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Simplificación de las reglas de la UE sobre seguridad de alimentos y piensos

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  • Official controls

Resumen

La Comisión Europea propone simplificar un gran número de reglas existentes, entre ellas:

  • procedimientos de autorización y renovación de plaguicidas y biocidas para su uso en la Unión Europea (UE)
  • aclaraciones terminológicas y medidas transitorias en relación con los límites máximos de residuos de plaguicidas (LMR)
  • autorizaciones y requisitos de etiquetado de los aditivos para piensos
  • un marco de vigilancia y gestión del riesgo de encefalopatía espongiforme bovina (EEB)
  • flexibilidad en los controles oficiales de los cargamentos de plantas en los puestos de control fronterizos
  • clarificación de la situación jurídica de los productos de fermentación fabricados con microorganismos modificados genéticamente (MMG).

El objetivo es reducir las cargas y los costes de las actuales reglas de seguridad de los alimentos y piensos de la UE para los operadores y las autoridades competentes.

La UE propone reglas simplificadas de seguridad de alimentos y piensos para reducir costes y cargas a operadores y autoridades

Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifican los Reglamentos (CE) nº 999/2001, (CE) nº 1829/2003, (CE) nº 1831/2003, (CE) nº 852/2004, (CE) nº 853/2004, (CE) nº 396/2005, (CE) nº 1099/2009, (CE) nº 1107/2009, (UE) nº 528/2012, (UE) 2017/625 en lo que respecta a la simplificación y el refuerzo de los requisitos de seguridad de los alimentos y los piensos

Actualización

La Comisión Europea propone simplificar un gran número de reglas existentes, entre ellas:

  • procedimientos de autorización y renovación de plaguicidas y biocidas para su uso en la Unión Europea (UE)
  • aclaraciones terminológicas y medidas transitorias en relación con los límites máximos de residuos de plaguicidas (LMR)
  • autorizaciones y requisitos de etiquetado de los aditivos para piensos
  • un marco de vigilancia y gestión del riesgo de encefalopatía espongiforme bovina (EEB)
  • flexibilidad en los controles oficiales de los cargamentos de plantas en los puestos de control fronterizos
  • clarificación de la situación jurídica de los productos de fermentación fabricados con microorganismos modificados genéticamente (MMG).

El objetivo es reducir las cargas y los costes de las actuales reglas de seguridad de los alimentos y piensos de la UE para los operadores y las autoridades competentes.

¿qué está cambiando?

La Comisión Europea propone revisar y simplificar un gran número de reglas vigentes sobre seguridad de alimentos y piensos. A continuación se resumen los principales cambios.

Plaguicidas y bioplaguicidas (Reglamento (CE) 1107/2009)

Actualmente, la UE debe reevaluar todos los plaguicidas aprobados cada 10 años. La Comisión Europea propone eliminar este requisito, aunque la reaprobación seguiría siendo necesaria en algunos casos concretos. De este modo, las autoridades que evalúan las solicitudes de aprobación o renovación de plaguicidas dispondrán de más tiempo para centrarse en los bioplaguicidas. La Comisión también propone aclarar la definición de bioplaguicidas (como "sustancias de biocontrol") y permitir a los Estados miembros de la UE conceder la aprobación provisional de estas sustancias sobre la base de proyectos de evaluación.

¿Por qué? Los agricultores de la UE disponen de menos herramientas para combatir plagas y enfermedades, ya que los plaguicidas más antiguos pierden su autorización y el procedimiento de aprobación de nuevas alternativas (sobre todo bioplaguicidas) lleva tiempo. La UE quiere fomentar la transición de los plaguicidas químicos a soluciones más sostenibles.

Para más detalles, véase Simplificación de las reglas sobre LMR y autorizaciones de plaguicidas.

Límites máximos de residuos (Reglamento 396/2005)

La Comisión pretende aproximar más las reglas que se aplican a los productos importados a las que se aplican a la producción dentro de la UE. Los cambios propuestos permiten reducir los actuales límites máximos de residuos (LMR) a 0,01 mg/kg (el límite de cuantificación, LOQ) en plaguicidas no aprobados en la UE que estén clasificados como especialmente peligrosos para la salud pública o el medio ambiente. Esto podría reducir las opciones de plaguicidas ("caja de herramientas") de que disponen actualmente los proveedores extracomunitarios en el mercado de la UE. La Comisión también propone aclarar las reglas sobre periodos transitorios, permitiendo que los productos que cumplían los LMR de la UE en el momento de su producción o de su comercialización en la UE puedan venderse hasta el final de su vida de anaquel. De este modo se evitaría que los productos fueran retirados y destruidos como consecuencia de cambios en los LMR.

