Revisión de las sustancias permitidas para su uso en la producción ecológica (2025)
- Organic production
Resumen
La UE ha autorizado el uso de proteínas de guisantes y patatas para la clarificación de zumos de frutas, vinos de frutas e hidromiel. Estas sustancias se incluirán en la lista de sustancias que podrán utilizarse para elaborar productos ecológicos destinados al mercado de la Unión Europea (UE).
El Grupo de Expertos de la Comisión Europea para el Asesoramiento Técnico sobre Producción Ecológica (EGTOP) ha iniciado una evaluación de las sustancias que se autorizarán para la limpieza y desinfección en la producción ecológica. Dado que esta evaluación está llevando más tiempo del previsto, la lista de sustancias actualmente autorizadas para la limpieza y desinfección de edificios e instalaciones para la producción animal seguirá vigente hasta el 31 de diciembre de 2027.
La UE autoriza las proteínas de guisantes y patata y retrasa la revisión de los desinfectantes
Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2501 de la Comisión, de 11 de diciembre de 2025, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1165 en lo que respecta al uso de determinados productos y sustancias en la producción ecológica
Reglamento de Ejecución (UE) 2025/973 de la Comisión, de 23 de mayo de 2025, que modifica y corrige el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1165 por el que se autorizan determinados productos y sustancias para su uso en la producción ecológica y se establecen sus listas
Actualización
La UE ha autorizado el uso de proteínas de guisantes y patatas para la clarificación de zumos de frutas, vinos de frutas e hidromiel. Estas sustancias se incluirán en la lista de sustancias que podrán utilizarse para elaborar productos ecológicos destinados al mercado de la Unión Europea (UE).
El Grupo de Expertos de la Comisión Europea para el Asesoramiento Técnico sobre Producción Ecológica (EGTOP) ha iniciado una evaluación de las sustancias que se autorizarán para la limpieza y desinfección en la producción ecológica. Dado que esta evaluación está llevando más tiempo del previsto, la lista de sustancias actualmente autorizadas para la limpieza y desinfección de edificios e instalaciones para la producción animal seguirá vigente hasta el 31 de diciembre de 2027.
Productos afectados
Zumos de frutas ecológicos, vinos de frutas, hidromiel
¿qué está cambiando?
El Reglamento 2025/2501 autoriza el uso de proteínas de guisantes y patatas como coadyuvantes tecnológicos para la clarificación de zumos de frutas, vinos de frutas e hidromiel. Estas sustancias se incluirán en la lista de sustancias que pueden utilizarse para elaborar productos ecológicos destinados al mercado de la UE (Reglamento 2021/1165, anexo V).
EGTOP todavía está evaluando qué sustancias pueden autorizarse para la limpieza y desinfección en la producción ecológica. La lista existente de sustancias autorizadas específicamente para la limpieza y desinfección de estanques, jaulas, tanques, pistas de carreras, edificios o instalaciones para la producción animal (Reglamento 889/2008, Anexo VII) seguirá aplicándose hasta el 31 de diciembre de 2027.
El Reglamento 2025/973 actualiza la lista de sustancias y productos que pueden utilizarse para producir productos ecológicos destinados al mercado de la UE (véase el cuadro 1). Hay adiciones a las listas de sustancias activas de bajo riesgo autorizadas, fertilizantes, materias primas para piensos, aditivos para piensos y aditivos alimentarios (anexos del Reglamento 2021/1165). En particular, se añaden a la lista de sustancias que pueden utilizarse en la producción ecológica (anexo VI) las siguientes
- microorganismos, incluidos los virus, cuando se utilicen como agentes de control biológico; éstos no deben proceder de organismos modificados genéticamente (OMG) ni producirse utilizando medios de origen OMG
- etileno para la inducción de la floración en la piña.
En el cuadro 2 se resumen las sustancias cuya descripción y/o condiciones de uso se han modificado.
Los detalles de estas modificaciones figuran en el anexo del Reglamento 2025/973.
¿Por qué?
Los cambios en la lista de sustancias de bajo riesgo del Reglamento 2025/973 reflejan la renovación de las aprobaciones de estas sustancias en virtud del Reglamento 1107/2009.
Los cambios relativos a los fertilizantes, los aditivos para piensos y el uso de microorganismos y etileno en la producción ecológica de países no pertenecientes a la UE, así como la inclusión de las proteínas de patata y guisante, se basan en las recomendaciones del Grupo de Expertos de la Comisión Europea para el Asesoramiento Técnico sobre Producción Ecológica (véanse los informes EGTOP sobre producción ecológica).
Cronología
La regulación 2025/973 se aplica a partir del 15 de junio de 2025.
La regulación 2025/2501 se aplica a partir del 1 de enero de 2026.
Acciones recomendadas
Se recomienda a los operadores de países no pertenecientes a la UE que reconfirmen con su organismo de certificación qué sustancias están autorizadas para su uso bajo las nuevas reglas ecológicas de la UE. Puede ser necesario presentar expedientes a la UE en el caso de algunas sustancias que se utilizaban anteriormente bajo las antiguas reglas de equivalencia, pero que ahora requieren una autorización específica de la UE para su uso en exportaciones ecológicas (siempre que estén registradas para su uso en el país de origen).
