Acuerdo comercial interino UE-Mercosur: gestión de los contingentes arancelarios
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Resumen
El Acuerdo Comercial Interino (ACI) UE-Mercosur, que se aplica provisionalmente desde el 1 de mayo de 2026, establece contingentes arancelarios para determinados productos agroalimentarios.
El presente Reglamento establece las reglas que permiten abrir y gestionar estos contingentes. El anuncio 2026/874 establece el certificado que debe acompañar a los productos importados en el marco de los contingentes arancelarios.
La UE fija reglas para aplicar los contingentes arancelarios del Mercosur
Reglamento de Ejecución (UE) 2026/996 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, por el que se modifican los Reglamentos de Ejecución (UE) 2020/761 y (UE) 2020/1988 relativos a la creación, modificación y gestión de determinados contingentes arancelarios derivados del Acuerdo Interino sobre Comercio entre la Unión Europea, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte
Aviso de la Comisión Europea[2026/874] [Certificado de Autorización de Contingente]
Actualización
El Acuerdo Comercial Interino (ACI) UE-Mercosur, que se aplica provisionalmente desde el 1 de mayo de 2026, establece contingentes arancelarios para determinados productos agroalimentarios.
El presente Reglamento establece las reglas que permiten abrir y gestionar estos contingentes. El anuncio 2026/874 establece el certificado que debe acompañar a los productos importados en el marco de los contingentes arancelarios.
Productos afectados
Carne de vacuno, huevos, albúmina de huevo, ajo, miel, maíz, carne de cerdo, aves de corral, arroz, sorgo, derivados del almidón, azúcar, maíz dulce
¿qué está cambiando?
El ATI entre la Unión Europea y los Estados del Mercosur (Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay) se aplica provisionalmente a partir del 1 de mayo de 2026.
El Acuerdo establece los contingentes agroalimentarios para los que se requieren licencias de importación, que figuran en el cuadro 1. Los detalles de cada contingente, incluidos el período contingentario, la cantidad y los requisitos de los certificados de importación, figuran en el anexo I del Reglamento 2026/996.
El ATI también establece los contingentes agroalimentarios que se gestionan según el principio de "orden de llegada" (cuadro 2). En el anexo II del Reglamento figuran los detalles de cada contingente.
Los productos importados al amparo de todos estos contingentes deben ir acompañados del certificado que figura en el anuncio 2026/874.
¿Por qué?
Los nuevos contingentes establecidos en virtud del ATI UE-Mercosur deben incorporarse a la legislación comunitaria vigente sobre la creación y gestión de contingentes arancelarios.
Cronología
Las cuotas y el sistema de gestión de las mismas se aplicarán a partir del 1 de mayo de 2026.
Antecedentes
Los contingentes arancelarios agrícolas de la Unión Europea pueden gestionarse de dos maneras diferentes según el producto y su origen (lo que refleja la sensibilidad del producto en relación con el mercado de la UE):
- según el principio de "orden de llegada" descrito en el Reglamento 2020/1988.
- según un sistema de licencias de importación en el que los importadores pueden solicitar y se les asignan determinadas cantidades del producto, como en el Reglamento 2020/761.
Para más información sobre el acuerdo de la UE con los países del Mercosur, véase el Acuerdo de Asociación UE-Mercosur.
Recursos
Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1988 de la Comisión por el que se establecen las reglas de aplicación de los Reglamentos 1308/2013 y 510/2014 en lo que respecta a la gestión de los contingentes arancelarios de importación según el principio de orden de llegada
Reglamento de Ejecución (UE) 2020/761 de la Comisión por el que se establecen las reglas de aplicación de los Reglamentos 1306/2013, 1308/2013 y 510/2014 en lo que respecta al sistema de gestión de los contingentes arancelarios con certificados
Fuentes
Reglamento de Ejecución (UE) 2026/996 de la Comisión relativo a la creación, modificación y gestión de determinados contingentes arancelarios a raíz del Acuerdo interino sobre comercio entre la Unión Europea, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra
Aviso de la Comisión Europea[2026/874] [Certificado de Autorización de Contingente]
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La UE fija reglas para aplicar los contingentes arancelarios del Mercosur
Commission Implementing Regulation (EU) 2026/996 regarding the creation, amendment and management of certain tariff quotas following the Interim Agreement on Trade between the European Union, of the one part, and the Common Market of the South, the Argentine Republic, the Federative Republic of Brazil, the Republic of Paraguay and the Oriental Republic of Uruguay, of the other part
Notice of the European Commission [2026/874] [Quota Authorisation Certificate]
¿qué está cambiando y por qué?
El Acuerdo Comercial Interino (ACI) entre la Unión Europea y los Estados del Mercosur (Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay), que se aplica provisionalmente desde el 1 de mayo de 2026, establece contingentes arancelarios para determinados productos agroalimentarios.
Este Reglamento establece las reglas que permiten abrir y gestionar estos contingentes. El certificado que debe acompañar a los productos importados en el marco de los contingentes arancelarios figura en el anuncio 2026/874.
Cronología
Las cuotas y el sistema de gestión de las mismas se aplicarán a partir del 1 de mayo de 2026.
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