Productos compuestos exentos de controles oficiales en los puestos fronterizos
- Official controls
Resumen
La Unión Europea (UE) ha actualizado la lista de productos compuestos estables en estantería que están exentos de controles oficiales en los puestos de control fronterizos. La lista incluye ahora determinados productos derivados de cereales, como palomitas de maíz, palitos de maíz y bolitas de maíz; papas fritas y chips aptos para el consumo inmediato; verduras, frutas, frutos secos y otras partes comestibles de plantas, preparadas o en conserva, que contengan miel como único ingrediente de origen animal; salsas que contengan extractos de ostras o de pescado; salsas y preparaciones, condimentos y sazonadores que contengan miel como único ingrediente de origen animal; y dulces, chicles, etc., que contengan edulcorantes sintéticos.
La UE amplía la lista de productos compuestos exentos de controles oficiales en los puestos fronterizos
Regulación Delegada (UE) 2026/908 de la Comisión, de 27 de abril de 2026, por la que se modifica la Regulación Delegada (UE) 2021/630 en lo que respecta a los requisitos de certificación privada de los productos compuestos exentos de controles oficiales en los puestos de control fronterizos, y a la inclusión de determinados productos cerealeros, hortalizas preparadas o en conserva, frutas, frutos secos, salsas, condimentos, sazonadores y productos de confitería en la lista de productos compuestos exentos
Actualización
La Unión Europea (UE) ha actualizado la lista de productos compuestos estables en estantería que están exentos de controles oficiales en los puestos de control fronterizos. La lista incluye ahora determinados productos derivados de cereales, como palomitas de maíz, palitos de maíz y bolitas de maíz; papas fritas y chips aptos para el consumo inmediato; verduras, frutas, frutos secos y otras partes comestibles de plantas, preparadas o en conserva, que contengan miel como único ingrediente de origen animal; salsas que contengan extractos de ostras o de pescado; salsas y preparaciones, condimentos y sazonadores que contengan miel como único ingrediente de origen animal; y dulces, chicles, etc., que contengan edulcorantes sintéticos.
Productos afectados
Productos a base de cereales, como palomitas de maíz, palitos de maíz y bolitas de maíz; papas fritas y chips aptos para el consumo inmediato; verduras, frutas, frutos secos y otras partes comestibles de plantas, preparadas o en conserva, que contengan miel como único ingrediente de origen animal; salsas que contengan extractos de ostras o de pescado; salsas y preparaciones, condimentos y sazonadores que contengan miel como único ingrediente de origen animal; y dulces, chicles, etc., que contengan edulcorantes sintéticos
¿qué está cambiando?
La mayoría de los productos de origen animal exportados a la UE están sujetos a controles oficiales en los puestos de control fronterizos. Se considera que determinados productos compuestos (que contienen una mezcla de ingredientes de origen vegetal e ingredientes animales transformados) presentan un riesgo bajo y no es necesario que se sometan a dichos controles, siempre que cumplan determinados requisitos (véase «Antecedentes»).
La lista completa de productos exentos de los controles obligatorios figura en el anexo de la regulación 2021/630.
Esta nueva regulación:
- actualiza la lista de productos exentos, añadiendo los que figuran en la tabla 1
- aclara que no se exigen certificados privados para los productos compuestos estables en estantería que contengan gelatina o colágeno no derivado de huesos de rumiantes (de conformidad con la regulación 2025/637; véase «Aclaración de los requisitos de importación para determinados productos de origen animal»).
El anexo de la regulación 2021/630 será sustituido por el anexo de esta nueva regulación.
¿Por qué?
Se considera que los productos compuestos estables en estantería que figuran en la tabla 1 suponen un riesgo bajo para la salud humana y animal.
Cronología
La presente regulación será aplicable a partir del 23 de julio de 2026.
¿cuáles son las principales consecuencias para los países exportadores?
La regulación 2026/908 aclara que no se realizan controles oficiales obligatorios en los puestos fronterizos de la UE sobre los productos compuestos estables en estantería que figuran en la tabla 1, lo que disipa la confusión que ha rodeado a muchos de estos productos.
Las autoridades competentes pueden seguir optando por controlar estos productos en el lugar de destino, durante los controles aduaneros o en las instalaciones del operador responsable del cargamento, basándose en una evaluación de riesgos sobre la necesidad de realizar dichos controles.
Antecedentes
La regulación (UE) 2022/2292 establece los requisitos aplicables a los productos compuestos que entran en la UE procedentes de países no pertenecientes a la UE.
