Especificaciones más estrictas para los mono- y diglicéridos de ácidos grasos (E 471)
Publicado por AGRINFO el
La UE introduce especificaciones más estrictas para los mono- y diglicéridos de ácidos grasos (E 471)
Reglamento (UE) 2023/1428 de la Comisión, de 7 de julio de 2023, por el que se modifica el anexo del Reglamento (UE) nº 231/2012 en lo que respecta a los mono- y diglicéridos de ácidos grasos (E 471)
Actualización
La UE está introduciendo especificaciones más estrictas para los mono- y diglicéridos de ácidos grasos (E 471). Está reduciendo los niveles aceptables de elementos tóxicos, estableciendo límites máximos para determinadas impurezas y ajustando el proceso de producción para disminuir los ésteres glicidílicos de ácidos grasos.
Productos afectados
productos alimenticios procesados que utilizan el E 471, normalmente como emulsionante (por ejemplo, en productos de panadería, productos lácteos, aceites y grasas, carnes procesadas, confitería, comidas preparadas y aperitivos)
¿qué está cambiando?
Este Reglamento establece normas más estrictas sobre el uso de mono- y diglicéridos de ácidos grasos (E 471) como aditivos alimentarios.
Entre ellas se incluyen:
- establecimiento de un contenido máximo permitido de ácido erúcico en el ensayo
- reducción de los límites máximos de arsénico, plomo, mercurio y cadmio
- establecimiento de un límite máximo para la suma de 3-monocloropropano diol (3-MCPD) y ésteres de ácidos grasos de 3-MCPD (expresado como 3-MCPD), y ésteres de ácidos grasos de glicidilo (expresado como glicidol), con niveles más estrictos en alimentos para lactantes y niños pequeños
Los detalles figuran en el anexo del Reglamento.
¿Por qué?
Los cambios reflejan la preocupación por los hallazgos de altos niveles de ésteres de ácidos grasos glicidílicos genotóxicos y cancerígenos en el E 471 (EFSA 2017, 2021) y las recientes enmiendas a la legislación sobre contaminantes.
Cronología
Las nuevas especificaciones se aplicarán a partir del 30 de julio de 2023. No obstante, si el E 471 se ha comercializado legalmente en la UE antes de esa fecha, podrá añadirse a los alimentos hasta el 30 de enero de 2024.
Para los ésteres glicidílicos de ácidos grasos, se establece un contenido máximo intermedio entre el 30 de julio de 2023 y el 30 de enero de 2024. En el caso de los alimentos para lactantes y niños de corta edad, el nuevo contenido máximo para los ésteres glicidílicos de ácidos grasos se aplica a partir del 30 de julio de 2023.
¿cuáles son las principales consecuencias para los países exportadores?
Estos cambios pueden afectar a los países que exportan productos alimenticios que contienen E 471 al mercado de la UE.
Si los países exportadores no cumplen la nueva normativa de la UE, sus productos pueden ser rechazados en la frontera de la UE e impedir su entrada en el mercado. Esto podría acarrear pérdidas económicas para los exportadores y una interrupción de las relaciones comerciales entre el país exportador y la UE.
Acciones recomendadas
Es posible que los proveedores de alimentos procesados que contengan E 471 tengan que ajustar sus prácticas de fabricación y/o sus controles de seguridad y calidad para cumplir los nuevos requisitos.
Recursos
EFSA (2017) Reevaluación de mono- y di-glicéridos de ácidos grasos (E 471) como aditivos alimentarios. EFSA Journal, 15(11): 5045.
EFSA (2021) Opinion on the re-evaluation of mono- and diglycerides of fatty acids (E 471) as food additive in foods for infants below 16 weeks of age and follow-up of their re-evaluation as food additives for uses in foods for all population groups. EFSA Journal, 19(11): 6885.
Reglamento (UE) 231/2012 de la Comisión por el que se establecen especificaciones para los aditivos alimentarios enumerados en los anexos II y III del Reglamento (CE) nº 1333/2008.
Reglamento (CE) 1331/2008 por el que se establece un procedimiento de autorización común para los aditivos, las enzimas y los aromas alimentarios.
Fuentes
Reglamento (UE) 2023/1428 de la Comisión, de 7 de julio de 2023, por el que se modifica el anexo del Reglamento (UE) nº 231/2012 en lo que respecta a los mono- y diglicéridos de ácidos grasos (E 471)
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