Contingentes arancelarios ucranianos
- Tariffs & quotas
- Trade
Resumen
El acuerdo comercial revisado entre la Unión Europea (UE) y Ucrania -conocido como Zona de Libre Comercio de Alcance Amplio y Profundo (ZLCAP)- se aplica desde el 29 de octubre de 2025. Proporciona un mayor acceso al mercado de la UE para algunos productos ucranianos, al tiempo que limita las importaciones de la UE de otros productos. También incluye una cláusula de salvaguardia y el compromiso de Ucrania de adaptar sus normas nacionales a las normas de producción de la UE para finales de 2028.
Tras un periodo de plena liberalización del comercio (sin aranceles ni limitaciones contingentarias) para todas las importaciones ucranianas, el 6 de junio de 2025 se reintrodujeron los contingentes arancelarios establecidos en la DCFTA UE-Ucrania (Reglamento 2025/1132).
Tras nuevas negociaciones entre la UE y Ucrania, la UE está aplicando los siguientes cambios (en virtud del Reglamento 2025/2199)
- plena liberalización del comercio de productos de chocolate, dextrinas y otros almidones modificados, setas, jarabes de azúcar, yogur y otros preparados alimenticios
- aumento de los contingentes arancelarios para determinados productos ucranianos
- un nuevo contingente arancelario para la harina
- cambios en la descripción de los productos cubiertos por determinados contingentes arancelarios.
Nuevos contingentes arancelarios para los productos agroalimentarios procedentes de Ucrania
Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1132 de la Comisión, de 3 de junio de 2025, por el que se modifican los Reglamentos de Ejecución (UE) 2020/761 y (UE) 2020/1988 en lo que respecta a los contingentes arancelarios para productos originarios de Ucrania en 2025.
Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2199 de la Comisión, de 27 de octubre de 2025, por el que se modifican los Reglamentos de Ejecución (UE) 2020/1988 y (UE) 2020/761 en lo que respecta a las cantidades que pueden importarse al amparo de determinados contingentes arancelarios tras la modificación del Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y Ucrania.
Decisión nº 3/2025 del Comité de Asociación UE-Ucrania en Configuración Comercial, de 14 de octubre de 2025, relativa a la reducción y eliminación de los derechos de aduana de conformidad con el artículo 29, apartado 4, del Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica y sus Estados miembros, por una parte, y Ucrania, por otra.
Actualización
El acuerdo comercial revisado entre la Unión Europea (UE) y Ucrania -conocido como Zona de Libre Comercio de Alcance Amplio y Profundo (ZLCAP)- se aplica desde el 29 de octubre de 2025. Proporciona un mayor acceso al mercado de la UE para algunos productos ucranianos, al tiempo que limita las importaciones de la UE de otros productos. También incluye una cláusula de salvaguardia y el compromiso de Ucrania de adaptar sus normas nacionales a las normas de producción de la UE para finales de 2028.
Tras un periodo de plena liberalización del comercio (sin aranceles ni limitaciones contingentarias) para todas las importaciones ucranianas, el 6 de junio de 2025 se reintrodujeron los contingentes arancelarios establecidos en la DCFTA UE-Ucrania (Reglamento 2025/1132).
Tras nuevas negociaciones entre la UE y Ucrania, la UE está aplicando los siguientes cambios (en virtud del Reglamento 2025/2199)
- plena liberalización del comercio de productos de chocolate, dextrinas y otros almidones modificados, setas, jarabes de azúcar, yogur y otros preparados alimenticios
- aumento de los contingentes arancelarios para determinados productos ucranianos
- un nuevo contingente arancelario para la harina
- cambios en la descripción de los productos cubiertos por determinados contingentes arancelarios.
Productos afectados
Cereales, maíz, trigo, espelta, cebada, almidón, harina, malta, leche y productos lácteos, mantequilla y grasas, productos lácteos, carne de ave, ajo, zumo de manzana, zumo de uva, tomates, setas, miel, productos de confitería, cacao, chocolate, azúcar y jarabe, dextrinas, maíz dulce, bebidas espirituosas, productos de acabado
¿qué está cambiando?
La liberalización temporal del comercio de productos agroalimentarios que entran en la UE procedentes de Ucrania finalizó el 5 de junio de 2025. Los contingentes arancelarios establecidos para determinados productos agrícolas en la DCFTA se basaban en un año entero de comercio.
Para el periodo comprendido entre el 6 de junio y el 31 de diciembre de 2025, estos contingentes se vuelven a calcular a prorrata teniendo en cuenta el resto del año civil, es decir, 7/12 del contingente original (véanse los cuadros 1 y 2).