Para más detalles, véase Simplificación de las reglas sobre LMR y autorizaciones de plaguicidas.

¿Por qué? Algunas organizaciones no gubernamentales (ONG) y agricultores de la UE reclaman un enfoque más estricto con respecto a los productos importados que contienen plaguicidas no autorizados en la UE, debido a la preocupación por la salud de los consumidores y la posible desventaja competitiva para los agricultores de la UE.

Biocidas (Reglamento 528/2012)

La Comisión Europea propone que las sustancias activas utilizadas en biocidas (incluidas las ya aprobadas) se aprueben para una duración ilimitada, a menos que exista una necesidad específica de limitar la duración para proteger la salud humana y animal o el medio ambiente.

¿Por qué? Hay retrasos constantes en la aprobación de sustancias para su uso en biocidas y en la autorización de productos, lo que dificulta el acceso al mercado y desincentiva la innovación. Reducir la necesidad de renovar las sustancias permitirá a las autoridades centrar sus recursos en evaluar y autorizar nuevas sustancias.

Aditivos para piensos (Reglamento 1831/2003)

La Comisión propone simplificar las reglas sobre modificación de autorizaciones (por ejemplo, cambios de titulares) y renovación de autorizaciones; y permitir una mayor flexibilidad en los requisitos de etiquetado, incluido el etiquetado digital para determinada información no relacionada con la seguridad.

¿Por qué? Para reducir los costes de cumplimiento y las cargas administrativas.

Para más detalles, véase Simplificación de las reglas sobre autorizaciones de aditivos para piensos.

Encefalopatía espongiforme bovina (EEB) (Reglamento (CE) 999/2001)

La Comisión solicita nuevos poderes para actualizar más fácilmente la legislación relativa a la EEB en respuesta a la evolución de los conocimientos científicos, las normas internacionales y la situación epidemiológica.

¿Por qué? Las reglas actuales dificultan la rápida respuesta de la UE a los avances científicos y a la evolución de las normas internacionales. Por ejemplo, las reglas sobre materiales especificados de riesgo son demasiado onerosas ahora que el riesgo de EEB se ha reducido.

Reglamento sobre controles oficiales (Reglamento 2017/625)

La Comisión propone permitir una mayor flexibilidad en el despacho de los cargamentos en los puestos de control fronterizo, en particular cuando los certificados fitosanitarios cubren diversos lotes que requieren diferentes tipos de controles.

¿Por qué? En la actualidad, los puestos de control fronterizo no pueden despachar la parte conforme de un cargamento si otra parte del mismo aún debe someterse a más controles. Esto puede provocar retrasos innecesarios, que afectan sobre todo a los productos perecederos.

Para más detalles, véase Simplificación de las reglas de despacho de productos vegetales por los puestos de control fronterizo.

Bienestar de los animales (Reglamento (CE) 1099/2009)

La Comisión propone reducir la carga administrativa de las autoridades competentes de los Estados miembros de la UE, que ya no tendrán que presentar informes anuales sobre las operaciones de despoblación (matanza masiva urgente) con arreglo al Reglamento 1099/2009 relativo a la protección de los animales en el momento de la matanza.

¿Por qué? Esta información ya se presenta según el Reglamento de Controles Oficiales(2017/625).

Productos de fermentación (Reglamento (CE) 1829/2003)

La Comisión propone aclarar que los microorganismos modificados genéticamente (MMG) utilizados en el proceso de fermentación para producir alimentos o piensos no se consideran organismos modificados genéticamente (OMG). Esto significa que no necesitarán autorización con arreglo al Reglamento 1829/2003 sobre OMG, siempre que los residuos de la fermentación de MMG contenidos en el producto final cumplan determinadas condiciones.

¿Por qué? La confusión sobre cómo clasificar los MMG crea incertidumbre entre los operadores y da lugar a una aplicación divergente por parte de los distintos Estados miembros.

Para más detalles, véase Simplificación de las reglas sobre fermentación con MMG.

¿Por qué?

Para mejorar la competitividad y resistencia de los sistemas alimentarios y de piensos de la UE, ésta pretende simplificar la legislación eliminando obstáculos normativos innecesarios. No tiene intención de modificar las reglas de manera que se reduzca el nivel actual de protección de los consumidores que ofrecen estas normas.

