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Derechos de salvaguardia a la importación de determinados productos agroalimentarios

  • Tariffs & quotas

Resumen

La Comisión Europea propone modificar las normas que permiten a la Unión Europea (UE) aplicar derechos de salvaguardia adicionales a la importación de determinados productos agroalimentarios. Actualmente, no pueden imponerse derechos de salvaguardia si es improbable que las importaciones perturben el mercado de la UE. La Comisión propone eliminar esta condición.

La Comisión también propone aclarar el volumen de importaciones que puede desencadenar la introducción de derechos de salvaguardia. Estos cambios ajustarán la normativa de la UE a las obligaciones que impone el Acuerdo sobre la Agricultura de la Organización Mundial del Comercio (OMC).

La Comisión Europea propone normas modificadas sobre los derechos de salvaguardia a la importación de determinados productos agroalimentarios

Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (UE) nº 1308/2013 en lo que respecta al régimen aplicable a las frutas, hortalizas y leche en las escuelas ("régimen aplicable a las escuelas de la UE"), las intervenciones sectoriales, la creación de un sector de las proteínas, los requisitos aplicables al cáñamo, la posibilidad de establecer normas de comercialización para el queso, las proteaginosas y la carne, la aplicación de derechos de importación adicionales, las normas sobre la disponibilidad de suministros en caso de emergencias y crisis graves y las garantías

Actualización

La Comisión Europea propone modificar las normas que permiten a la Unión Europea (UE) aplicar derechos de salvaguardia adicionales a la importación de determinados productos agroalimentarios. Actualmente, no pueden imponerse derechos de salvaguardia si es improbable que las importaciones perturben el mercado de la UE. La Comisión propone eliminar esta condición.

La Comisión también propone aclarar el volumen de importaciones que puede desencadenar la introducción de derechos de salvaguardia. Estos cambios ajustarán la normativa de la UE a las obligaciones que impone el Acuerdo sobre la Agricultura de la Organización Mundial del Comercio (OMC).

Productos afectados

Cereales, arroz, azúcar, frutas y hortalizas, frutas y hortalizas transformadas, carne de vacuno, leche y productos lácteos, carne de porcino, carne de ovino, carne de caprino, huevos, aves de corral, zumo de uva, uvas

¿qué está cambiando?

La Comisión Europea propone revisar las normas que permiten a la UE aplicar derechos de importación adicionales a determinados productos agroalimentarios (véase Productos afectados).

Los derechos de salvaguardia -derechos de importación adicionales- sólo pueden imponerse cuando los precios caen por debajo de un determinado nivel o cuando el volumen de las importaciones supera un determinado nivel (véase Antecedentes). Actualmente existe otra condición: no pueden introducirse derechos de salvaguardia si es improbable que el aumento de las importaciones perturbe el mercado de la UE (por ejemplo, provocando subidas o bajadas significativas de los precios en los mercados interior o exterior), o si los efectos en el comercio de la imposición de aranceles de salvaguardia fueran desproporcionados en relación con el efecto de esas importaciones en el mercado de la UE (Reglamento 1308/2013, art. 182). La Comisión propone eliminar esta otra condición.

La Comisión también propone aclarar cómo se calcula el volumen de las importaciones que pueden desencadenar la introducción de aranceles de importación. El punto de referencia para calcular los volúmenes de activación se basará en las importaciones anuales medias de los tres años anteriores (véase el cuadro 1).

¿Por qué?

Los cambios propuestos simplifican las normas de la UE y las alinean con el método de cálculo y las normas del Acuerdo sobre la Agricultura de la OMC (art. 5(4)).

Demostrar si las importaciones pueden perturbar o no el mercado de la UE es un proceso difícil y largo que limita la capacidad de reacción de la UE, lo que puede ser un problema especial en el caso de los productos perecederos de temporada.

Cronología

Las normas propuestas se adoptarán a finales de 2026 o principios de 2027.

Antecedentes

Cuando las importaciones de determinados productos agroalimentarios a la UE son especialmente elevadas, la Comisión Europea puede aplicar derechos de importación de salvaguardia adicionales. Los derechos de salvaguardia no se aplican a las mercancías importadas al amparo de un contingente arancelario.

Los derechos de salvaguardia a la importación son una respuesta al aumento de las importaciones, pero sólo pueden introducirse si

  • las importaciones se realizan a un precio inferior al nivel notificado a la OMC
  • el volumen de las importaciones en cualquier año supera un determinado nivel, conocido como "volúmenes de activación" (véase el cuadro 1).

Para más información, véase Explicación de los aranceles de importación y los contingentes arancelarios.

Recursos

Organización Mundial del Comercio: Acuerdo sobre la Agricultura

Reglamento (UE) nº 1308/2013 por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios

Fuentes

Propuesta de Reglamento por el que se modifica el Reglamento (UE) nº 1308/2013 en lo que respecta al régimen aplicable a las frutas, hortalizas y leche en las escuelas ("régimen aplicable a las escuelas de la UE"), las intervenciones sectoriales, la creación de un sector de las proteínas, los requisitos aplicables al cáñamo, la posibilidad de establecer normas de comercialización para el queso, las proteaginosas y la carne, la aplicación de derechos de importación adicionales, las normas sobre la disponibilidad de suministros en caso de emergencias y crisis graves y las garantías

Tablas y figuras

AG00648_Table1_19-08-25

Source: Art. 1(25) of the Proposal for a Regulation amending Regulation 1308/2013

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La Comisión Europea propone normas modificadas sobre los derechos de salvaguardia a la importación de determinados productos agroalimentarios

Proposal for a Regulation amending Regulation (EU) No 1308/2013 as regards the school fruit, vegetables and milk scheme (‘EU school scheme’), sectoral interventions, the creation of a protein sector, requirements for hemp, the possibility for marketing standards for cheese, protein crops and meat, application of additional import duties, rules on the availability of supplies in time of emergencies and severe crisis and securities

¿qué está cambiando y por qué?

En la actualidad, la Unión Europea (UE) sólo puede establecer derechos de importación adicionales, conocidos como "derechos de salvaguardia", cuando las importaciones puedan perturbar el mercado de la UE (por ejemplo, provocando subidas o bajadas significativas de los precios en los mercados interior o exterior). Como la perturbación del mercado es difícil de demostrar en la práctica, la Comisión Europea propone simplificar las normas eliminando esta condición.

La Comisión también propone aclarar cómo se calcula el volumen de importaciones que puede desencadenar la introducción de aranceles de importación. El punto de referencia para calcular los volúmenes de activación se basará en la media de las importaciones anuales de los tres años anteriores (véase el cuadro 1).

Estos cambios ajustarán la normativa de la UE a las obligaciones que impone el Acuerdo sobre la Agricultura de la Organización Mundial del Comercio (OMC).

Cronología

Las normas propuestas se adoptarán a finales de 2026 o principios de 2027.

Tablas y figuras

AG00648_Table1_19-08-25

Source: Art. 1(25) of the Proposal for a Regulation amending Regulation 1308/2013

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