Algunos contingentes arancelarios suelen asignarse mediante licencias de importación. Sin embargo, entre junio y diciembre de 2025, la asignación siguió el principio del "orden de llegada" (cronológicamente, según la fecha de comercialización de los productos en el mercado de la UE). La asignación de estos contingentes arancelarios volverá a realizarse mediante licencias de importación en 2026 (Reglamento 2025/2199). En el cuadro 2 se enumeran los productos ucranianos afectados por este cambio de gestión de los contingentes arancelarios.
En octubre de 2025, tras las negociaciones entre la UE y Ucrania, la UE (Reglamento 2025/2199)
- eliminando los contingentes arancelarios para permitir el acceso sin derechos ni contingentes a los productos de chocolate, las dextrinas y otros almidones y féculas modificados, las setas, los jarabes de azúcar, el yogur y otras preparaciones alimenticias
- aumentar las cantidades de contingentes arancelarios para 2025 y 2026.
Para más detalles, véanse los cuadros 1 y 2.
El Reglamento 2025/2199 también modifica la descripción de los siguientes productos (números de orden de los contingentes entre paréntesis)
- salvado, moyuelos y otros residuos (09.6711)
- artículos de confitería (09.6719)
- trigo y escanda (09.6734)
- cebada (09.6735)
- maíz (09.6736)
- leche y leche concentrada (09.6738)
- leche desnatada y nata (09.6739)
- azúcar de remolacha en bruto (09.6704)
- azúcar de arce en estado sólido (09.6705)
- zumo de manzana (09.6715)
- dextrinas y otros almidones y féculas modificados (09.6726).
La DCFTA revisada también incluye una cláusula de salvaguardia que permite a la UE reintroducir aranceles de importación si las importaciones causan trastornos sociales o económicos en la Unión Europea. Ucrania acuerda adaptar sus normas nacionales a las normas de producción de la UE (bienestar animal, uso de plaguicidas y medicina veterinaria) para finales de 2028.
¿Por qué?
El Acuerdo de Asociación entre la UE y Ucrania, que incluye la DCFTA, se revisa periódicamente con el fin de estrechar los lazos entre Ucrania y la UE, apoyar la economía ucraniana en tiempos de guerra y respaldar la adaptación del sector agrícola del país a las normas de la UE para facilitar la adhesión de Ucrania a la UE.
Cronología
Los cambios introducidos por el Reglamento 2025/2199 se aplicarán a partir del 29 de octubre de 2025.
Antecedentes
En 2022, en respuesta a la agresión de Rusia contra Ucrania y para apoyar a la economía ucraniana, la UE concedió a Ucrania la plena liberalización del comercio -cero derechos y cero limitaciones contingentarias- de todas las mercancías durante un periodo temporal (Reglamento 2022/870). En mayo de 2024, la UE decidió prorrogar de nuevo estas medidas hasta el 5 de junio de 2025 (Reglamento 2024/1392). Este periodo temporal ya ha finalizado.
El importe del arancel (también conocido como derecho de importación) que debe pagarse al importar productos agroalimentarios a la UE depende del producto, de la relación comercial entre la UE y Ucrania y, potencialmente, de la época del año (por ejemplo, en el caso de la fruta).
El Acuerdo de Asociación entre la UE y Ucrania incluye la DCFTA, que establece condiciones comerciales preferenciales para determinadas importaciones ucranianas. Puede tratarse de una liberalización completa (derecho cero, contingente cero) o de contingentes arancelarios. Los contingentes arancelarios permiten importar en la UE una cantidad predeterminada de determinados productos ucranianos con derechos de importación inferiores a los que se aplican normalmente.
Para más información, véase Explicación de los aranceles de importación y los contingentes arancelarios.
Recursos
Reglamento 2020/761 por el que se establecen las disposiciones de aplicación de los Reglamentos 1306/2013, 1308/2013 y 510/2014 en lo que respecta al sistema de gestión de los contingentes arancelarios con certificados.
Reglamento 2020/1988 por el que se establecen las disposiciones de aplicación de los Reglamentos 1308/2013 y 510/2014 en lo que respecta a la gestión de los contingentes arancelarios de importación con arreglo al principio de "orden de llegada".
Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros y Ucrania (29 de mayo de 2014).
Reglamento 2024/1392 sobre medidas temporales de liberalización del comercio que complementan las concesiones comerciales aplicables a los productos ucranianos en virtud del Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica y sus Estados miembros, por una parte, y Ucrania, por otra.