Cronología

Esta propuesta será debatida por el Consejo de la UE (Estados miembros) y el Parlamento Europeo, un proceso que puede durar hasta 2 años. Así que su aplicación es posible en el segundo semestre de 2027.

Antecedentes

La Visión de la UE para la Agricultura y la Alimentación 2025-2029, publicada en febrero de 2025, establecía una serie de prioridades, entre las que figuraba garantizar la competitividad y resistencia del sector agroalimentario de la UE.

Las propuestas de la Comisión Europea reflejan las opiniones de los Estados miembros y las partes interesadas en una serie de ámbitos de la legislación alimentaria en relación con la simplificación de las reglas de seguridad de los alimentos y los piensos. También reflejan las recientes evaluaciones de la legislación de la UE, incluida una revisión de la legislación sobre plaguicidas y aditivos para piensos (Comisión Europea 2020, 2024).

Recursos

Fuentes

Propuesta de Reglamento por el que se modifican los Reglamentos 999/2001, 1829/2003, 1831/2003, 852/2004, 853/2004, 396/2005, 1099/2009, 1107/2009, 528/2012 y 2017/625 en lo que respecta a la simplificación y el refuerzo de los requisitos de seguridad de los alimentos y los piensos

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La UE propone reglas simplificadas de seguridad de alimentos y piensos para reducir costes y cargas a operadores y autoridades

Proposal for a Regulation amending Regulations 999/2001, 1829/2003, 1831/2003, 852/2004, 853/2004, 396/2005, 1099/2009 1107/2009, 528/2012, 2017/625 as regards the simplification and strengthening of food and feed safety requirements

¿qué está cambiando y por qué?

La Comisión Europea propone simplificar las reglas de seguridad de alimentos y piensos en los siguientes ámbitos.

  • Plaguicidas: permitir la aprobación y renovación de plaguicidas por tiempo ilimitado (en lugar del límite actual de 10 años), para que las autoridades puedan centrar sus recursos en la aprobación de nuevos bioplaguicidas.
  • Límites máximos de residuos de plaguicidas (LMR): armonización de las reglas aplicables a los productos importados con las que se aplican a la producción dentro de la Unión Europea (UE). Los LMR se reducirían a 0,01 mg/kg en los plaguicidas no permitidos en la UE cuando sean especialmente peligrosos para la salud pública o el medio ambiente. Se aclararán las reglas sobre periodos transitorios para permitir la venta de productos hasta el final de su vida de anaquel, con el fin de evitar residuos y pérdidas económicas.
  • Biocidas: permitir que las sustancias activas de los biocidas se aprueben por tiempo ilimitado, para poder centrarse más en las nuevas sustancias activas.
  • Aditivos para piensos: simplificación de las reglas de modificación y renovación de las autorizaciones, y mayor flexibilidad en los requisitos de etiquetado, incluido el etiquetado digital.
  • Vigilancia de la encefalopatía espongiforme bovina (EEB): facilitar la adopción de nuevas medidas en respuesta a la evolución de los conocimientos científicos, las normas internacionales y la situación epidemiológica.
  • Controles oficiales de los envíos de productos vegetales en los puestos de control fronterizo: permitir que los puestos de control fronterizo liberen los productos vegetales conformes a la normativa a la espera de los controles de otras partes de un envío.
  • Productos de fermentación fabricados con microorganismos modificados genéticamente (MMG): aclarar que estos productos no requieren autorización con arreglo al Reglamento sobre OMG siempre que se cumplan determinadas condiciones.

El objetivo es reducir las cargas de los operadores y administradores.

Cronología

Esta propuesta será debatida por el Consejo de la UE (Estados miembros) y el Parlamento Europeo, un proceso que puede durar hasta 2 años. Así que su aplicación es posible en el segundo semestre de 2027.

Descargo de responsabilidad: COLEAD no se hace responsable de ninguna pérdida, daño, responsabilidad o gasto incurrido o sufrido como resultado de la utilización de la información disponible en este sitio web o de cualquier enlace a sitios externos. El uso del sitio web es por cuenta y riesgo exclusivo del usuario. Esta plataforma de información ha sido elaborada y mantenida con el apoyo financiero de la Unión Europea. No obstante, su contenido no refleja las opiniones de la Unión Europea.