Control y análisis de triquinas en relación con el despiece de canales de cerdo
Publicado por AGRINFO el
La UE modifica las normas sobre el despiece de canales de cerdo en relación con las pruebas de detección de triquinas
Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1418 de la Comisión, de 22 de agosto de 2022, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1375 en lo que respecta al control de triquinas en relación con el despiece de canales y métodos analíticos alternativos
Actualización
Anteriormente, la UE limitaba a "productos porcinos específicos" la posibilidad de despiezar las canales en más de seis partes antes de conocer el resultado de las pruebas de detección de triquinas. Esta opción se amplía ahora a la producción de todos los productos porcinos.
Productos afectados
cerdo
¿qué está cambiando?
Anteriormente, la UE permitía a los operadores despiezar las canales en más de seis partes antes de conocer el resultado de las pruebas de detección de triquinas, únicamente para la elaboración de productos porcinos específicos (para los que el despiece en caliente es necesario por razones técnicas). Las normas se han modificado ahora para permitir esta práctica en la producción de todos los productos porcinos. Esto significa que las canales pueden deshuesarse o cortarse antes de ser refrigeradas.
Además, este Reglamento actualiza la referencia cruzada a la norma ISO 18743: 2015 que figura en el método de detección y en los métodos alternativos.
¿Por qué?
La limitación anterior para determinados productos carece de base científica y no es una limitación establecida para el corte en caliente en el Reglamento (CE) nº 853/2004. Por lo tanto, esta limitación debe eliminarse del Reglamento (UE) 2015/1375, alineando las condiciones para el corte en caliente en ambos Reglamentos.
Cronología
Fecha de publicación: 23 de agosto de 2022
Fecha de entrada en vigor: 12 de septiembre de 2022
¿cuáles son las principales consecuencias para los países exportadores?
Las nuevas normas ofrecen más flexibilidad a los productores de carne de cerdo destinada a la exportación a la UE.
Fondo
El Reglamento (CE) 853/2004 y el Reglamento (UE) 2017/625 establecen las normas y requisitos sanitarios relativos a los alimentos de origen animal y los controles oficiales necesarios.
Además, eran necesarios requisitos más específicos para el control de las triquinas. Se establecen en el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1375, que establece normas específicas sobre los controles oficiales de las triquinas en la carne.
Fuentes
Reglamento de aplicación (UE) 2022/1418
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