Reglamento 2022/870 sobre medidas comerciales temporales de liberalización que complementan las concesiones comerciales aplicables a los productos ucranianos en virtud del Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica y sus Estados miembros, por una parte, y Ucrania, por otra.
Fuentes
Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1132 de la Comisión, de 3 de junio de 2025, por el que se modifican los Reglamentos de Ejecución (UE) 2020/761 y (UE) 2020/1988 en lo que respecta a los contingentes arancelarios para productos originarios de Ucrania en 2025
Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2199 de la Comisión relativo a las cantidades que pueden importarse al amparo de determinados contingentes arancelarios tras la modificación del Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y Ucrania
Decisión nº 3/2025 del Comité de Asociación UE-Ucrania en Configuración Comercial, de 14 de octubre de 2025, relativa a la reducción y eliminación de los derechos de aduana
Descargo de responsabilidad: COLEAD no se hace responsable de ninguna pérdida, daño, responsabilidad o gasto incurrido o sufrido como resultado de la utilización de la información disponible en este sitio web o de cualquier enlace a sitios externos. El uso del sitio web es por cuenta y riesgo exclusivo del usuario. Esta plataforma de información ha sido elaborada y mantenida con el apoyo financiero de la Unión Europea. No obstante, su contenido no refleja las opiniones de la Unión Europea.
Nuevos contingentes arancelarios para los productos agroalimentarios procedentes de Ucrania
Commission Implementing Regulation (EU) 2025/1132 amending Implementing Regulations (EU) 2020/761 and (EU) 2020/1988 as regards tariff rate quotas for products originating in Ukraine in 2025.
Commission Implementing Regulation (EU) 2025/2199 as regards the quantities that may be imported under certain tariff quotas following the amendment of the Association Agreement between the European Union and Ukraine.
Decision No 3/2025 of the EU–Ukraine Association Committee in Trade Configuration of 14 October 2025 on the reduction and elimination of customs duties.
¿qué está cambiando y por qué?
En 2022, en respuesta a la agresión de Rusia contra Ucrania y para apoyar a la economía ucraniana, la Unión Europea (UE) concedió a Ucrania la plena liberalización del comercio -cero derechos y cero limitaciones contingentarias- de todas las mercancías durante un periodo temporal.
Esta liberalización finalizó el 5 de junio de 2025 y se reintrodujeron los contingentes arancelarios establecidos en el Acuerdo de Asociación UE-Ucrania.
Para el periodo comprendido entre el 6 de junio y el 31 de diciembre de 2025, estos contingentes se vuelven a calcular a prorrata teniendo en cuenta el resto del año civil, es decir, 7/12 del contingente original.
Algunos contingentes arancelarios suelen asignarse mediante licencias de importación. Sin embargo, entre junio y diciembre de 2025, la asignación siguió el principio del "orden de llegada" (cronológicamente, según la fecha de comercialización de los productos en el mercado de la UE). La asignación de estos contingentes arancelarios volverá a realizarse mediante licencias de importación en 2026.
En octubre de 2025, tras las negociaciones entre la UE y Ucrania, la UE
- eliminará los contingentes arancelarios para permitir el acceso de determinados productos ucranianos con derecho cero y contingente cero
- aumentar las cantidades de los contingentes arancelarios para 2025 y 2026.
La Zona de Libre Comercio de Alcance Amplio y Profundo (ZLCAP) revisada, que forma parte del Acuerdo de Asociación UE-Ucrania, también incluye una cláusula de salvaguardia que permite a la UE reintroducir aranceles de importación si las importaciones causan perturbaciones en la Unión Europea. Ucrania se compromete a adaptar sus normas nacionales a las normas de producción de la UE (bienestar animal, uso de plaguicidas y medicina veterinaria) para finales de 2028.
Cronología
Los cambios introducidos por el Reglamento 2025/2199 se aplicarán a partir del 29 de octubre de 2025.
Tablas y figuras
Descargo de responsabilidad: COLEAD no se hace responsable de ninguna pérdida, daño, responsabilidad o gasto incurrido o sufrido como resultado de la utilización de la información disponible en este sitio web o de cualquier enlace a sitios externos. El uso del sitio web es por cuenta y riesgo exclusivo del usuario. Esta plataforma de información ha sido elaborada y mantenida con el apoyo financiero de la Unión Europea. No obstante, su contenido no refleja las opiniones de la Unión Europea.