Etiquetado de vinos con bajo contenido alcohólico
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Resumen
Para apoyar el desarrollo de los vinos de bajo contenido alcohólico, la Comisión Europea propone establecer normas comunes sobre el etiquetado de estos vinos, simplificar las normas sobre producción de vinos espumosos y alinear las normas sobre vinos aromatizados (aromatizados) con las de los vinos no aromatizados. Las partes interesadas tienen la oportunidad de dar su opinión sobre esta propuesta.
La UE aclarará las normas de etiquetado y producción para la comercialización de vinos con bajo contenido alcohólico: consulta pública
Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1308/2013, (UE) 2021/2115 y (UE) n.º 251/2014 en lo que respecta a determinadas normas de mercado y medidas de apoyo sectorial en el sector vitivinícola y a los productos vitivinícolas aromatizados
Actualización
Para apoyar el desarrollo de los vinos de bajo contenido alcohólico, la Comisión Europea propone establecer normas comunes sobre el etiquetado de estos vinos, simplificar las normas sobre producción de vinos espumosos y alinear las normas sobre vinos aromatizados (aromatizados) con las de los vinos no aromatizados. Las partes interesadas tienen la oportunidad de dar su opinión sobre esta propuesta.
Productos afectados
Vino
¿qué está cambiando?
Vinos con alcohol reducido
La Comisión propone establecer normas para el etiquetado de los vinos con graduación alcohólica reducida de la siguiente manera
- "sin alcohol" si el grado alcohólico adquirido del producto no supera el 0,5% vol
- "0,0%" si el grado alcohólico adquirido del producto no supera el 0,05% vol
- "ligero en alcohol" si el grado alcohólico adquirido del producto es superior a 0,5% vol y es al menos 30% inferior al grado alcohólico adquirido mínimo de la categoría antes de la desalcoholización.
Vinos aromatizados
El Reglamento 251/2014 define el "vino aromatizado" como aquel que requiere un grado alcohólico volumétrico adquirido comprendido entre 14,5 y 22% vol. y un grado alcohólico volumétrico total no inferior a 17,5% vol. (art. 3).
Para permitir los vinos aromatizados con bajo contenido alcohólico, la Comisión propone que los vinos aromatizados que hayan sido sometidos a un tratamiento de desalcoholización puedan tener un grado alcohólico volumétrico adquirido inferior al de los vinos normales.
La Comisión también propone permitir el uso de los términos "desalcoholizado" y "parcialmente desalcoholizado" en los vinos aromatizados; actualmente estos términos solo están permitidos en los vinos no aromatizados de bajo contenido alcohólico (Reglamento1308/2013, art. 119).
Vinos espumosos
El Reglamento 1308/2013 (anexo VII, parte II) define categorías de productos vitícolas que incluyen el vino, el vino de licor y el vino espumoso.
La Comisión propone modificar el anexo VII para permitir que diferentes tipos de vino espumoso (incluido el vino espumoso aromático y gasificado) se produzcan a partir de vino tranquilo mediante segunda fermentación, o mediante la adición de dióxido de carbono al vino tranquilo desalcoholizado o parcialmente desalcoholizado. Esto no es posible con la normativa actual.
Etiquetado electrónico
La Comisión también pide permiso a los Estados miembros de la UE para elaborar nuevas normas sobre el etiquetado electrónico de los ingredientes y la información nutricional del vino y el vino aromatizado.
Consulta pública
La Comisión Europea invita a las partes interesadas a dar su opinión sobre los cambios propuestos (véanse las medidas recomendadas más abajo).
¿Por qué?
Los consumidores demandan cada vez más vinos de bajo contenido alcohólico, pero las normas sobre cómo describir el contenido de alcohol difieren entre los Estados miembros de la UE. Las nuevas normas armonizarán el uso de estos términos, dando mayor claridad a los consumidores.
Las normas actuales también imponen limitaciones tecnológicas a la producción de vinos espumosos bajos en alcohol. En la actualidad, los vinos desalcoholizados deben tener las características y el grado alcohólico mínimo de sus homólogos alcohólicos antes de someterse al proceso de desalcoholización. Esto significa que los vinos espumosos desalcoholizados sólo pueden producirse a partir de vinos espumosos. Sin embargo, el proceso de desalcoholización elimina el dióxido de carbono (CO2) necesario para el vino espumoso, que debe volver a introducirse. Las nuevas normas permitirán la producción de vino espumoso desalcoholizado a partir de vino tranquilo mediante una segunda fermentación o la adición deCO2.
Cronología
Esta propuesta será debatida y modificada por el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea, proceso que podría concluir en 2026.
Acciones recomendadas
Se invita a las partes interesadas a responder a la consulta pública a través de la página web "Have Your Say" de la Comisión Europea antes del 2 de junio de 2025. La consulta está abierta a las partes interesadas de países no pertenecientes a la UE. Para participar, primero hay que crear un inicio de sesión en la UE, un proceso rápido que se describe aquí.
Para más información sobre el proceso de consulta de la UE, consulte Cómo dar su opinión sobre las próximas políticas y reglamentos de la UE.
Antecedentes
La UE es líder mundial en producción, consumo y exportación de vino. La evolución de las pautas de consumo (menor consumo de vinos tradicionales, mayor demanda de vinos aromatizados y de bajo contenido alcohólico o sin alcohol) exige adaptar las normas actuales sobre producción y etiquetado del vino para satisfacer la demanda de los consumidores e informarles sobre estos productos.
Recursos
Reglamento (UE) nº 251/2014, relativo a la definición, designación, presentación, etiquetado y protección de la indicación geográfica de los productos vitivinícolas aromatizados
Reglamento (UE) n.º 1308/2013 por el que se crea una organización común de mercados de los productos agrícolas
Fuentes
Propuesta de Reglamento sobre determinadas normas de mercado y medidas de apoyo sectorial en el sector vitivinícola y para los productos vitivinícolas aromatizados
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La UE aclarará las normas de etiquetado y producción para la comercialización de vinos con bajo contenido alcohólico: consulta pública
Proposal for a Regulation as regards certain market rules and sectoral support measures in the wine sector and for aromatised wine products
¿qué está cambiando y por qué?
La Comisión Europea propone establecer normas comunes sobre el etiquetado de los vinos de bajo contenido alcohólico, simplificar las normas sobre producción de vinos espumosos y armonizar las normas sobre vinos aromatizados con las relativas a los vinos no aromatizados. El objetivo es apoyar el desarrollo del sector de los vinos con bajo contenido alcohólico.
Acciones
Se invita a las partes interesadas a responder a la consulta pública a través de la página web "Have Your Say" de la Comisión Europea antes del 2 de junio de 2025. La consulta está abierta a las partes interesadas de países no pertenecientes a la UE. Para participar, primero hay que crear un inicio de sesión en la UE, un proceso rápido que se describe aquí.
Cronología
Esta propuesta será debatida y modificada por el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea, proceso que podría concluir en 2026.
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