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2023/1606

Revisión del etiquetado del vino

  • Geographical indications

Resumen

Este Reglamento pretende mejorar la comprensión de las etiquetas de los vinos por parte de los consumidores. Aclara determinados términos que pueden utilizarse en la lista de ingredientes de las etiquetas de los vinos.

Nuevas normas de la UE para el etiquetado del vino

Reglamento Delegado (UE) 2023/1606 de la Comisión, de 30 de mayo de 2023, por el que se modifican el Reglamento Delegado (UE) 2019/33 en lo que respecta a determinadas disposiciones sobre las denominaciones de origen protegidas y las indicaciones geográficas protegidas de los vinos y a la presentación de indicaciones obligatorias para los productos vitivinícolas y normas específicas para la indicación y designación de los ingredientes de los productos vitivinícolas, y el Reglamento Delegado (UE) 2018/273 en lo que respecta a la certificación de los productos vitivinícolas importados

Actualización

Este Reglamento pretende mejorar la comprensión de las etiquetas de los vinos por parte de los consumidores. Aclara determinados términos que pueden utilizarse en la lista de ingredientes de las etiquetas de los vinos.

Productos afectados

Vino

¿qué está cambiando?

La Comisión Europea ha actualizado las normas vigentes relativas al etiquetado del vino (Reglamento 2019/33, capítulo IV). Los cambios más significativos son los siguientes.

Lista de ingredientes

En la lista de ingredientes se podrán incluir los siguientes términos.

  • "Uva", independientemente de que se utilice uva o mosto de uva como materia prima.
  • "Mosto de uva concentrado", independientemente de que el mosto de uva utilizado sea "concentrado" y/o "concentrado rectificado".
  • Aditivos permitidos en la elaboración del vino y coadyuvantes tecnológicos ("compuestos enológicos") que puedan causar alergias o intolerancias (los incluidos en el Anexo I, Parte A, Tabla 2, columna 1 del Reglamento 2019/934).
  • La expresión "contiene" "reguladores de la acidez" y "agentes estabilizadores", seguida de una lista exhaustiva de aditivos incluidos en estas categorías cuando al menos uno de esos aditivos esté presente en el producto acabado. De este modo se evita cambiar constantemente el etiquetado del vino para estos tipos de aditivos que se utilizan en función de las necesidades.
  • "Embotellado en atmósfera protectora" o "el embotellado puede haberse realizado en atmósfera protectora", en lugar de la categoría "gases de envasado". De este modo se evita la confusión del consumidor, ya que los gases de envasado no forman parte del producto final.
  • Los términos "licor de tiraje" y "licor de expedición", con la posibilidad de enumerar sus componentes entre paréntesis. Así se evita que el consumidor piense que estos componentes se utilizan para endulzar o enriquecer y no como parte del proceso de producción.

Puntos adicionales

  • Los productores de vino espumoso (incluidos los vinos espumosos aromáticos de calidad y de calidad) de más de 0,2 litros pueden optar por forrar las aberturas de las botellas con papel de aluminio (antes era obligatorio).
  • Las normas aclaran ahora que el término "medianamente dulce" se refiere a un contenido de azúcar que no supera los 45 g/l y excede de 12 g/l o 18 g/l, siempre que la acidez total (gramos por litro) no sea inferior en más de 10 g al contenido de azúcar residual (es decir, la definición de "medianamente seco"). El segundo criterio no era explícito en las normas vigentes.

¿Por qué?

El Reglamento pretende aclarar los términos que se utilizan en las etiquetas de los vinos. Garantiza que las listas de ingredientes no confundan a los consumidores, en particular en lo que respecta a los aditivos utilizados en el proceso de vinificación que no están presentes en el producto final. El Reglamento también tiene en cuenta los aspectos prácticos de la elaboración del vino y las posibles cargas para los vinicultores (especialmente las microempresas) debido a normas que exigirían cambios frecuentes en el etiquetado.

Cronología

El Reglamento se aplica desde el 28 de agosto de 2023.

Las normas revisadas sobre la lista de ingredientes se aplican desde el 8 de diciembre de 2023.

¿cuáles son las principales consecuencias para los países exportadores?

Las nuevas normas relativas a la lista de ingredientes no son obligatorias, pero la Unión Europea las considera importantes.

Acciones recomendadas

Los proveedores de vino deben evaluar cómo se pueden adaptar las etiquetas existentes a estas normas para mejorar la comprensión del etiquetado del vino por parte de los consumidores.

Fondo

El vino debe cumplir numerosas normas de la UE relativas a los regímenes y controles de calidad, el etiquetado y la presentación de determinados productos del sector vitivinícola.

Las principales normas relativas a las indicaciones geográficas y al etiquetado y presentación del vino (y también de los productos agrícolas y las bebidas espirituosas) se establecen en el Reglamento 2024/1143. Los detalles para la aplicación de las indicaciones geográficas en el sector vitivinícola se establecen en los Reglamentos (UE) 2025/26 y 2025/27. El Reglamento 2025/28 adapta el Reglamento complementario(2019/33) a la estructura del Reglamento 2024/1143.

Para más información sobre los Reglamentos 2025/26, 2025/27 y 2025/28, véase Revisión del sistema de indicaciones geográficas de la UE.

El Reglamento 1308/2013 enumera la información que debe incluirse en las etiquetas o en la presentación de los "productos vitícolas" (vino, licor, vino espumoso), incluida la procedencia, el grado alcohólico y los términos relacionados con la indicación geográfica (art. 119).

Recursos

Fuentes

Reglamento Delegado (UE) 2023/1606 de la Comisión en lo que respecta a determinadas disposiciones relativas a las denominaciones de origen protegidas y a las indicaciones geográficas protegidas de los vinos y a la presentación de indicaciones obligatorias para los productos vitivinícolas y a las normas específicas para la indicación y designación de los ingredientes de los productos vitivinícolas, y [...] en lo que respecta a la certificación de los productos vitivinícolas importados

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Nuevas normas de la UE para el etiquetado del vino

Commission Delegated Regulation (EU) 2023/1606 as regards certain provisions on protected denominations of origin and protected geographical indications for wine and on the presentation of compulsory particulars for grapevine products and specific rules for the indication and designation of ingredients for grapevine products, and [...] as regards the certification of imported wine products

¿qué está cambiando y por qué?

La Comisión Europea ha actualizado las normas vigentes sobre etiquetado del vino para mejorar la comprensión de las etiquetas por parte de los consumidores. Aclara determinados términos que pueden utilizarse en la lista de ingredientes de las etiquetas de los vinos.

Acciones

Los proveedores de vino deben evaluar cómo se pueden adaptar las etiquetas existentes a las nuevas normas (que no son obligatorias) para cumplir los objetivos de mejorar la comprensión del etiquetado del vino por parte de los consumidores.

Cronología

El Reglamento se aplica desde el 28 de agosto de 2023.

Las normas revisadas sobre la lista de ingredientes se aplican desde el 8 de diciembre de 2023.

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