Alimentación tradicional: Infusión de hojas de Coffea arabica y/o C. canephora
- Food safety
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Resumen
La UE ha ampliado su autorización de infusión a partir de hojas de café a las bebidas no alcohólicas aromatizadas y no aromatizadas listas para el consumo y al café; extractos de café y achicoria; café instantáneo; té; infusiones de hierbas y frutas; sucedáneos del café; mezclas de café y mezclas instantáneas para bebidas.
La UE amplía los usos autorizados de la infusión de hojas de café
Reglamento de Ejecución (UE) 2023/931 de la Comisión, de 8 de mayo de 2023, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470 en lo que respecta a las condiciones de uso del alimento tradicional de un tercer país infusión de hojas de café de Coffea arabica L. y/o Coffea canephora Pierre ex A. Froehner
Actualización
La UE ha ampliado su autorización de infusión a partir de hojas de café a las bebidas no alcohólicas aromatizadas y no aromatizadas listas para el consumo y al café; extractos de café y achicoria; café instantáneo; té; infusiones de hierbas y frutas; sucedáneos del café; mezclas de café y mezclas instantáneas para bebidas.
Productos afectados
hojas de café
¿qué está cambiando?
Las hojas de Coffea arabica y/o C. canephora ya están autorizadas como alimento tradicional para su uso en infusiones.
La Comisión Europea ha ampliado ahora la autorización para permitir su uso en bebidas no alcohólicas aromatizadas y no aromatizadas listas para el consumo y café; extractos de café y achicoria; café instantáneo; té; infusiones de hierbas y frutas; sucedáneos del café; mezclas de café y mezclas instantáneas para bebidas. El cuadro 1 (Nuevos alimentos autorizados) del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470 se actualizará en consecuencia.
¿Por qué?
La Comisión considera que los usos propuestos son comparables a los usos actuales ya establecidos por la EFSA como seguros. No se consideró necesaria una evaluación adicional.
Cronología
Fecha de entrada en vigor: 30 de mayo de 2023.
Acciones recomendadas
Las hojas de café de C. arabica y/o C. canephora están ahora autorizadas para su uso en el mercado de la UE en los productos de bebidas enumerados anteriormente.
Los productos que contengan estas hojas deben etiquetarse como "Infusión de hojas de café" o "Infusión seca de hojas de café".
Antecedentes
La UE mantiene una lista de la Unión de nuevos alimentos (incluidos los alimentos tradicionales) que han sido evaluados y pueden comercializarse en la UE (establecida en el Reglamento 2017/2470).
Recursos
Reglamento (UE) 2017/2470 por el que se establece la lista de la Unión de nuevos alimentos
Reglamento (UE) 2015/2283 sobre nuevos alimentos
Fuentes
Reglamento de Ejecución (UE) 2023/931 de la Comisión
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La UE amplía los usos autorizados de la infusión de hojas de café
Commission Implementing Regulation (EU) 2023/931
¿qué está cambiando y por qué?
Tras una evaluación de riesgos realizada por la EFSA, la Comisión Europea ha ampliado la autorización de las hojas de Coffea arabica y/o C. canephora para permitir su uso en bebidas aromatizadas y no aromatizadas listas para beber y café; extractos de café y achicoria; café instantáneo; té; infusiones de hierbas y frutas; sucedáneos del café; mezclas de café y mezclas instantáneas para bebidas.
Acciones
Los productos que contengan estas hojas deben llevar la etiqueta "Infusión de hojas de café" o "Infusión seca de hojas de café".
Cronología
Estos productos estarán autorizados en el mercado de la UE a partir del 30 de mayo de 2023.
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