes con arreglo a las nuevas normas por primera vez en 2025. (sin cambios)
  • 1 de enero de 2027 (en lugar de 2025) para las grandes empresas (de la UE y de fuera de la UE) que actualmente no presentan informes.
  • 1 de enero de 2028 (en lugar de 2026) para las PYME que cotizan en bolsa y otras empresas no pertenecientes a la UE incluidas en el ámbito de aplicación.

El siguiente paso será que el Consejo de la UE (Estados miembros) y el Parlamento Europeo revisen y modifiquen los demás cambios propuestos, un proceso que puede llevar de 2 a 3 años.

¿cuáles son las principales consecuencias para los países exportadores?

Al reducir en aproximadamente un 80% el número de grandes empresas que entran directamente en el ámbito de aplicación de las DRSC, las normas propuestas reducirán el número de empresas de países de renta baja y media que tienen que facilitar información a sus grandes socios comerciales.

Sin embargo, los proveedores de las empresas que tienen que cumplir con el CSRD seguirán teniendo que proporcionar información a sus socios comerciales. Tendrán que facilitar información basada en las normas europeas revisadas para la elaboración de memorias de sostenibilidad. Los proveedores de países de renta baja y media con menos de 1.000 empleados pueden tener que proporcionar información limitada basada en las normas que la Comisión Europea desarrollará sobre la base de un VSME.

Acciones recomendadas

Las empresas que suministran directamente a grandes empresas de la UE deben seguir la evolución de las normas europeas de elaboración de informes de sostenibilidad y consultar el VSME para saber más sobre el tipo de información que pueden tener que facilitar. No obstante, tenga en cuenta que es poco probable que se confirme la información exacta requerida antes de 2026.

Antecedentes

Las DRSC se dirigen a las grandes empresas, tanto de la UE como de terceros países, para garantizar que los inversores y otras partes interesadas tengan acceso a la información que necesitan para evaluar el impacto de las empresas en las personas y el medio ambiente, así como el riesgo financiero para la empresa y sus inversores. Su objetivo es reforzar y modernizar los requisitos de información sobre sostenibilidad de las empresas, y es un elemento importante de las estrategias de sostenibilidad y finanzas de la UE.

Los informes de sostenibilidad deben realizarse a lo largo de toda la cadena de suministro. Los operadores que suministran a grandes empresas se verán indirectamente afectados, ya que tendrán que facilitar información y datos para ayudar a estas empresas a redactar sus informes.

Para más información, véase la Directiva sobre informes de sostenibilidad de las empresas (CSRD).

Recursos

Draghi, M. (2024) El futuro de la competitividad europea.

Comisión Europea: Informes de sostenibilidad de las empresas

Comisión Europea (2025a) Documento de trabajo de los servicios de la Comisión que acompaña a los documentos [...] COM(2025)80 y COM(2025)81

Comisión Europea (2025b) Preguntas y respuestas sobre la simplificación ómnibus I y II

Reglamento Delegado (UE) 2023/2772 de la Comisión en lo relativo a las normas para memorias de sostenibilidad

Directiva (UE) 2022/2464 en lo que respecta a los informes de sostenibilidad de las empresas

Fuentes

Propuesta[2025/0045] de Directiva relativa a determinados requisitos de información y diligencia debida sobre la sostenibilidad de las empresas

Directiva (UE) 2025/794 relativa a las fechas a partir de las cuales los Estados miembros deberán aplicar determinados requisitos en materia de información sobre la sostenibilidad de las empresas y de diligencia debida

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La UE retrasa la aplicación de algunas partes de la Directiva sobre informes de sostenibilidad empresarial (CSRD) y estudia la simplificación de ciertos requisitos

Proposal [2025/0045] for a Directive as regards certain corporate sustainability reporting and due diligence requirements

Directive 2025/794 as regards the dates from which Member States are to apply certain corporate sustainability reporting and due diligence requirements

¿qué está cambiando y por qué?

Este informe acompaña al ya existente de AGRINFO sobre la Directiva relativa a la elaboración de informes sobre la sostenibilidad de las empresas (CSRD).

La Directiva sobre Informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD) obliga a las grandes empresas a recopilar información e informar sobre el impacto de sus actividades en las personas y el medio ambiente. El objetivo de esta propuesta es reducir las cargas reglamentarias que esta obligación de informar impone a las empresas a lo largo de toda la cadena de valor, así como sus posibles repercusiones negativas en la competitividad de la UE.

La Comisión Europea propone cambios en la DSCD que

  • reducirán en un 80% el número de empresas que deben informar en virtud de la CSRD: sólo tendrán que informar las empresas con más de 1.000 empleados y un volumen de negocios superior a 50 millones de euros o un balance general superior a 25 millones de euros
  • limitar la información que las grandes empresas pueden solicitar a las empresas con menos de 1.000 empleados
  • retrasar 2 años la aplicación de los requisitos de información, excepto para los operadores que ya deban informar en 2025.

En abril de 2025, la UE acordó aplazar 2 años los requisitos de información para las empresas que debían informar en 2026 y 2027 (Directiva 2025/794). Prosiguen los debates sobre la propuesta de modificar otras partes de la Directiva.

Acciones

Las empresas que suministran directamente a grandes empresas de la UE deben seguir la evolución de las normas europeas de elaboración de memorias de sostenibilidad y consultar la Norma voluntaria de elaboración de memorias para PYME (VSME ) para saber más sobre el tipo de información que pueden tener que facilitar. No obstante, tenga en cuenta que es poco probable que se confirme la información exacta requerida antes de 2026.

Cronología

En abril de 2025, la UE aprobó el retraso de 2 años en las fechas de aplicación, excepto para las empresas que deban informar en 2025 (que seguirán teniendo que hacerlo). Los requisitos del CSRD ahora se aplican a partir de:

  • 1 de enero de 2024 para las grandes empresas de la UE que ya estaban sujetas a la presentación de informes no financieros en 2023. Estas empresas deberán elaborar informes con arreglo a las nuevas normas por primera vez en 2025. (sin cambios)
  • 1 de enero de 2027 (en lugar de 2025) para las grandes empresas (de la UE y de fuera de la UE) que actualmente no presentan informes.
  • 1 de enero de 2028 (en lugar de 2026) para las PYME que cotizan en bolsa y otras empresas no pertenecientes a la UE incluidas en el ámbito de aplicación.

El siguiente paso será que el Consejo de la UE (Estados miembros) y el Parlamento Europeo revisen y modifiquen los demás cambios propuestos, un proceso que puede llevar de 2 a 3 años.

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