Las reglas que especifican qué productos de origen animal requieren controles oficiales en los puestos de control fronterizos se recogen en:
- Regulación 2021/630: productos compuestos exentos de controles oficiales
- Regulación 2021/632: productos compuestos que deben someterse a controles oficiales.
Los productos compuestos solo están exentos de controles oficiales en los puestos de control fronterizos si:
- estable en estantería (no necesitan transportarse ni almacenarse a temperaturas controladas) y no contienen carne procesada estable en estantería
- se exporten desde países autorizados a exportar los ingredientes específicos contenidos en los productos compuestos de la UE
- contengan únicamente ingredientes lácteos y derivados del huevo que hayan sido sometidos a tratamientos adecuados de mitigación de riesgos (Regulación 2020/692, art. 163)
- estén destinados al consumo humano
- estén envasados o sellados de forma segura.
La regulación 2022/2292 (art. 20.4) establece que no se requiere ningún certificado privado para los productos compuestos en los que el único ingrediente de origen animal sean aditivos alimentarios (Regulación 1333/2008), aromatizantes (Regulación 1334/2008), enzimas (Regulación 1332/2008), la vitamina D3 o las cápsulas de gelatina no derivadas de huesos de rumiantes (Regulación 2025/637; véase «Aclaración de los requisitos de importación para determinados productos de origen animal»).
Recursos
Regulación Delegada (UE) 2022/2292 de la Comisión, en lo que respecta a los requisitos para la entrada en la Unión de cargamentos de animales destinados a la producción de alimentos y de determinados productos destinados al consumo humano
Regulación Delegada (UE) 2021/630 de la Comisión, en lo que respecta a determinadas categorías de mercancías exentas de controles oficiales en los puestos de control fronterizos y por el que se modifica
La regulación de Ejecución (UE) 2021/632 de la Comisión en lo que respecta a las listas de animales, productos de origen animal, productos germinales, subproductos animales y productos derivados, productos compuestos, así como heno y paja, sujetos a controles oficiales en los puestos de control fronterizos
Regulación Delegada (UE) 2020/692 de la Comisión en lo que respecta a las reglas de entrada en la Unión, así como al transporte y la manipulación tras la entrada de cargamentos de determinados animales, productos germinales y productos de origen animal
Regulación (CE) n.º 1333/2008 sobre aditivos alimentarios
Regulación (CE) n.º 1334/2008 sobre aromas y determinados ingredientes alimentarios con propiedades aromatizantes destinados a ser utilizados en y sobre los alimentos
Regulación (CE) n.º 1332/2008 sobre enzimas alimentarias
Regulación (CE) n.º 853/2004 por la que se establecen reglas específicas de higiene de los alimentos de origen animal
Fuentes
Regulación Delegada (UE) 2026/908 de la Comisión, en lo que respecta a los requisitos de certificación privada de los productos compuestos exentos de controles oficiales en los puestos de control fronterizos, y a la inclusión de determinados productos cerealeros, hortalizas preparadas o en conserva, frutas, frutos secos, salsas, condimentos, sazonadores y productos de confitería en la lista de productos compuestos exentos
Tablas y figuras
Source: based on Regulation 2026/908, Annex
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La UE amplía la lista de productos compuestos exentos de controles oficiales en los puestos fronterizos
Commission Delegated Regulation (EU) 2026/908 as regards the private attestation requirements of the composite products exempted from official controls at border control posts, and the inclusion of certain cereal products, prepared or preserved vegetables, fruits, nuts, sauces, condiments, seasonings and confectionery in the list of exempted composite products
¿qué está cambiando y por qué?
Se considera que determinados productos compuestos (que contienen una mezcla de ingredientes de origen vegetal y animal) presentan un riesgo bajo y no es necesario someterlos a controles oficiales obligatorios en los puestos de control fronterizos de la Unión Europea (UE).
La lista completa de productos exentos de controles oficiales figura en el anexo de la regulación 2021/630 y se actualizará mediante esta nueva regulación.
La nueva regulación:
- actualiza la lista de productos exentos para incluir los que figuran en la tabla 1
- aclara que no se exigen certificados privados para los productos compuestos estables en estantería que contengan gelatina o colágeno no derivados de huesos de rumiantes.
Cronología
La presente regulación será aplicable a partir del 23 de julio de 2026.
Tablas y figuras
Source: based on Regulation 2026/908, Annex
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