Antecedentes
El Reglamento (UE) 2018/848 establece las reglas de la UE sobre producción ecológica y etiquetado de productos ecológicos. Revisó y reforzó el sistema de controles, el régimen comercial y las reglas de producción vigentes desde 2007. El paso del principio de equivalencia al principio de conformidad marcó un cambio fundamental en el enfoque normativo. El anterior Reglamento (CE) 834/2007 reconocía que los productos ecológicos podían producirse de formas diferentes, pero equivalentes en cuanto a sus resultados y su adecuación a los principios ecológicos. Según el nuevo Reglamento, los productores de países no pertenecientes a la UE que no tengan reconocida la equivalencia en un acuerdo comercial con la UE, o que no estén reconocidos como país equivalente según el Reglamento 834/2007, tendrán que ajustarse exactamente al mismo conjunto de reglas que los de la UE.
En algunos casos, los agricultores de países no pertenecientes a la UE, con condiciones específicas diferentes de las condiciones de producción de la UE, necesitarán herramientas diferentes. Las autoridades/organismos de control reconocidos pueden solicitar a la Comisión que evalúe y autorice sustancias adicionales en países no pertenecientes a la UE para su uso en la producción de productos ecológicos destinados al mercado de la UE (Reglamento 2021/1165, Art. 10).
Para más información, véase Explicación del nuevo Reglamento ecológico de la UE.
Recursos
Reglamento 2018/848 de la Comisión sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos
Reglamento 2021/1165 de la Comisión por el que se autorizan determinados productos y sustancias para su uso en la producción ecológica y se establecen sus listas
Reglamento 2023/2229 de la Comisión que modifica y corrige el Reglamento 2021/1165 por el que se autorizan determinados productos y sustancias para su uso en la producción ecológica y se establecen sus listas
Reglamento 889/2008 de la Comisión por el que se establecen normas detalladas sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos con respecto a la producción ecológica, su etiquetado y control [derogado, pero el anexo VII sigue siendo pertinente]
Comisión Europea: Informes EGTOP sobre producción ecológica
Fuentes
Reglamento de aplicación (UE) 2025/2501 de la Comisión en lo que respecta al uso de determinados productos y sustancias en la producción ecológica
Reglamento de aplicación (UE) 2025/973 de la Comisión por el que se autorizan determinados productos y sustancias para su uso en la producción ecológica y se establecen sus listas
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La UE autoriza las proteínas de guisantes y patata y retrasa la revisión de los desinfectantes
Commission Implementing Regulation (EU) 2025/2501 as regards the use of certain products and substances in organic production
Commission Implementing Regulation (EU) 2025/973 authorising certain products and substances for use in organic production and establishing their lists
¿qué está cambiando y por qué?
La Unión Europea (UE) ha autorizado el uso de proteínas de guisantes y patatas para la producción ecológica de zumos de frutas, vinos de frutas e hidromiel. Esta autorización se basa en las recomendaciones del Grupo de Expertos de la Comisión Europea para el Asesoramiento Técnico sobre Producción Ecológica (EGTOP). Estas sustancias se incluirán en la lista de sustancias que pueden utilizarse en la producción de productos ecológicos para el mercado de la UE (Reglamento 2021/1165, Anexo V).
Las sustancias actualmente autorizadas para la limpieza y desinfección de edificios e instalaciones de producción animal (Reglamento 889/2008, Anexo VII) podrán utilizarse hasta el 31 de diciembre de 2027, ya que la evaluación de estas sustancias por parte de EGTOP se ha retrasado.
En julio de 2025, la Comisión actualizó la lista de sustancias y productos que pueden utilizarse en productos ecológicos importados en la UE, añadiendo a la lista de sustancias activas de bajo riesgo, fertilizantes autorizados, materias primas para piensos, aditivos para piensos y aditivos alimentarios (véanse las tablas 1 y 2).
Esto incluye el uso permitido en países no pertenecientes a la UE de microorganismos (incluidos virus) como agentes de control biológico en la producción ecológica, y etileno para la inducción floral en la piña.
Se espera que la autorización del uso de etileno en la producción ecológica de piña y de microorganismos en la producción ecológica apoye la producción ecológica en países no pertenecientes a la UE.
Acciones
Se recomienda a los operadores de países no pertenecientes a la UE que reconfirmen con su organismo de certificación qué sustancias están autorizadas para su uso bajo las nuevas reglas ecológicas de la UE. Puede ser necesario presentar expedientes a la UE en el caso de algunas sustancias que se utilizaban anteriormente bajo las antiguas reglas de equivalencia, pero que ahora requieren una autorización específica de la UE para su uso en exportaciones ecológicas (siempre que estén registradas para su uso en el país de origen).
Cronología
La regulación 2025/973 se aplica a partir del 15 de junio de 2025.
La regulación 2025/2501 se aplica a partir del 1 de enero de 2026.
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